Anuncio. Extracto de la Resolución de 2 de julio de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la producción artística en la Factoría Cultural de Avilés. Año 2024.

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BDNS (Identif.): 774812.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/774812).

Primero.—Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la producción artística convocadas por la Factoría Cultural de Avilés.

• Modalidad A. Personas físicas mayores de 18 años o colectivos (máximo cuatro personas), nacidos o empadronados en Asturias, del entorno de la creación artística, que acrediten haberse dedicado, al menos durante dos años, a trabajos artísticos o de creación en cualquier disciplina del arte contemporáneo. Si se optara por la presentación de un trabajo en equipo, será una única ayuda la que se conceda.

• Modalidad B. Personas físicas del entorno de la creación artística, mayores de 18 años, ciudadanos españoles (excepto los empadronados en Asturias) que acrediten haberse dedicado, al menos durante dos años, a trabajos artísticos o de creación en cualquier disciplina del arte contemporáneo.

• Modalidad C. Personas físicas del entorno de la creación artística, mayores de 18 años, nacionales de terceros países, residentes en España (excepto los empadronados en Asturias) o en el extranjero, y que acrediten haberse dedicado, al menos durante dos años, a trabajos artísticos o de creación en cualquier disciplina del arte contemporáneo.

Segundo.—Objeto:

• Modalidad A. Se convocan, un máximo de seis ayudas, con una dotación económica total de 2.000 euros cada una de ellas.

Las ayudas se establecerán en el ámbito de las disciplinas artísticas que se señalan:

— Dos ayudas destinadas a la producción y el estudio relacionado con el arte plástico (pintores, escultores, ceramistas...), por importe de 2.000 euros cada una.

— Dos ayudas destinadas a la producción y el estudio relacionado con el arte gráfico y la creación audiovisual (grabadores, ilustradores, fotógrafos, diseñadores gráficos...), por importe de 2.000 euros cada una.

— Dos ayudas destinadas a la producción y el estudio relacionado con el arte escénico, literario y audiovisual (bailarines, actores, músicos, escritores...), por importe de 2.000 euros cada una.

• Modalidad B. Se convoca una única ayuda con una dotación económica total de 2.000 euros.

La ayuda se establece en el ámbito de cualquiera de las disciplinas artísticas que se señalan:

— Producción y estudio relacionado con el arte plástico (pintores, escultores, ceramistas...).

— Producción y estudio relacionado con el arte gráfico y la creación audiovisual (grabadores, ilustradores, fotógrafos, diseñadores gráficos...).

— Producción y estudio relacionado con el arte escénico, literario y audiovisual (bailarines, actores, músicos, escritores...).

La Fundación Municipal de Cultura correrá con los gastos derivados del alojamiento, por un período máximo de un mes, en la residencia que el Ayuntamiento de Avilés dispone para tales fines, de la persona del proyecto seleccionado.

• Modalidad C. Se convoca una única ayuda con una dotación económica total de 2.000 euros.

La Fundación Municipal de Cultura correrá con los gastos derivados del alojamiento, por un período máximo de un mes, en la residencia que el Ayuntamiento de Avilés dispone para tales fines, de la persona del proyecto seleccionado.

Tercero.—Bases reguladoras:

Ordenanza General Municipal de Subvenciones (BOPA n.º 106, de 4 de junio de 2019).

Cuarto.—Importe:

El crédito inicial asignado a esta convocatoria es de diecisiete mil quinientos euros (17.500,00 €) con cargo a las partidas presupuestarias 131 33420 48100 Becas Creadores Culturales del presupuesto de gastos de la Fundación Municipal de Cultura y 93120 22623 Gastos diversos: Estancias Edificio Fuero del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Avilés con el siguiente desglose:

— Modalidad A: doce mil euros (12.000,00 euros).

— Modalidad B: dos mil euros (2.000,00 euros).

— Gastos derivados de alojamiento en la residencia que el Ayuntamiento de Avilés dispone para estos fines (750,00 euros).

— Modalidad C: dos mil euros (2.000,00 euros).

— Gastos derivados de alojamiento en la residencia que el Ayuntamiento de Avilés dispone para estos fines (750,00 euros).

El importe de la ayuda, a cada uno de los beneficiarios, será de 2.000,00 euros abonándose el 40% del importe total, en el momento su concesión y el 60% restante, al final de la vigencia de la misma, tras la presentación de los resultados pertinentes.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación requerida será de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPA.

Sexto.—Otros datos:

El portal corporativo del Ayuntamiento de Avilés: www.aviles.es publicará información detallada y los modelos de solicitud correspondientes a esta convocatoria.

Avilés, a 15 de julio de 2024.—La Presidenta de la Fundación Municipal de Cultura de Avilés.—Cód. 2024-06337.

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