Resolución de 4 de julio de 2024, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", por la que se modifica la Resolución de 20 de junio de 2024 por la que se convoca proceso selectivo unificado para el ingreso, por turno libre, en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Policía Local: Agente (BOPA de 2 de julio de 2024).

INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA "ADOLFO POSADA"

Antecedentes de hecho

Primero.—El Decreto 20/2019, de 3 de abril, por el que se regulan las bases que han de regir la selección y movilidad de los Agentes de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias, recoge en su Disposición adicional única que los Ayuntamientos del Principado de Asturias que así lo acuerden, podrán delegar en la Administración del Principado de Asturias, a través del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada», la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de los cuerpos de Policía Local, categoría: Agente, por el sistema de turno libre, como una manifestación más de las técnicas de cooperación y coordinación.

Segundo.—De conformidad con los acuerdos de delegación municipal adoptados por determinados Ayuntamientos aceptados por Acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, se convoca mediante Resolución de 20 de junio de 2024 (BOPA de 2/07/2024), de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada», proceso selectivo unificado para el ingreso, por turno libre, en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Policía Local: Agente.

La citada convocatoria tiene por objeto la provisión de 87 plazas en cumplimiento de las Ofertas de Empleo Público de los Ayuntamientos delegantes de los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, por el turno libre y en régimen de funcionario/a de carrera, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Policía Local: Agente, Grupo C, Subgrupo C1, y una ampliación de 8 plazas reservadas al turno de movilidad.

Tercero.—Con fecha 2 de julio de 2024, el Ayuntamiento de Gozón comunica al IAAP que en su Oferta de Empleo Público para el año 2022, existen 2 plazas vacantes para añadir a la convocatoria del tercer proceso selectivo unificado para el ingreso en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Policía Local: Agente; razones de interés general para la cobertura de las plazas vacantes del citado Ayuntamiento hacen necesario aceptar la citada solicitud.

Cuarto.—Con fecha 3 de julio de 2024, el Ayuntamiento de Avilés remite escrito en el que informa al IAAP de la errónea comunicación sobre la distribución de las plazas de Policía Local: Agente correspondiente a su Oferta de Empleo Público para el año 2022, al señalar que en la misma consta «la inclusión de 10 plazas de Policía Local: Agente» en turno libre cuando la distribución correcta es la inclusión de 8 plazas de Policía Local: Agente en turno libre y la ampliación de 2 plazas reservadas para el turno de movilidad; todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34,2 de la Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales.

Quinto.—Siendo necesaria la modificación de las bases de la convocatoria en cuanto al número de plazas objeto de provisión, para dar cobertura a la solicitud del Ayuntamiento de Gozón por razones de interés general para favorecer la cobertura de plazas vacantes de la plantilla del citado Ayuntamiento y para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales en el caso del Ayuntamiento de Avilés, el número de plazas pasaría a ser 87 plazas por el turno libre y una ampliación de 10 plazas reservadas al turno de movilidad, de conformidad con la documentación obrante en el expediente, se lleva a cabo la misma a través de la presente resolución.

A estos antecedentes, le resultan de aplicación los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero.—El Decreto 20/2019, de 3 de abril, por el que se regulan las bases que han de regir la selección y movilidad de los Agentes de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias, recoge en su Disposición adicional única que los Ayuntamientos del Principado de Asturias que así lo acuerden, podrán delegar en la Administración del Principado de Asturias, a través del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada», la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de los cuerpos de Policía Local, categoría: Agente, por el sistema de turno libre, como una manifestación más de la técnicas de cooperación y coordinación.

Segundo.—La Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales establece en su artículo 34.2 que los concejos reservarán un veinte por ciento de las plazas vacantes de la categoría de agentes de la escala básica para su provisión como puestos de trabajo entre los agentes de la escala básica de otros concejos asturianos.

En consecuencia,

RESUELVO

Primero.—Modificar la base 1.1 que queda redactada en los siguientes términos:

«La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por el turno libre y en régimen de funcionario/a de carrera, de plazas pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Policía Local: Agente, Grupo C, Subgrupo C1.

El número de plazas que se convocan es de 87, conforme al siguiente detalle:

— 8 plazas del Ayuntamiento de Avilés, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 12/12/2022).

— 2 plazas del Ayuntamiento de Cangas de Onís, correspondientes a la OEP 2020 (BOPA 11/01/2024) y a la OEP 2021 (BOPA 11/01/2024).

— 1 plaza del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, correspondiente a la OEP 2022 (BOPA 29/12/2022).

— 2 plazas del Ayuntamiento de Carreño, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 28/10/2022).

— 2 plazas del Ayuntamiento de Castrillón, correspondientes a la OEP 2023 (BOPA 19/12/2023).

— 4 plazas del Ayuntamiento de Corvera, correspondientes a la OEP 2023 (BOPA 19/10/2023).

— 19 plazas del Ayuntamiento de Gijón, correspondientes a la OEP 2021 (BOPA 2/12/2021) y a la OEP 2022 (BOPA 19/04/2022).

— 2 plazas del Ayuntamiento de Gozón, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 16/12/2022).

— 3 plazas del Ayuntamiento de Grado, correspondientes a la OEP 2021 (BOPA 21/03/2021) y a la OEP 2024 (BOPA 12/03/2022).

— 8 plazas del Ayuntamiento de Langreo, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 31/05/2022), a la OEP 2023 (BOPA 23/01/2024) y a la OEP 2024 (BOPA 9/04/2024).

— 3 plazas del Ayuntamiento de Laviana, correspondientes a la OEP 2021 (BOPA 31/12/2021).

— 4 plazas del Ayuntamiento de Lena, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 28/10/2022) y a la OEP 2023 (BOPA 29/12/2023).

— 3 plazas del Ayuntamiento de Llanera, correspondiente a la OEP 2022 (BOPA 13/10/2022) y a la OEP 2023 (BOPA 27/12/2023).

— 4 plazas del Ayuntamiento de Llanes, correspondientes a la OEP 2021 (BOPA 17/12/2021), a la OEP 2022 (BOPA 30/12/2022) y a la OEP 2024 (BOPA 20/05/2024).

— 9 plazas del Ayuntamiento de Mieres, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 17/06/2022) y a la OEP 2023 (BOPA 19/06/2023).

— 2 plazas del Ayuntamiento de Nava, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 14/09/2022) y a la OEP 2023 (BOPA 05/06/2023).

— 2 plazas del Ayuntamiento de Navia, correspondientes a la OEP 2024 (BOPA 15/05/2024).

— 2 plazas del Ayuntamiento de Noreña, correspondientes a la OEP 2024 (BOPA 10/04/2024).

— 2 plazas del Ayuntamiento de Parres, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 26/10/2022) y a la OEP 2024 (BOPA 10/06/2024).

— 1 plaza del Ayuntamiento de Piloña, correspondientes a la OEP 2021 (BOPA 30/08/2022).

— 4 plazas del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, correspondientes a la OEP 2022 (BOPA 12/07/2022).»

Segundo.—Modificar la base 1.2 que queda redactada en los siguientes términos:

«1.2 Ampliación del número de plazas: Plazas de movilidad.

Los Ayuntamientos de Avilés, Gijón, Langreo y San Martín del Rey Aurelio incorporan en sus Ofertas de Empleo Público anteriormente mencionadas, las siguientes plazas de Agente de la Policía Local, reservadas al turno de movilidad, según dispone el artículo 34.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo:

— Avilés: 2 plazas (BOPA (BOPA 12/12/2022).

— Gijón: 5 plazas (BOPA 2/12/2021 y BOPA 19/04/2022).

— Langreo: 2 plazas (BOPA 09/04/2024).

— San Martín del Rey Aurelio: 1 plaza (BOPA 12/07/2022).

Las 10 plazas de movilidad anteriormente relacionadas que, a fecha de publicación de las calificaciones del tercer ejercicio de la fase de oposición del presente proceso selectivo unificado, hayan resultado desiertas tras el correspondiente proceso de movilidad celebrado por los respectivos ayuntamientos, se acumularán a las plazas convocadas por el turno libre en la presente convocatoria.

La acumulación se realizará por resolución de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada», que será publicada en los tablones de anuncios previstos en la base quinta de la presente convocatoria. Es condición indispensable para proceder a tal acumulación la notificación expresa de la declaración de desiertas por parte de los citados Ayuntamientos con anterioridad a la publicación de las calificaciones del tercer ejercicio.»

Tercero.—Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, conforme a lo establecido en la base tercera de la Resolución de 20 de junio de 2024 de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada», por la que se convoca proceso selectivo unificado para el ingreso, por turno libre, en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Policía Local: Agente (BOPA 02/07/2024).

Respecto de las personas que hubiesen presentado solicitud de participación en este procedimiento selectivo conforme a las previsiones establecidas en la Resolución de 20 de junio de 2024 (BOPA 02/07/2024), se entenderá que mantienen su voluntad de participar en el proceso selectivo sin necesidad de que realicen nuevos trámites, salvo que manifiesten, en el plazo señalado de 20 días hábiles, su deseo de no concurrir al proceso selectivo debiendo hacerlo debidamente identificadas y por escrito. En este caso se iniciará un expediente de devolución de la tasa satisfecha en su momento.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) la Resolución del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada"» por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas, de conformidad con la base cuarta.

Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 8.2.a), de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.

En Oviedo, a 4 de julio de 2024.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, P. D. la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública «Adolfo Posada», Resolución de 2/4/2024 (BOPA 9/4/2024).—Cód. 2024-06021.

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