Anuncio. Modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Sariego.
Habiendo concluido la aprobación de la modificación de la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 21 de junio de 2024.
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede a la publicación de la mencionada modificación.
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GLOSARIO DE SIGLAS INCORPORADAS AL CUADRO REFUNDIDO DE RPT
Colectivo:
F: Personal funcionario
L: Personal laboral
Tipo de puesto:
S: Puesto singularizado
NS: Puesto no singularizado
Provisión:
C: Concurso
CO: Concurso ordinario/unitario (para puestos a ocupar por funcionarios con habilitación de carácter nacional)
A1: Provisión por funcionarios con habilitación de carácter nacional
A2: Provisión por personal perteneciente al Ayuntamiento de Sariego
Contra el Acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advierte que, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer la persona interesada cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Sariego, a 21 de junio de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-05518.