Anuncio. Cesión de parcela al Principado de Asturias.
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El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión extraordinaria celebrada el 19 de junio de 2024 adoptó el acuerdo de aprobar la cesión al Principado de Asturias de la parcela que a continuación se indica para la construcción de viviendas sujetas a un régimen de protección pública.
Finca n.º: 35043.
Titular: Ayuntamiento de Grado, CIF: P3302600F
Naturaleza de la finca: parcela patrimonial: Patrimonio Municipal del Suelo.
Dirección: calle Bolado, Grado.
Nombre: Plan Parcial Área VI de Grado.
Linderos:
Norte: Parcela número siete de la parcelación del Polígono, destinada a edificación abierta y parcela tres de la parcelación del Polígono destinada a viario público.
Sur: Parcela tres de la reparcelación del Polígono, destinada a edificación abierta.
Este: Parcela seis de la reparcelación del Polígono, destinada a edificación abierta.
Descripción: Zona residencial. Edificación abierta.
Superficie: Área de terreno: 1.077,32 metros cuadrados.
Inscripción Registral: Tomo 875, Libro 226, Folio 41, Parcela 35.043, inscripción 1.ª:
— 100% de Pleno dominio por título de Reparcelación.
Cargas de la finca: sin cargas, salvo afecciones fiscales vigentes al día de la fecha.
Referencia Catastral: 7282462QJ3078S0001LY.
Condiciones:
— Los fines para los cuales se otorga la cesión del inmueble deberán cumplirse en el plazo máximo de cinco años, y la vinculación del inmueble a dicho fin o destino lo será por un período mínimo de treinta años, a computar desde la autorización plenaria, en su caso, de la cesión.
— Será precisa la aceptación expresa de la cesión por parte del Gobierno del Principado de Asturias. Si resulta precisa la formalización en escritura pública del acuerdo de cesión será por cuenta del cesionario todos los gastos de formalización y registro de la cesión.
Con ello se somete el expediente a información pública durante un plazo de quince días desde la publicación del correspondiente acuerdo en el BOPA a fin de que los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen oportunas. Si no se presentasen alegaciones se considera que el acuerdo alcanza carácter definitivo.
En Grado, a 19 de junio de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-05391.