Acta de distribución de espacios para colocación de carteles de la Junta Electoral de Zona de Llanes.
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Junta Electoral de Zona de Llanes
Acta de Sesión
En Llanes a 14 de mayo de 2024, siendo la hora señalada y a los fines decretados, se constituye en sesión ordinaria la Junta Electoral de Zona de esta localidad, concurriendo la totalidad de sus miembros, asistidos mí, con funciones de fedatario público, la Letrada de la Administración de Justicia.
Abierta la sesión, por la Sra. Presidenta y con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, paso a dar cuenta a la Junta de las solicitudes presentadas.
A continuación, debatida la cuestión, por unanimidad se acuerda que los espacios habilitados por los Ayuntamientos de la zona para la colocación gratuita de carteles se distribuirá entre todos los partidos políticos, coaliciones o federaciones de partidos acreditados para las próximas elecciones, para lo cual se procederá a asignar a cada grupo o coalición un número mínimo de metros de los operados, repartiendo proporcionalmente los mismos conforme a los resultados obtenidos por las distintas candidaturas en las pasadas elecciones al Parlamento Europeo de 26/05/2019 en toda la provincia, y de conformidad con lo previsto en el art. 56.2 LOREG que establece que "2. Esta distribuye los lugares mencionados atendiendo al número total de votos que obtuvo cada partido, federación o coalición en las anteriores elecciones equivalentes en la misma circunscripción, atribuyéndose según las preferencias de los partidos, federaciones o coaliciones con mayor número de votos en las últimas elecciones equivalentes en la misma circunscripción.
En el caso de las elecciones al Parlamento Europeo, esta distribución se realiza atendiendo al número total de votos que obtuvo cada partido, federación o coalición en las anteriores elecciones equivalentes en el ámbito de la correspondiente Junta Electoral de Zona, atribuyéndose según las preferencias de los partidos, federaciones o coaliciones con mayor número de votos en las últimas elecciones equivalentes en el mencionado ámbito".
Para dar cumplimiento a lo decidido, la Junta Electoral de Zona,
Acuerda
1.—Que los metros de vías públicas o los paneles instalados en las mismas ofertados por los Excmos. Ayuntamientos de las localidades pertenecientes a la demarcación de esta Junta Electoral de Zona, se distribuyan entre los partidos políticos, federaciones y coaliciones concurrentes al proceso electoral, comenzando de izquierda a derecha y siendo indiferente la altura de los panales instalados en la siguiente proporción y por el orden siguiente:
Municipio de Cabrales:
— Partido Socialista Obrero Español: 43,82%
— Partido Popular: 32,07%
— Ciudadanos: 7,87%
— Vox: 7,34%
— Sumar: 4,94%
— Podemos: 3,16%
— Resto de Partidos: 0,8%
Municipio de Llanes:
— Partido Socialista Obrero Español: 44,32%
— Partido Popular: 22,15%
— Ciudadanos: 9,21%
— Vox: 6,61%
— Sumar: 5,99%
— Podemos: 3,8%
— Resto partidos: 7,92%
Municipio de Peñamellera Alta:
— Partido Socialista Obrero Español: 27,53%
— Partido Popular: 25,19%
— Ciudadanos: 16,36%
— Vox: 14,29%
— Sumar: 3,64%
— Podemos: 2,32%
— Resto de Partidos: 10,67%
Municipio de Peñamellera Baja:
— Partido Popular: 48,03%
— Partido Socialista Obrero Español: 35,27%
— Vox: 5,1%
— Ciudadanos: 4,64%
— Sumar: 2,19%
— Podemos: 1,4%
— Resto de Partidos: 3,37%
Municipio de Ribadedeva:
— Partido Socialista Obrero Español: 46,14%
— Partido Popular: 21,89%
— Ciudadanos: 12,17%
— Vox: 6,72%
— Sumar: 3,82%
— Podemos: 2,44%
— Resto partidos: 6,82%
2.—Respecto a las farolas ofertadas, se distribuirán en la misma proporción y por el mismo orden, comenzando por el principio de la calle.
Comuníquese el presente acuerdo a los representantes de las candidaturas acreditados ante esta JEZ, al Ayuntamiento de la zona, a la Junta Electoral Provincial, al Boletín Oficial del Principado de Asturias y a la Delegación de Gobierno.
Seguidamente, se da por finalizada la sesión de la que levanto Acta, que leída y hallada conforme, es firmada por los comparecientes conmigo, de lo que doy fe.
Llanes, 14 de mayo de 2024.—La Secretaria de la Junta Electoral de Zona de Llanes.—Cód. 2024-04227.