Constitución de la Junta Electoral de Zona de Llanes.
En la Sala de Audiencias del Juzgado de Llanes, siendo las 9:00 horas del día 19 de abril de 2024, se reúnen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 de la vigente LOREG, los vocales judiciales designados por Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en sesión celebrada el día 20 de marzo del año en curso y que son:
Doña Lucía González Azpiazu, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Llanes.
Don Isidoro Bueno Serraro, Juez de Paz de Peñamellera Baja.
Don Joaquín Risueño Huerta, Juez de Paz de Cabrales.
Asistiendo como Secretaria fedataria de la presente doña Esther Muñiz García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Llanes.
Se manifiesta a los citados que el objeto de la presente es la constitución de la Junta Electoral de Zona de Llanes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la LOREG y elegir entre ellos al Presidente de la misma en cumplimiento del apartado 2.º del citado precepto. Por los concurrentes, acto seguido, se acuerda designar como Presidenta a doña Lucía González Azpiazu, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Llanes.
Visto lo cual queda constituida la Junta Electoral de Zona de Llanes del siguiente modo:
Presidenta: Doña Lucía González Azpiazu, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Llanes.
Vocales Judiciales:
Don Isidoro Bueno Serraro, Juez de Paz de Peñamellera Baja.
Don Joaquín Risueño Huerta, Juez de Paz de Cabrales.
Secretaria: Doña Esther Muñiz García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Llanes.
Por los componentes se acuerda comunicar la constitución de la Junta a los excelentísimos Sres. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y Delegado de Gobierno en Asturias, a la Junta Electoral Provincial y al BOPA al objeto de cumplir con lo previsto en el artículo 14.3 de la LOREG.
Llanes, a 19 de abril de 2024.—El/la Secretario/a de la Junta Electoral de Zona.—Cód. 2024-03485.