Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Consejería de Educación, de segunda modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 de la Consejería de Educación.
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El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo en sentido estricto. No tiene incidencia en la esfera de los particulares y no crea derechos ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada a la ejecución de las distintas líneas de subvención, en los términos que el mismo contempla, y a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Por Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Consejería de Educación, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2023/2025 (BOPA núm. 26 de 8 de febrero de 2023) corregido en dos ocasiones (BOPA núm. 54, de 20 de marzo de 2023 y BOPA núm. 77, de 24 de abril de 2023), y objeto de una primera modificación a propuesta de la Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación (BOPA núm. 195, de 10 de octubre de 2023).
Con fecha 6 de marzo 2024, la misma Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación plantea la necesidad de realizar la segunda modificación del Plan Estratégico de Subvenciones para incluir una subvención nominativa al Colegio de Psicólogos, Apoyo acción educativa, recogida en los Presupuestos Generales para 2024, aprobados por Ley del Principado de Asturias 4/2023, de 29 de diciembre.
En consecuencia,
RESUELVO
Primero.—Aprobar la segunda modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación, aprobado por Resolución de 1 de febrero de 2023, en el sentido de incorporar la nueva línea de subvención que se desarrolla en el anexo adjunto.
Segundo.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, 11 de marzo de 2024.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2024-02434.
Anexo III
SUBVENCIONES NOMINATIVAS
Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación (anterior Dirección General de Ordenación, Evaluación y Equidad Educativa).
Servicio de Inclusión Educativa y Formación del Profesorado.
Programa presupuestario: 422P Apoyo a la acción educativa.
Línea de subvención: Colegio de Psicólogos, Apoyo acción educativa.
Objeto de la subvención y objetivos y efectos que se pretenden conseguir:
— Objetivo: Realizar actuaciones de intervención en crisis y sesiones formativas en centros educativos de secundaria:
— Fuentes de financiación: Presupuestos Generales del Principado de Asturias.