Anuncio. Notificación colectiva sobre cobranza de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de la vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase correspondiente al ejercicio de 2021.
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Por Resolución de fecha 14 de febrero de 2024, el Sr. Concejal Delegado de Hacienda de este municipio ha aprobado el padrón de la "Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase", correspondiente al ejercicio 2021.
Los contribuyentes interesados podrán examinar la lista cobratoria correspondiente en la Tesorería Municipal, situada en la planta segunda del Ayuntamiento, desde el día 19 de febrero de 2024 hasta el día 8 de marzo de 2024, en día hábil y en horario de 9 a 14 horas.
Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, a que se refiere el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con relación al artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Anuncio de cobranza
Desde el día 11 de marzo al 13 de mayo de 2024 (ambos inclusive) se efectuará la cobranza en período voluntario de las liquidaciones anuales de la "Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase", correspondientes al año 2021, comprendidas en el padrón antes mencionado.
Las cuotas que se señalan en dicho padrón podrán hacerse efectivas mediante ingreso/transferencia de su importe en cualesquiera de las cuentas restringidas de Recaudación abiertas en las entidades bancarias a nombre del Excelentísimo Ayuntamiento de Llanes:
UNICAJABANCO | UCJAES2MXXX-ES-78-21037039420030021887 |
BANCO SABADELL | BSABESBBXXX-ES-30-00815230380001024204 |
BANCO SANTANDER | BSCHESMMXXX-ES-86-00495021912110144288 |
CAJA RURAL | BCOEESMM059-ES-66-30590055421136235221 |
Transcurrido el período voluntario de cobranza expresado, serán exigibles los débitos impagados por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se pudieran producir, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para conocimiento de todos los contribuyentes, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Llanes, a 15 de febrero de 2024.—El Concejal de Hacienda.—Cód. 2024-01602.