Anuncio. Plan Estratégico de Subvenciones de la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo 2024-2026.
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Se hace público que la Comisión Delegada del Ayuntamiento de Oviedo, el 21 de diciembre de 2023 aprobó el siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.
1.—Introducción.
A) Consideraciones previas.
La exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones expone que una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.
Asimismo expone la citada exposición de motivos que, desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de gasto público y por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento económico, austeridad y regla de gasto.
A ello podríamos añadir que también constituyen una importante fuente de ingresos de las Administraciones Públicas, permitiéndoles abordar actuaciones en materia de gasto social, cultura, infraestructuras, etc.
Pero si la disciplina presupuestaria es uno de los principios que debe orientar una política de subvenciones también lo es el de transparencia que se recoge en la normativa de estabilidad presupuestaria, y en la Ley 19/2013 de Transparencia en su artículo 8. Con este fin las Administraciones deben hacer públicas las subvenciones que concedan y contribuir a formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas las subvenciones concedidas. Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia, eficacia y control en la gestión del gasto público subvencional.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un procedimiento de colaboración entre la Administración Pública y los particulares para la gestión de actividades de interés público. Por ello, existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se conceden mediante procedimientos complejos, y que por tanto, deben ser objeto de un seguimiento y control eficaces.
Así pues, la Ley 38/2003 establece en su art. 8 la obligación de las Administraciones Públicas, que vayan a establecer subvenciones, de disponer con carácter previo de un Plan estratégico de subvenciones que deberá concretar los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Además, la Ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de objetivos, que debe permitir que aquellas lineas de subvenciones que no alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que no resulte adecuado al nivel de recursos invertidos puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes o, en su caso, eliminadas.
El Plan se convierte de este modo, en un instrumento de planificación adecuado para plasmar los objetivos de la acción política de la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo en las actuaciones que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública relacionada con su ámbito de aplicación.
Según lo dispuesto en los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura aprobados por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el 20 de noviembre de 2012, en su artículo 1, la Fundación se constituye como organismo autónomo local, al amparo del artículo 85 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, así como los artículos 85 a 88 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobados por Decreto de 17 de junio de 1955.
En el artículo 2, señala que con carácter general, se le encomienda a la Fundación, en régimen de descentralización funcional, el fomento y la difusión de la cultura, en la definición dada por la UNESCO y entendida como "el conjunto de rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias", para cuyo fin promocionará todas aquellas actividades culturales que supongan un enriquecimiento del acervo cultural de la ciudadanía, gestionando de forma directa o, en su caso, en régimen de colaboración, todas aquellas competencias que la normativa de régimen local atribuye al Ayuntamiento de Oviedo en materia de cultura.
Para el cumplimiento de sus fines, la Fundación con carácter enunciativo y no limitativo, llevará a cabo actuaciones tendentes a:
a) La organización, realización y promoción de actividades culturales en todas aquellas manifestaciones que contribuyan al desarrollo cultural de la ciudad.
b) Fomentar el debate, promover el diálogo y contribuir a la reflexión en materia de cultura.
c) Promover y fomentar la participación de importantes sectores de la población en los proyectos culturales existentes y en los que se definan, con la idea de fundamentar políticas culturales estables.
d) La colaboración con instituciones y entidades en el ámbito cultural, tanto públicas como privadas, y de cualquier ámbito territorial, procurando el establecimiento de una cooperación cultural duradera.
e) Difundir el patrimonio histórico y artístico de la ciudad, mediante el fomento de su conocimiento y sensibilizando a la población hacia su auténtico significado.
f) El apoyo al trabajo creativo, individual y colectivo, favoreciendo la difusión más amplia posible de las manifestaciones de innovación cultural como elemento de promoción de las políticas culturales.
g) El apoyo y fomento de cuantas iniciativas culturales coadyuven al desarrollo cultural de la ciudad, ya sean de instituciones públicas o privadas o a iniciativa de la sociedad civil.
h) Cualquier otra actuación que tenga relación con los fines mencionados.
En este sentido, las subvenciones públicas constituyen la principal actividad de fomento que desarrolla la Fundación Municipal de Cultura, siendo la planificación estratégica la clave para la eficacia, eficiencia y transparencia en la implementación de las mismas. Así lo establece el citado artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a cuyo tenor todos los órganos de las Administraciones Públicas que vayan a establecer subvenciones, deberán disponer con carácter previo de un Plan Estratégico de Subvenciones, que deberá concretar los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Añade en su apartado 3, que la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los siguientes principios:
a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante.
c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
El Real Decreto Legislativo 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS desarrolla el precepto anterior en la Sección 1.ª del Capítulo III de su Título Preliminar, arts. 10 a 14, que establecen los principios directores, ámbito de los planes estratégicos, contenido, competencia para su aprobación, seguimiento y efectos.
B) Naturaleza jurídica.
Los Planes Estratégicos de Subvenciones son un instrumento de gestión de carácter programático, que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobación genera derechos ni obligaciones para el Ayuntamiento.
Su efectividad queda condicionada a la tramitación y resolución de los correspondientes expedientes en los que se materializa, previa acreditación de la existencia de las disponibilidades presupuestarias correspondientes para cada ejercicio.
C) Competencia.
En el artículo 9.2, señala las competencias de la Comisión Delegada, y entre ellas, en el apartado e) La concesión de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y del resto de normativa aplicable. Siendo el Plan un trámite formal y previo a la aprobación de subvenciones, puesto en relación con el art. 8.1 LGS "Los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones", se entiende que la competencia para el establecimiento de subvenciones incluye el de aprobación de los planes.
2.—Ámbito temporal.
El artículo 11.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS, señala que "los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que, por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente."
Así, se prevé un período de vigencia del Plan de tres años: 2024, 2025, 2026, sin perjuicio de las modificaciones que se puedan realizar de acuerdo con la legislación vigente.
Anualmente, y teniendo en cuenta los nuevos objetivos que se puedan fijar en la Fundación Municipal de Cultura se podrán modificar, sustituir o eliminar líneas de subvenciones, pudiendo, asimismo, modificarse o actualizarse dentro de cada línea de subvención cualquier aspecto de su contenido o procedimiento de concesión.
3.—Ámbito subjetivo.
El presente Plan Estratégico de Subvenciones incluye las subvenciones concedidas por la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo en el ámbito cultural de acuerdo a lo establecido en sus Estatutos.
4.—Proceso de elaboración y aprobación.
El proceso de elaboración del presente plan ha seguido las siguientes fases:
1. Se realiza un análisis de las diferentes subvenciones gestionadas en los últimos tres ejercicios, se definen sus objetivos y líneas estratégicas y se realiza propuesta de Plan Estratégico de Subvenciones.
2. La propuesta del Plan de Subvenciones se realiza teniendo en cuenta el marco presupuestario actual.
El proceso de aprobación sigue las siguientes fases:
1. El Plan Estratégico de Subvenciones propuesto se remite a la intervención municipal para informe.
2. Se somete a la aprobación por el órgano competente.
5.—Planificación estratégica.
A) Objetivo principal.
El fin primordial de la asignación de subvenciones de la Fundación Municipal de Cultura es dar cumplimiento a las previsiones del citado artículo 2 de sus Estatutos, según el cual, se le encomienda el fomento y la difusión de la cultura como "el conjunto de rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias".
B) Principios generales.
La regulación jurídica en materia de subvenciones, así como la de carácter general aplicable a las Administraciones Públicas, establece unos principios generales de actuación, que son elementos fundamentales del Plan Estratégico y que deben regir la gestión municipal en materia de subvenciones, los cuales se han tenido en cuenta a la hora de elaborar el presente Plan:
a) Publicidad y concurrencia, mediante convocatoria previa en la que se garantice la concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, que deberá cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente.
b) Objetividad en el proceso de asignación de fondos públicos.
c) Igualdad y no discriminación, entre la ciudadanía, entre los distintos sectores y entre los colectivos.
d) Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, en las actuaciones en materia de subvenciones que afecten a los gastos o ingresos públicos.
e) Transparencia en el proceso de asignación de recursos públicos, tanto en el proceso de concesión, como en la publicación de los resultados, así como cumplimiento de los requisitos que se fijen en la Ordenanza Municipal de Transparencia.
f) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos, con el establecimiento de un procedimiento de seguimiento y control de las subvenciones concedidas.
g) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, con la valoración de las subvenciones y la asignación a los proyectos más eficientes.
C) Objetivos generales.
Son objetivos generales del presente Plan estratégico los siguientes:
1. Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el art. 8.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, que obliga a los Ayuntamientos que previamente a la concesión de subvenciones, procedan a aprobar su correspondiente Plan Estratégico.
2. Garantizar una gestión coherente y armonizada del conjunto de subvenciones municipales de referencia.
3. Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones con la valoración de los aspectos de transversalidad, eficacia y eficiencia en la gestión de las diferentes líneas de ayudas.
4. Impulsar la simplificación administrativa en la gestión de las subvenciones tratando de reducir los recursos empleados en la misma; facilitar los trámites a los solicitantes y a los destinatarios de las subvenciones y reducir los tiempos de tramitación.
D) Procedimiento de concesión.
Según lo dispuesto en el art. 22.1 de la Ley de Subvenciones, el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, añadiendo en su apartado 2.a), que podrán concederse de forma directa, las previstas nominativamente en los Presupuestos de las Entidades locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
En el ámbito de actuación de la Fundación Municipal de Cultura, las líneas de subvención contemplan el procedimiento de concesión directa y concesión en régimen de concurrencia competitiva.
Con carácter general, el otorgamiento de las subvenciones nominativas se encuentra vinculado al ámbito de la competencia municipal propia en materia cultural, en los términos del artículo 2.3.a) de los Estatutos de la Fundación, a cuyo tenor, para el cumplimiento de sus fines, realizará "la organización, realización y promoción de actividades culturales en todas aquellas manifestaciones que contribuyan al desarrollo cultural de la ciudad", en concordancia con el art. 25.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, según el cual, el Municipio, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal; ejerciendo, en todo caso, competencias propias en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en materia de "Promoción de la cultura y equipamientos culturales".
Por otra parte, los proyectos subvencionados requieren una gran estabilidad para su desarrollo, de tal modo que una interrupción en su funcionamiento generaría graves perjuicios al desarrollo cultural de la ciudad, dado que en gran parte, se trata de proyectos de un volumen económico considerable, y gran parte del gasto asociado a los mismos se centra en partidas relacionadas con recursos humanos, pues el éxito de los proyectos está muy relacionado con la capacidad y experiencia del personal destinado al mismo, por lo que la estabilidad en las relaciones laborales es esencial. A ello hay que añadir que se trata de entidades de gran arraigo y prestigio, que presentan proyectos consolidados, con muchos años de implantación en el municipio y que reciben una elevada consideración por los resultados obtenidos año tras año.
En lo que respecta a la concesión en régimen de concurrencia competitiva, se enmarcan dentro de la línea estratégica 3 y buscan identificar y respaldar a los individuos o proyectos más destacados y con un alto potencial en el ámbito de la cultura. Promueven la mejora continua y la innovación en esta área, lo que contribuye al enriquecimiento de la sociedad en términos culturales y creativos. La concurrencia competitiva garantiza que las subvenciones se otorguen de manera objetiva a aquellas personas que demuestran un mérito notable en el ámbito cultural.
Se desglosan a continuación los importes de las diferentes subvenciones contenidas en el presente Plan Estratégico atendiendo al procedimiento de concesión:
Procedimiento de concesión | Número | Importe | % Importe |
---|---|---|---|
2023 | |||
Concurrencia | 0 | -€ | 0,00 |
Nominativas | 10 | 3.945.400,00 € | 100,00 |
Total 2023 | 10 | 3.945.400,00 € | 100,00 |
2024 | |||
Concurrencia | 5 | 38.500,00 € | 0,88 |
Nominativas | 10 | 4.312.400,00 € | 99,12 |
Total 2024 | 15 | 4.350.900,00 € | 100,00 |
2025 | |||
Concurrencia | 5 | 38.500,00 € | 0,93 |
Nominativas | 9 | 4.106.400,00 € | 99,07 |
Total 2025 | 14 | 4.144.900,00 € | 100,00 |
2026 | |||
Concurrencia | 5 | 38.500,00 € | 0,90 |
Nominativas | 9 | 4.231.400,00 € | 99,10 |
Total 2026 | 14 | 4.269.900,00 € | 100,00 |
E) Líneas estratégicas de Actuación 2024-2026.
Las Líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico son las siguientes:
• Línea estratégica 1: Investigación y divulgación en el ámbito cultural.
El objetivo es la de promover el estudio, la formación, la investigación y la promoción en el ámbito cultural. Se incluyen en esta línea las siguientes subvenciones nominativas:
Denominación | Objeto |
---|---|
Fundación Universidad de Oviedo (Instituto Feijoo de Estudios del Siglo XVIII). | Promover la investigación y divulgación sobre el siglo XVIII español e hispanoamericano. |
Fundación Universidad de Oviedo (Cátedra Emilio Alarcos Llorach). | Difusión de la obra del filólogo y la organización de actividades que impulsen la creación y la renovación científica y contribuyan al estudio, actualización y promoción de la lengua española, dentro y fuera de nuestro país. |
Fundación Universidad de Oviedo (Cátedra Leonard Cohen). | Difusión de la obra del músico y escritor canadiense que da nombre a la cátedra y de la canción popular, así como de la música y la poesía, y a la organización de actividades que impulsen la creación y la renovación científica y contribuyan al estudio, actualización y promoción de todos los aspectos académicos, artísticos y culturales de dicha obra, de los géneros de la canción de autor y canción popular en los que se enmarca y géneros afines. |
Asociación de Amigos de la Alfarería de Faro. | Recuperar la cultura de la cerámica de Faro, fomentando en todo momento la actividad alfarera e impulsando la formación, investigación y divulgación etnográfica, histórica y cultural ligada a la alfarería y al desarrollo del futuro Centro de Alfarería de Faro. Incluye el otorgamiento de "Premios Barbón" como parte de la promoción de la actividad cerámica de Faro. |
Asociación Cultural Tribuna Ciudadana. | Fomento y desarrollo de la ciencia y la cultura en sus más amplias y variadas facetas, a través de la promoción y realización de diversas actividades encaminadas al estudio, desarrollo y divulgación de temas de carácter científico y cultural, así como la organización y promoción del Premio literario "Tigre Juan" de profundo arraigo en la ciudad. |
Agrupación folclórico musical Real Banda de Gaitas Ciudad de Oviedo. | Fomento del conocimiento y uso de la gaita como instrumento tradicional asturiano, facilitando el acceso de jóvenes a las enseñanzas propias para el dominio de este instrumento musical mediante la elaboración de bases y convocatoria para formar parte del "Joven Grupo de Gaitas Vetusta", con la conformidad de la FMC, y poniendo a disposición la Agrupación, el profesorado necesario, así como actividades de difusión mediante la realización de conciertos y participación en actos institucionales y protocolarios. |
• Línea estratégica 2: Mantenimiento y promoción de agrupaciones culturales.
El objetivo es el mantenimiento y la promoción de distintas agrupaciones culturales, concretamente, musicales y teatrales. Se incluyen en esta línea las siguientes subvenciones nominativas:
Denominación | Objeto |
---|---|
Fundación Festival Ópera de Oviedo. | Mantenimiento y promoción de las actividades organizadas y gestionadas por la citada asociación y desarrollo de la Temporada de la Ópera. |
Fundación Musical Ciudad de Oviedo. | Mantenimiento y promoción de las agrupaciones musicales gestionadas por la Fundación Musical Ciudad de Oviedo. |
Sociedad Filarmónica de Oviedo. | Mantenimiento y promoción de la actividad musical organizada y gestionada por la Sociedad, desarrollo de su actividad musical como a la financiación de parte de los gastos corrientes que dicha actividad genere. |
Asociación Cultural La Castalia. | Mantenimiento y promoción de las actividades organizadas y gestionadas por la citada asociación, coadyuvando a dar continuidad al cumplimiento de sus fines artísticos, sociales y culturales. |
• Línea estratégica 3: Fomento de actividades culturales mediante entregas dinerarias.
El objetivo es la de fomentar distintas actividades culturales mediante aportaciones dinerarias en forma de premios, becas, pensiones de estudio e investigación.
Denominación | Objeto |
---|---|
ArteOviedo | Exposición y venta de obras de arte en los apartados de pintura, escultura, obra gráfica, fotografía, instalación y videoarte contemporáneo y desarrollo de conferencias sobre dicho tema. El objetivo es establecer unos canales de comunicación entre artistas, galerías, críticos de arte, comisarios, coleccionistas y público general, además de difundir de la mejor manera posible el complejo mundo del arte contemporáneo, sus manifestaciones, tendencias, técnicas y, de forma muy especial, el desarrollado en Asturias. En el contexto del desarrollo de ArteOviedo se incluye el premio al mejor stand de la feria. |
Premios canción asturiana | Fomento y promoción de la Asturianada (canto tradicional de tipología popular) a través de entregas de premios en diferentes categorías. |
Cerámica creativa | Feria dirigida hacia un aspecto creativo y artístico que muestra al público que además de la cerámica tradicional existe una corriente artística. Se muestran piezas de esmerada elaboración en que el lenguaje artístico toma su forma bajo soporte cerámico. En este contexto se otorga un premio al autor/a de la obra premiada. |
Ayudas al desarrollo académico en el ámbito cultural | Ayudas al estudio en el campo de la cultura, y dirigidas a estudiantes con altas calificaciones para su desarrollo académico. |
Premios a la trayectoria profesional en el ámbito cultural. | Disposiciones dinerarias destinadas a premiar a personas destacadas en el mundo de la cultura para reconocer el impacto positivo que han tenido en la sociedad a través de su enriquecimiento a la cultura y el patrimonio de la humanidad. Estos premios celebran la excelencia en campos como el arte, la literatura, la música, el cine, el teatro, la danza, etc. |
En el anexo a este documento se recoge el contenido específico de cada línea de subvención.
La vigencia de estas líneas específicas de actuación para cada ejercicio quedará condicionada y limitada a la aprobación de las mismas en el correspondiente presupuesto anual y a sus consignaciones.
6.—Marco presupuestario.
La financiación de las ayudas contempladas en el presente Plan Estratégico de Subvenciones se realizará con cargo al Capítulo 4 de gastos del Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo de los ejercicios correspondientes, indicándose en el anexo I la aplicación presupuestaria correspondiente.
Ver boletin en PDF para consultar la tabla
7.—Criterios que orienta el plan.
El art. 3 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público fija como principios que debe respetar en su actuación cualquier Administración Pública el de la "planificación y dirección por objetivos y control de la gestión y evaluación de los resultados de las políticas públicas".
El art. 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se refiere al plan estratégico de subvenciones como instrumento vinculado a los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En este contexto, para la determinación de las diferentes líneas de subvenciones del presente plan se ha tenido en cuenta también los siguientes criterios:
En cuanto al régimen general de concesión de subvenciones, la concesión de subvenciones de la FMC se regirá, además de por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Reglamento que desarrolla dicha Ley de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo en sesión de 30 de enero de 2013 (BOPA 13/05/2013), modificado el 9 de septiembre de 2015 (BOPA 14/11/2015) y el 4 de octubre de 2016 (BOPA 31/01/2017).
En cuanto al régimen de concesión directa, se prevé la concesión nominativa de las actividades recogidas en las líneas de actuación 1 y 2, atendiendo a la actividad que desarrollan las entidades beneficiarias y la repercusión de las mismas en el ámbito cultural del municipio de Oviedo y en la programación de la Fundación Municipal de Oviedo.
El procedimiento de concesión de la Línea 3 será la concurrencia competitiva, con los requisitos que se estipulen en las Bases Reguladoras Generales y las específicas de la convocatoria, y aplicando los criterios de valoración aprobados a fin de determinar la prelación de los proyectos a subvencionar o, en su caso, del prorrateo del crédito existente
Las subvenciones concedidas por la FMC serán publicadas en la web municipal y en el tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en la Ley del Principado de Asturias 8/2018 de 14 de septiembre de Transparencia, buen gobierno y grupos de interés, así como en la Ordenanza Municipal de Transparencia, acceso a la información y reutilización, aprobada definitivamente por el Ayuntamiento en Pleno de 1 de marzo de 2016.
8.—Objetivos estratégicos.
Las subvenciones de la FMC del Ayuntamiento de Oviedo se ajustan a los siguientes objetivos estratégicos:
• Objetivo 1: Promover la investigación y divulgación sobre la historia española y la iberoamericana.
• Objetivo 2: Potenciar el estudio, actualización y promoción de la lengua española.
• Objetivo 3: Difusión de obras culturales de autores relevantes en el ámbito cultural (Emilio Alarcos, Leonard Cohen).
• Objetivo 4: Promoción de la cultura de la cerámica de Faro.
• Objetivo 5: Fomento y desarrollo de la ciencia y de la cultura.
• Objetivo 6: Mantenimiento y promoción de agrupaciones musicales.
• Objetivo 7: Apoyo a entidades cuyas actividades coadyuven al cumplimiento de los fines de la FMC en el ámbito cultural, artístico y social.
• Objetivo 8: Fomentar el estudio en el ámbito cultura y premiar la excelencia en el ámbito cultural.
9.—Control, seguimiento y evaluación del plan.
El control, seguimiento y evaluación del presente Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente a la FMC, se realizará en tres aspectos:
• Tareas de comprobación formal y material de las subvenciones concedidas, por parte del personal adscrito a la FMC y que se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente.
• Control financiero de las subvenciones concedidas, que está encomendado a la Intervención General del Ayuntamiento de Oviedo y que se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente.
• Seguimiento y evaluación anual del Plan: Tal y como contempla la letra c) del artículo 12.1 del RLGS, las fichas de las diferentes líneas de subvención incorporan una serie de indicadores que, oportunamente medidos, permitirán efectuar un adecuado seguimiento de su ejecución y una estimación de su efectividad para alcanzar los fines del Plan.
Para realizar el seguimiento y evaluación del presente Plan las tres Secciones que integran el Servicio elaborarán en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente una memoria constatando el progreso alcanzado en cuanto al cumplimiento de los objetivos propuestos, en función de los indicadores previamente determinados a tal fin y que figuran especificados para cada uno de las Líneas en las fichas que se acompañan.
Dichas memorias deberán incluir:
— Información de cada línea de subvención, recogiendo las subvenciones concedidas, justificadas, renunciadas y las reintegradas o en proceso de reintegro.
— El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos y del plazo para su consecución.
— Resultado esperado, indicador y valor de partida definidos en la elaboración del PES.
— Impacto y efectos sobre la realidad en la que se ha pretendido incidir.
— Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la aplicación del Plan.
— Conclusiones o valoración global.
— Sugerencias para la modificación, en su caso, del Plan.
Las memorias se incorporarán al PES a efectos de referencia y seguimiento interanual.
10.—Publicación.
El presente Plan entrará en vigor una vez haya sido aprobado por el órgano competente y publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en la Web del Ayuntamiento de Oviedo y en el BIM, debiendo publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (art. 13 del Reglamento de Subvenciones).
Anexo I
Líneas de subvenciones
A continuación, se presentan de manera detallada las fichas correspondientes a cada una de las ayudas que integran el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo. Las fichas se presentan agrupadas atendiendo a la línea estratégica, objetivo específico y al objetivo general en el que se encuadran.
Línea estratégica 1: Investigación y divulgación en el ámbito cultural.
El objetivo es la de promover el estudio, la formación, la investigación y la promoción en el ámbito cultural.
Fundación Universidad de Oviedo-Instituto Feijoo
a) Objetivo específico: Promoción de la investigación y divulgación sobre el siglo XVIII español e hispanoamericano, materializado en la edición y digitalización de publicaciones.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 1: Promover la investigación y divulgación sobre la historia española y la iberoamericana.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 48926 | 5.400,00 € | 5.400,00 € | 5.400,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
Ver boletin en PDF para consultar la tabla
i) Calendario previsto: tiene vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y el Instituto Feijoo de estudios del S. XVIII de la Universidad de Oviedo".
Fundación Universidad de Oviedo-Cátedra Alarcos
a) Objetivo específico: Difusión de la obra del filólogo y a la organización de actividades que impulsen la creación y la renovación científica y contribuyan al estudio, actualización y promoción de la lengua española, dentro y fuera de nuestro país. Se materializa en el desarrollo de exposiciones, conferencias y jornadas; efectúa publicaciones sobre la Obra Completa del Profesor Emilio Alarcos Llorach y concede becas según su disposición presupuestaria.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 2: Potenciar el estudio, actualización y promoción de la lengua española. Objetivo 3: Difusión de obras culturales de autores relevantes en el ámbito cultural.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 48924 | 20.000,00 € | 22.000,00 € | 22.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
Ver boletin en PDF para consultar la tabla
i) Calendario previsto: tiene vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Fundación Universidad de Oviedo para el sostenimiento de la cátedra "Emilio Alarcos Llorach".
Fundación Universidad de Oviedo-Cátedra Leonard Cohen
a) Objetivo específico: Difusión de la obra del músico y escritor canadiense que da nombre a la cátedra y de la canción popular, así como de la música y la poesía, y a la organización de actividades que impulsen la creación y la renovación científica y contribuyan al estudio, actualización y promoción de todos los aspectos académicos, artísticos y culturales de dicha obra, de los géneros de la canción de autor y canción popular en los que se enmarca y géneros afines. Incluye la divulgación de una revista científica especializa en el estudio del siglo XVIII español e hispanoamericano, de ámbito internacional, carácter interdisciplinar y periodicidad anual.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 3: Difusión de obras culturales de autores relevantes en el ámbito cultural.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 48925 | 20.000,00 € | 23.000,00 € | 23.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: tienen vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Universidad de Oviedo para el sostenimiento de la cátedra "Leonard Cohen".
Asociación Amigos Alfarería de Faro
a) Objetivo específico: Recuperar la cultura de la cerámica de Faro, fomentando en todo momento la actividad alfarera e impulsando la formación, investigación y divulgación etnográfica, histórica y cultural ligada a la alfarería y al desarrollo del futuro Centro de Alfarería de Faro. Incluye la realización de jornadas de carácter histórico, divulgativo y cultural y obsequios a los asistentes, adquisición de piezas históricas de Faro para donarlas al futuro Centro de Alfarería de Faro y otorgamiento del premio Barbón de Faro.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 4: Promoción de la cultura de la cerámica de Faro.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
333 48920 | 5.000,00 € | 5.000,00 € | 5.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: tienen vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Asociación de Amigos de la Alfarería de Faro.
Asociación cultural Tribuna Ciudadana
a) Objetivo específico: Fomento y desarrollo de la ciencia y la cultura en sus más amplias y variadas facetas, a través de la promoción y realización de diversas actividades encaminadas al estudio, desarrollo y divulgación de temas de carácter científico y cultural mediante la organización y promoción del Premio literario "Tigre Juan" y Certamen Joven de Relatos Cortos "Tigre Juan" y la realización de conferencias, conciertos, mesas redondas organizados en ciclos charlas y similares organizadas en ciclos
b) Objetivo estratégico: Objetivo 5: Fomento y desarrollo de la ciencia y de la cultura.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 48901 | 53.000,00 € | 56.000,00 € | 56.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: tienen vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 73,30% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura. 13,09% Otras subvenciones. 13,61% Ingresos privados.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Asociación Cultural Tribuna Ciudadana para la organización y promoción del premio literario "Tigre Juan" y otras actividades culturales.
Banda de Gaitas Ciudad de Oviedo
a) Objetivo específico: Fomento del conocimiento y uso de la gaita como instrumento tradicional asturiano, facilitando el acceso de jóvenes a las enseñanzas propias para el dominio de este instrumento musical mediante la elaboración de bases y convocatoria para formar parte del "Joven Grupo de Gaitas Vetusta", con la conformidad de la FMC, y poniendo a disposición la Agrupación, del profesorado necesario, pudiéndose incluir becas formativas a los alumnos participantes.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 6: Fomento del conocimiento y uso de la gaita.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2023 | Costes 2024 | Costes 2025 |
---|---|---|---|
334 48904 | 339.000,00 € | 0 € | 0 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: tienen vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Agrupación Folclórico-musical "Real Banda de Gaitas Ciudad de Oviedo.
Línea estratégica 2: Mantenimiento y promoción de agrupaciones culturales.
El objetivo es el mantenimiento y la promoción de distintas agrupaciones culturales, concretamente, musicales y teatrales.
Fundación Festival Ópera de Oviedo
a) Objetivo específico: Mantenimiento y promoción de las actividades organizadas y gestionadas por la citada asociación y desarrollo de la Temporada de la Ópera mediante la ejecución de diversos títulos integrantes de la misma.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 7: Mantenimiento y promoción de agrupaciones musicales.
c) Centro gestor: Comisión Delegada de la Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 48902 | 475.000,00 € | 475.000,00 € | 475.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: tienen vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 14,26% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura. 21,01% Otras subvenciones. 64,73% Ingresos privados.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Fundación Ópera de Oviedo.
Fundación Musical Ciudad de Oviedo
a) Objetivo específico: Fomento, promoción y difusión de la música mediante el desarrollo de un programa educativo de conciertos didácticos para la divulgación y sensibilización hacia la importancia de la música y la cultura, desarrollo de proyectos de carácter extraordinario, transversales y multidisciplinares en el ámbito cultural y educativo, así como la puesta a disposición de la Fundación Municipal de Cultura de la Orquesta Oviedo Filarmonía y Banda de Música Ciudad de Oviedo.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 7: Mantenimiento y promoción de agrupaciones musicales.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 48903 | 3.345.000,00 € | 3.470.000,00 € | 3.595.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: tienen vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 74,47% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura. 25,53% Ingresos privados.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Fundación Musical Ciudad de Oviedo.
Sociedad Filarmónica de Oviedo
a) Objetivo específico: Mantenimiento y promoción de la actividad musical organizada y gestionada por la Sociedad desarrollo de su actividad musical a través de su temporada de conciertos, como a la financiación de parte de los gastos corrientes que dicha actividad genere.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 7: Mantenimiento y promoción de agrupaciones musicales.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
333 48921 | 35.000,00 € | 35.000,00 € | 35.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: tienen vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 95,70% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura. 4,30% Ingresos privados.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Fundación musical Ciudad de Oviedo.
La Castalia
a) Objetivo específico: Mantenimiento y promoción de las actividades teatrales organizadas y gestionadas por la citada asociación, coadyuvando a dar continuidad al cumplimiento de sus fines artísticos, sociales y culturales. Incluye la realización de actividades formativas.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 7: Mantenimiento y promoción de agrupaciones musicales.
c) Centro gestor: Comisión Delegada de la Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención nominativa.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 48922 | 15.000,00 € | 15.000,00 € | 15.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Persona jurídica.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: tienen vocación de permanencia en el tiempo. En el contexto de este Plan, se entiende que deben cumplirse durante todo el período de su vigencia.
j) Fuentes de financiación: 86,89% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura. 13,11% Ingresos privados.
k) Bases reguladoras: Convenio de colaboración entre la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo y la Asociación Cultural La Castalia.
Línea estratégica 3: Fomento de otras actividades culturales mediante entregas dinerarias.
El objetivo es la de fomentar actividades culturales mediante el otorgamiento de premios, becas, pensiones de estudio e investigación.
Actualmente, se incluyen dentro de esta línea las siguientes actividades:
ArteOviedo
a) Objetivo específico: Exposición y venta de obras de arte en los apartados de pintura, escultura, obra gráfica, fotografía, instalación y videoarte contemporáneo y desarrollo de conferencias sobre dicho tema. El objetivo es establecer unos canales de comunicación entre artistas, galerías, críticos de arte, comisarios, coleccionistas y público general, además de difundir de la mejor manera posible el complejo mundo del arte contemporáneo, sus manifestaciones, tendencias, técnicas y, de forma muy especial, el desarrollado en Asturias. En el contexto del desarrollo de ArteOviedo se incluye el premio al mejor stand de la feria.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 8: Apoyo a entidades cuyas actividades coadyuven al cumplimiento de los fines de la FMC en el ámbito cultural, artístico y social.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Premio.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 481 | 1.000,00 € | 1.000,00 € | 1.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Personas físicas y jurídicas.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: ArteOviedo se celebra durante los meses de septiembre a noviembre.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Bases para el otorgamiento del premio a la mejor obra.
Premios Canción Asturiana
a) Objetivo específico: Otorgamiento de premios en diferentes categorías: canción asturiana voz femenina; canción asturiana voz masculina; canción asturiana tonada juvenil; gaiteros solistas.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 8: Apoyo a entidades cuyas actividades coadyuven al cumplimiento de los fines de la FMC en el ámbito cultural, artístico y social.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Premio.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 481 | 14.000,00 € | 14.000,00 € | 14.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Personas físicas y personas jurídicas.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: El concurso de "Canción Asturiana Ciudad de Oviedo" se celebra durante los meses de octubre y noviembre.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Bases del concurso canción asturiana "Ciudad de Oviedo".
Cerámica Creativa
a) Objetivo específico: Desde el año 2013 viene celebrándose esta Feria dirigida hacia un aspecto creativo y artístico que muestra al público que además de la cerámica tradicional existe una corriente artística. Se muestran piezas de esmerada elaboración en que el lenguaje artístico toma su forma bajo soporte cerámico. En este contexto se otorga un premio al autor/a de la obra premiada.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 8: Apoyo a entidades cuyas actividades coadyuven al cumplimiento de los fines de la FMC en el ámbito cultural, artístico y social.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Premio.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 481 | 1.500,00 € | 1.500,00 € | 1.500,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. a), c), d) y g) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Personas físicas y personas jurídicas.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: La exhibición y el concurso de "Cerámica Creativa" se celebra durante el mes de abril.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Bases del concurso "Cerámica Creativa".
Ayudas al desarrollo académico en el ámbito cultural
a) Objetivo específico: Ayudas al estudio en el campo de la cultura, y dirigidas a estudiantes con altas calificaciones para su desarrollo académico.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 8: Fomentar el estudio en el ámbito cultura y premiar la excelencia académica.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Subvención.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 481 | 14.000,00 € | 14.000,00 € | 14.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. h) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Personas físicas.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: La convocatoria de las ayudas al estudio se realizará durante el mes de mayo.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Bases de ayudas al desarrollo académico en el ámbito cultural.
Premios a la trayectoria profesional en el ámbito cultural.
a) Objetivo específico: Disposiciones dinerarias destinadas a premiar a personas destacadas en el mundo de la cultura para reconocer el impacto positivo que han tenido en la sociedad a través de su enriquecimiento a la cultura y el patrimonio de la humanidad. Estos premios celebran la excelencia en campos como el arte, la literatura, la música, el cine, el teatro, la danza, etc.
b) Objetivo estratégico: Objetivo 8: Fomentar el estudio en el ámbito cultura y premiar la excelencia académica.
c) Centro gestor: Fundación Municipal de Cultura.
d) Tipo de ayuda: Premio.
e) Aplicación presupuestaria y costes previsibles:
Aplicación presupuestaria | Costes 2024 | Costes 2025 | Costes 2026 |
---|---|---|---|
334 481 | 8.000,00 € | 8.000,00 € | 8.000,00 € |
f) Áreas de competencias afectadas: art. 25.2.m) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 2.3. h) de los Estatutos de la Fundación Municipal de Cultura.
g) Sectores a los que se dirigen las ayudas: Personas físicas.
h) Indicadores de resultados:
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i) Calendario previsto: La convocatoria de las ayudas al estudio se realizarán en el mes de septiembre.
j) Fuentes de financiación: 100% Presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura.
k) Bases reguladoras: Bases de los premios a la excelencia en el ámbito cultural.
En Oviedo, 14 de febrero de 2024.—El Presidente de la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo.—Cód. 2024-01578.