Resolución de Alcaldía. Delegación de competencias en la Primer Teniente de Alcalde.
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El Sr. Alcalde Presidente, con fecha 09/02/2024, ha dictado la siguiente resolución:
1. Considerando que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
2. Teniendo en cuenta que durante los próximos días desde el 28 de febrero al 5 de marzo de 2024, ambos inclusive, este Alcalde se encontrará ausente del municipio.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero.—Delegar en Dña. Consuelo Bada Herrero, Primer Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, desde el 20 de febrero al 5 de marzo de 2024, ambos inclusive, por ausentarme del municipio.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía de la citada gestión tal y como se prevé en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Cuarto.—La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, dándose cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que este celebre.
Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
En Cabrales, a 12 de febrero de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-01466.