Acuerdo de 7 de febrero de 2024, de la Comisión de Evaluación de la Docencia de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba la convocatoria de selección de personal evaluador entre docentes de la Universidad de Oviedo para la evaluación de la actividad docente del profesorado en el marco del Programa DOCENTIA-UO, para los cursos 2023-2024 y 2024-2025.
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Antecedentes
Uno de los fines de la Universidad de Oviedo, tal como se señala en sus Estatutos (art. 114), es ofrecer una docencia de calidad. Para ello es fundamental que la institución cuente con mecanismos para evaluar la calidad de la actividad docente de su profesorado, que permitan reconocer su esfuerzo y dedicación, así como identificar posibles líneas de mejora, y que puedan utilizarse en procesos de promoción y acreditación.
La Universidad de Oviedo firmó el 9 de abril de 2007 un convenio de colaboración con la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), para la puesta en marcha del Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado Universitario (DOCENTIA). La ANECA establece entre sus orientaciones para la puesta en marcha de este programa, que las universidades participantes deben garantizar la competencia e independencia de las personas evaluadoras.
La comisión de evaluación de la actividad docente del profesorado de la Universidad de Oviedo es la Comisión de Evaluación de la Docencia, creada el 25 de marzo de 2022 por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo (BOPA n.º 71 del 12 de abril de 2022) y que tiene entre sus funciones crear una bolsa de personal evaluador. Tras la experiencia de la primera convocatoria de selección de personal evaluador entre docentes de la Universidad de Oviedo, para el curso 2022-2023 —convocada por acuerdo de esta Comisión de 26 de octubre de 2022 (BOPA n.º 215 del 9 de noviembre de 2022)—, y partiendo de los principios de transparencia e igualdad de oportunidades, la Comisión de Evaluación de la Docencia aprueba mediante este acuerdo una convocatoria pública de personal evaluador entre docentes de la Universidad de Oviedo, para la evaluación de la actividad docente del profesorado en el marco del Programa DOCENTIA-UO, para los cursos académicos 2023-2024 y 2024-2025.
Fundamentos de derecho
Primero.—Visto el Acuerdo de 25 de marzo de 2022, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se modifica el Reglamento regulador de los órganos de calidad y evaluación, aprobado por Acuerdo de 12 de mayo de 2017, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo (BOPA de 12-04-2022).
Segundo.—Según lo establecido en el artículo 3 del citado reglamento, una de las funciones de la Comisión de Evaluación de la Docencia es "Configurar y aprobar la bolsa de personal evaluador".
Tercero.—En virtud de lo dispuesto en el artículo 4.3 del citado reglamento, "la bolsa de personal evaluador tendrá como función realizar los informes de evaluación relativos a cada profesor/a y elevarlos a la Comisión de Evaluación de la Docencia".
Cuarto.—De acuerdo con el artículo 4.1 del citado reglamento, "la bolsa de personal evaluador estará integrada por los siguientes miembros: a) Quince docentes de la Universidad de Oviedo, designados/as por el Rector a propuesta de la Comisión de Evaluación de la Docencia, tres por cada rama del conocimiento; b) Cinco profesores/as externos/as a la Universidad de Oviedo, uno/a por cada rama del conocimiento, designados/as por el Rector a propuesta de la Comisión de Evaluación de la Docencia".
Quinto.—En el artículo 4.4. del citado reglamento se establece que "el personal evaluador debe contar con al menos 10 años de experiencia docente universitaria y evidencia de una trayectoria docente de calidad. Asimismo, debe recibir por parte de la Universidad de Oviedo la formación necesaria para el desempeño de sus funciones".
ACUERDAN
Primero.—Aprobar la convocatoria pública para la selección de personal evaluador entre docentes de la Universidad de Oviedo, para la evaluación de la actividad docente del profesorado en el marco del Programa DOCENTIA-UO, para los cursos académicos 2023-2024 y 2024-2025.
Segundo.—Serán seleccionados 15 docentes de la Universidad de Oviedo, tres por cada rama del conocimiento, que conformarán la bolsa de personal evaluador titular, así como un máximo de otros 15 —tres por rama de conocimiento— que conformarán una bolsa de personal evaluador suplente.
Tercero.—Siguiendo el contenido del citado acuerdo de 25 de marzo de 2022 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, los miembros de la bolsa de personal evaluador tendrán las siguientes funciones y responsabilidades:
— Realizar los informes de evaluación relativos a cada docente solicitante.
— Desempeñar las funciones de coordinador o de secretario, si se le solicita, según marque el reglamento.
— Asistir a la formación que la Universidad de Oviedo establezca para el desempeño de sus funciones.
Cuarto.—Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. Ser docente en la Universidad de Oviedo a tiempo completo, en cualquiera de las siguientes figuras contractuales: Profesorado Colaborador, Profesorado Ayudante Doctor, Profesorado Contratado Doctor, Profesorado Permanente Laboral, Profesorado Contratado Doctor Interino, Profesorado Sustituto 80.2-PPL, Profesorado Titular de Universidad, Profesorado Titular de Escuela Universitaria, Catedrático/a de Escuela Universitaria o Catedrático/a de Universidad.
b. Contar con al menos 10 años de experiencia docente universitaria en equivalencia a tiempo completo.
c. Contar con una trayectoria docente de calidad.
Para los requisitos "a" y "b", se deberá aportar la hoja de servicios y el certificado de docencia. Para el requisito "c", se deberá presentar el "Certificado de la Encuesta General de Enseñanza", en el que consten los resultados de las encuestas de valoración de la docencia por parte del alumnado en, al menos, los últimos cinco cursos completados anteriores al momento de esta convocatoria (2018/2019 a 2022/2023). En caso de que se disponga de él, se deberá enviar además el certificado de la evaluación de la actividad docente mediante el programa DOCENTIA del último tramo evaluado.
Quinto.—Para formar parte de la bolsa de personal evaluador, se requiere una valoración promedio de la docencia por parte del alumnado de al menos 7 puntos sobre 10. Dicha valoración se calculará hallando el promedio de la "Valoración general", que aparece dentro de la "Valoración docente", en asignaturas con resultados de la Encuesta General de la Enseñanza (EGE) representativos. Los resultados de una encuesta del alumnado se consideran representativos cuando haya sido contestada por al menos 4 estudiantes y supongan, al menos, el 25% del alumnado matriculado. En docencia a grupos pequeños (hasta 10 estudiantes), se considerarán las contestadas por al menos dos estudiantes.
En caso de que existan más solicitudes que cumplan los requisitos que plazas disponibles para una rama de conocimiento, tendrá prioridad el profesorado con un tramo de actividad docente activo evaluado positivamente mediante el programa DOCENTIA (evaluación Excelente, Muy Favorable o Favorable, en ese orden de preferencia). En caso de empate, tendrá prioridad el profesorado con mejores resultados en la valoración de la calidad de su docencia por parte del alumnado mediante la EGE. Si el empate persiste, tendrá prioridad el o la docente con mayor categoría y antigüedad.
Sexto.—En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23.2.a) de la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, los miembros de la bolsa de personal evaluador no podrán participar en la evaluación de solicitudes con las que tengan conflicto de intereses. Por otro lado, los miembros de la Comisión de Evaluación de la Docencia, cuya composición y funciones se definen en el artículo 3 del citado acuerdo de 25 de marzo de 2022, no podrán formar parte de la bolsa de personal evaluador.
Séptimo.—La selección de los miembros de la bolsa de personal evaluador será realizada por la Comisión de Evaluación de la Docencia de la Universidad de Oviedo, cuya composición actual puede encontrarse en el Portal de Transparencia de la Universidad (https://transparencia.uniovi.es/otros-organos).
Octavo.—Se abrirá un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico de la Universidad de Oviedo, del Registro General de la Universidad de Oviedo (Plaza de Riego, 4, 33071 Oviedo), de sus Registros Auxiliares o en el resto de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud se enviará dirigida al Vicerrector de Políticas de Profesorado de la Universidad de Oviedo, haciendo referencia al título de esta convocatoria y adjuntando la documentación indicada en el punto cuarto de las presentes bases.
Noveno.—Una vez evaluadas las solicitudes por la Comisión de Evaluación de la Docencia, la resolución provisional con el resultado se publicará en la intranet de la Universidad de Oviedo (https://intranet.uniovi.es/docencia/normativa/profesorado). En caso de disconformidad, la persona solicitante dispondrá de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución provisional, para aportar las alegaciones y la documentación que resulten pertinentes. La reclamación, dirigida al Vicerrector de Políticas de Profesorado, se presentará a través del Registro Electrónico de la Universidad de Oviedo, del Registro General de la Universidad de Oviedo (Plaza de Riego, 4, 33071 Oviedo), de sus Registros Auxiliares, o en el resto de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Terminado ese plazo y, en su caso, revisadas las reclamaciones, la Comisión de Evaluación de la Docencia publicará en la intranet de la Universidad de Oviedo (https://intranet.uniovi.es/docencia/normativa/profesorado) la resolución definitiva de composición de la bolsa de personal evaluador, por rama de conocimiento y ordenada por titulares y suplentes.
La Comisión de Evaluación de la Docencia remitirá al Rector de la Universidad de Oviedo la resolución definitiva, para que proceda a nombrar a las personas titulares. Las suplentes podrán ser nombradas para cubrir bajas o incrementar el número de evaluadores en función del número de docentes que soliciten ser evaluados.
Décimo.—Los miembros titulares de la bolsa de personal evaluador, así como los suplentes que finalmente participen de forma activa como evaluadores, recibirán un certificado de nombramiento. Asimismo, serán retribuidos según se establezca en el presupuesto del ejercicio correspondiente.
Undécimo.—La participación en esta convocatoria implica la aceptación de la autorización para que sus datos personales sean utilizados por la Universidad de Oviedo, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, con el fin de la correcta gestión de la convocatoria. Los datos personales facilitados por la persona solicitante se incorporarán en los ficheros de usuarios de la Universidad de Oviedo, según lo establecido en la Ley Orgánica.
Con la presentación de la solicitud, la persona solicitante autorizará el uso de sus datos en la página web de la Universidad de Oviedo y el uso de su correo electrónico para notificaciones.
En Oviedo, a 7 de febrero de 2024.—El Vicerrector de Políticas de Profesorado, Presidente de la Comisión de Evaluación de la Docencia.—Cód. 2024-01476.