Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo, en el procedimiento abreviado 199/2023, interpuesto por Proyectos La Pomar, S. L.
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ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Expte. REA 103/2003.
El Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 5 de Oviedo ha dictado Sentencia de fecha 16 de octubre de 2023, en el recurso contencioso-administrativo n.º 199/2023, interpuesto contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias, de la reclamación económico-administrativa interpuesta frente a resolución desestimatoria de recurso de reposición presentado frente a liquidación por el concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
La referida Sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
En consecuencia, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la Sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Proyectos La Pomar S. L. contra la desestimación presunta por silencio de la Consejería de Hacienda y Sector Público del Principado de Asturias de la reclamación económico-administrativa interpuesta frente a la resolución de 23 de diciembre de 2022 que desestima recurso de reposición frente al acuerdo dictado por el Ente Público Servicios Tributarios del Principado de Asturias de liquidación por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles del Ayuntamiento de Langreo, período impositivo 2022, en relación con el inmueble con referencia catastral 1790002TN8919S0001GL, deuda tributaria de 3.140,10 €, que se anula.
Las costas se imponen al litigante vencido, limitadas a 500 euros por todos los conceptos."
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 5 de febrero de 2024.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos.—Cód. 2024-01314.