Anuncio. Rectificación de error en las bases reguladoras del proceso de estabilización de empleo temporal: Técnico de Administración Especial-Normalización Lingüística.
Advertidos errores en el Decreto 1761/2022, de 15 de diciembre, de la entonces Concejalía Delegada del Área de Recursos Humanos y Empleo de este Ilmo. Ayuntamiento de Lena, por el que se aprobaron las bases reguladoras del proceso de estabilización de empleo temporal a desarrollar para la provisión de una plaza de personal laboral fijo de plantilla: Técnico de Administración Especial-Normalización Lingüística, publicadas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias núm. 246 de fecha 27/12/2022, mediante Decreto 158/2024, de 1 de febrero, de la Concejalía Delegada del Área de Personal y Empleo se ha procedido a la corrección del mismo en el sentido siguiente:
1. En la base primera, donde dice:
"1.1. Las presentes bases regularán el proceso selectivo para la provisión de 1 plaza en régimen de Personal Laboral Fijo, en el Ayuntamiento de Lena con la categoría de "Técnico de Administración Especial (Normalización-Lingüística)"
Debe decir:
"1.1. Las presentes bases regularán el proceso selectivo para la provisión de 1 plaza en régimen de Personal Laboral Fijo, en el Ayuntamiento de Lena con la categoría de "Técnico/ca de Administración Especial-Normalización-Lingüística (A1)"
2. En la base séptima, apartado A.1. (Experiencia laboral) donde dice:
"Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Lena como funcionario interino o personal laboral en la plaza "Técnico de Administración Especial (filología)" objeto de la convocatoria se valorará a razón de 0.60 puntos por cada mes efectivo de servicio."
Debe decir:
"Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Lena como funcionario interino o personal laboral en la plaza "Técnico/ca de Administración Especial-Normalización-Lingüística" objeto de la convocatoria se valorará a razón de 0.60 puntos por cada mes efectivo de servicio."
3. En la base séptima, apartado A.1. (Experiencia laboral) donde dice:
"Por servicios prestados en cualquier administración pública distinta al Ayuntamiento de Lena como funcionario interino o personal laboral en puesto del mismo grupo, categoría y que guarden similitud directa con la plaza ofertada "Técnico de Administración Especial (filología)" se valorará a razón de 0,45 puntos por cada mes efectivo de servicio."
Debe decir:
"Por servicios prestados en cualquier administración pública distinta al Ayuntamiento de Lena como funcionario interino o personal laboral en puesto del mismo grupo, categoría y que guarden similitud directa con la plaza ofertada "Técnico/ca de Administración Especial-Normalización-Lingüística" se valorará a razón de 0,45 puntos por cada mes efectivo de servicio."
4. En la base séptima, apartado A.1. (Experiencia laboral) donde dice:
"Por servicios prestados en otros organismos colaboradores o sectores privados, en puesto, categoría, que guarden similitud directa con la plaza ofertada "Técnico de Administración Especial (filología)" se valorará a razón de 0,1 puntos por cada mes efectivo de servicio."
Debe decir:
"Por servicios prestados en otros organismos colaboradores o sectores privados, en puesto, categoría, que guarden similitud directa con la plaza ofertada "Técnico/ca de Administración Especial-Normalización-Lingüística" se valorará a razón de 0,1 puntos por cada mes efectivo de servicio."
En Lena, a 1 de febrero de 2024.—El Concejal Delegado del Área de Personal y Empleo (P. D. F. Decreto 843/2023, de 23 de junio).—Cód. 2024-01236.