Anuncio. Delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local.
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Por Decreto de Alcaldía 9 de enero de 2024 se ha resuelto:
Primero.—Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:
— Plan Normativo
— Plan Estratégico de Subvenciones
— Plan de Contratación
Segundo.—Los actos dictados por la Junta de Gobierno Local en ejercicio de sus atribuidos delegadas, deberán indicar esta circunstancias, entendiéndose dictados por la el Alcalde. Se considera incluido en el régimen de delegación la resolución de los recursos de reposición que se puedan interponer contra los actos dictados en el ejercicio de competencias delegadas.
Tercero.—La revocación o modificación de la delegación habrá de adoptarse con las mismas formalidades exigidas para su otorgamiento, sin perjuicio de las posibles delegaciones específicas para cada asunto, que se puedan ir realizando por el Alcalde a favor de la Junta de Gobierno Local.
Cuarto.—La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y se debe dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Grado, a 9 de enero de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-00205.