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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, contra el mismo, seguidamente se procede a su publicación, según previene dicho artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Altas en partidas de gastos
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Suplemento de crédito | Créditos finales | |
---|---|---|---|---|---|
Progr. | Económica | ||||
170 | 621.00 | MINAS TEXEO | 84.240,94 | 40.000,00 | 124.240,94 € |
|
| TOTAL | 124.240.94 € |
Altas en partidas de ingresos
Aplicación: económica | Descripción | Euros | |||
Cap. | Art. | Conc. | Subcon. | ||
8 | 87 | 870 | 870.00 | REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES | 40.000,00 |
|
|
| TOTAL INGRESOS | 40.000,00 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171,3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Riosa, a 30 de noviembre de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-10924.