Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación del Programa "Severo Ochoa", en el año 2023.
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Antecedentes de hecho
Primero.—La Resolución de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, de 23 de febrero de 2023, aprueba la convocatoria de ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación del Programa "Severo Ochoa" en el año 2023 (extracto de la Resolución publicado en el BOPA, 3 de marzo de 2023).
Se han presentado cuarenta y tres solicitudes para realizar estancias breves en otros centros de investigación del Programa "Severo Ochoa" en el año 2023.
Segundo.—Con fecha 13 de abril de 2023 Laura Suárez Criado (EB23-043) ha presentado la solicitud, estando la misma fuera de plazo (el plazo de presentación de solicitudes es del 6 de marzo al 3 de abril).
Con fecha 5 de junio de 2023, Daniel Lumbreras Martínez (EB23-021) desiste de su solicitud.
Tercero.—Con fecha 17 de julio de 2023 se requirió la subsanación de solicitudes presentadas en la convocatoria de estancias breves en otros centros de investigación, en el marco del programa de ayudas "Severo Ochoa" para la formación en investigación y docencia en el año 2023.
Cuarto.—Por resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, se autoriza un gasto complementario y se declara la disponibilidad de un crédito adicional de 16.695 € para financiar la convocatoria de estancias breves en otros Centros de Investigación, en el marco del Programa de Ayudas "Severo Ochoa" para la formación en investigación y docencia en el año 2023. (BOPA 29 de septiembre de 2023).
Quinto.—Por resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, se designó la Comisión de Evaluación y Selección, prevista en el artículo 6 de la convocatoria.
Sexto.—La Comisión de Evaluación y Selección se reunió el 26 de septiembre de 2023.
Séptimo.—Con fecha 29 de septiembre de 2023 se publicó la propuesta de resolución provisional en el Tablón Electrónico de Anuncios del Principado de Asturias/Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, para que en el plazo de 10 días se formulen las alegaciones que estimen convenientes, según el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Octavo.—El 29 de septiembre de 2023 Isabel Arguelles Rozada (EB23-02) presenta un escrito en el que expone la necesidad de reducir los días de estancia respecto a los señalados en su solicitud inicial.
El 2 de octubre de 2023 Guiliana Antonella Giacobe (EB23-32) presenta renuncia a la ayuda Severo Ochoa.
El 3 de octubre de 2023 Sergio Alonso Fernández (EB23-019) desiste de su solicitud.
El 31 de agosto de 2023 (EB23-037), Dña. Natalia Fernández Jimeno presentó renuncia a la ayuda Severo Ochoa.
Noveno.—La Comisión de Evaluación y Selección se reunió el 25 de octubre de 2023, emitiendo el siguiente informe:
Primero: Que procede estimar las siguientes solicitudes:
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Segundo: Desestimar las solicitudes presentadas por las siguientes interesadas, por las causas señaladas:
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Décimo.—El 3 de noviembre de 2023 Paula García Cancela (EB23-38) y Sandra Rodríguez Varillas (EB23-23) desisten de sus solicitudes.
Fundamentos de derecho
Primero.—Son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley y el Decreto 71/1992, de 26 de octubre, sobre régimen general de concesión de subvenciones.
Segundo.—La Resolución de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, aprueba las bases reguladoras del Programa "Severo Ochoa" de Ayudas Predoctorales para la formación en investigación y docencia del Principado de Asturias (BOPA de 10 de junio), modificada por resoluciones de 27 de julio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, de primera modificación de la Resolución de 3 de junio de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa "Severo Ochoa", de ayudas predoctorales para la formación en investigación y docencia, publicada en el BOPA de 2 de agosto de 2016, y de 30 de octubre de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, de segunda modificación de la Resolución de 3 de junio de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa "Severo Ochoa", de ayudas predoctorales para la formación en investigación y docencia, publicada en el BOPA de 7 de noviembre de 2018.
Con respecto al escrito de Isabel Arguelles Rozada (EB23-02), en el que expone la necesidad de reducir los días de estancia respecto a los señalados en su solicitud inicial. En concreto de 46 días, del 01/09/23 al 16/10/23, pasa a 32 días, del 07/09/23 al 09/10/23.
Debe señalarse, en primer lugar, que los nuevos días de estancia indicados cumplen con los límites inferior y superior establecidos en la convocatoria. Además, estos suponen un acotamiento entre las fechas iniciales y finales solicitadas y, finalmente, se informa la conformidad con esta reducción de días de la ayuda por parte de su director, por lo que no se produce una pérdida de la finalidad investigadora de la ayuda. De conformidad con lo anterior, se estima procedente la reducción en los días de estancia.
Se han solicitado y comprobado los datos correspondientes al cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la convocatoria.
Tercero.—Con respecto a los desistimientos y renuncias, el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.
El artículo 94.4 indica que la Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo de diez días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia.
El artículo 63.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, preceptúa que mediante resolución se acordará tanto el otorgamiento de las subvenciones, como la desestimación y la no concesión, por desistimiento, la renuncia al derecho o la imposibilidad material sobrevenida.
De conformidad con lo anterior, se aceptan las renuncias y los desistimientos formulados.
Debe señalarse, con respecto a las renuncias a la ayuda Severo Ochoa de Guiliana Antonella Giacobe (EB23-32) y Natalia Fernandez Jimeno (EB23-02), que el artículo 3.2 de la convocatoria, sobre la duración y características de las ayudas, indica que la estancia debe realizarse en su totalidad en el año 2023 y durante el período de vigencia de la ayuda Severo Ochoa de cada solicitante.
Teniendo en cuenta lo anterior, puesto que las estancias breves de las solicitantes se desarrollarían en unas fechas en las que no estarían en vigor las ayudas Severo Ochoa, de las que estas ayudas para estancias breves son complementarias, no se cumpliría este requisito.
Cuarto.—De conformidad con el artículo 6.5 de la convocatoria el órgano competente para resolver el procedimiento de concesión es el titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, formación y Empleo.
De conformidad con lo anterior,
PROPONGO
Primero.—Aceptar los desistimientos formulados por Daniel Lumbreras Martínez (EB23-021), Sergio Alonso Fernández (EB23-019) y Paula García Cancela (EB23-38), y Sandra Rodríguez Varillas (EB23-23), así como las renuncias presentadas por Natalia Fernández Jimeno (EB23-037) y Guiliana Antonela Giacobe (EB23-032).
Segundo.—Estimar las solicitudes presentadas, y por tanto conceder las ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación del Programa "Severo Ochoa" en el año 2023, a los solicitantes:
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Tercero.—Desestimar las solicitudes presentadas por las siguientes interesadas, por las causas señaladas.
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Cuarto.—Disponer un gasto de noventa y dos mil cuatrocientos veintidós euros con treinta y siete céntimos de euro (92.422,37 €) a favor de la Universidad de Oviedo (Q-3318001-I); disponer un gasto de seis mil euros (6.000 €) a favor de CSIC (Q2818002D) (EB23-03) y (EB23-30) y disponer un gasto de tres mil euros (3.000 €) a favor de CETEMAS (G74254467) (EB23-42), en su condición de entidades colaboradoras, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.05.422D.782.022 de los vigentes presupuestos, y será transferido a la entidades colaboradoras en la gestión de las presentes ayudas, para su abono a los beneficiarios previo cumplimiento de lo establecido en el punto segundo del artículo 7 de la convocatoria de ayudas para la realización de estancias breves en otros centros de investigación del Programa "Severo Ochoa" en el año 2023, aprobada por resolución de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, de 23 de febrero de 2023.
Quinto.—Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Sexto.—Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la Resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, 29 de noviembre de 2023.—El Consejero de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, Borja Sánchez García.—Cód. 2023-10954.