Sobrescobio - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-220)

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Anuncio. Aprobación del padrón de agua, basura, alcantarillado y canon de saneamiento correspondiente al primer semestre del año 2022.
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Aprobado por resolución de la Alcaldía de fecha 2 de octubre de 2023 el padrón de agua, basura, alcantarillado y canon de saneamiento correspondiente al primer semestre del año 2022, se expone al público a efectos de reclamaciones, por espacio de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en las oficinas de Recaudación del Ayuntamiento en horario de 9 a 14 horas.

El presente anuncio, tiene los efectos de notificación colectiva según el art. 124.3 de la Ley General Tributaria 230/1963.

Recursos:

Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de esta notificación. Si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Transcurrido el mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, que por turno corresponda (artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio), en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o en el plazo de seis meses, contados desde el siguiente a aquél en que se produzca al acto presunto.

Si no se ejercita la facultad potestativa de interponer recurso de reposición, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, que por turno corresponda. El plazo de interposición de este recurso será de dos meses, contados desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente conforme al artículo 89.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los recursos y plazos señalados vienen establecidos en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lugar, plazo y forma de ingreso:

El pago deberá efectuarse en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento en horas de 9 a 14, de lunes a viernes. El Ayuntamiento enviará los recibos correspondientes a quienes los hayan domiciliado a través de una entidad bancaria, con la advertencia de que este procedimiento no libera al contribuyente de la obligatoriedad del pago en los plazos señalados si por cualquier motivo el recibo es devuelto por el banco.

El plazo de ingreso en período voluntario, será de 2 meses contados a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período en vía ejecutiva, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el art. 127 de la Ley General Tributaria.

En Rioseco, a 6 de noviembre de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-10006.

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