Oviedo - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-190)
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Anuncio. Extracto de la modificación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a prestaciones sociales para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social. Ejercicio 2023. Expte. 4900-5501/2022/6.
BDNS (Identif.): 718202.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/718202).
La Concejala de Gobierno de Economía, Transformación Digital y Políticas Sociales por Resolución n.º 2023/14325 de 22 de septiembre de 2023, acordó:
Único.—Modificar la convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva de subvenciones destinadas a prestaciones sociales de carácter económico para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social, para el ejercicio 2023, en los siguientes términos:
a) Aumentar los límites económicos de los ingresos de las unidades familiares solicitantes de las ayudas de garantía energética recogidos en el apartado 2.3 del anexo I de la convocatoria referido al baremo para la concesión de los distintos tipos de prestaciones económicas, para alcanzar los umbrales del municipio de Gijón.
El mencionado apartado 2.3.—Prestación económica n.º 2: Garantía energética quedaría redactado en los siguientes términos:
Los ingresos mensuales de la unidad de convivencia deben ser inferiores a:
— Entre uno y dos miembros: 1.260 €.
— Entre tres y cuatro miembros: 1.400 €.
— Cinco o más miembros: 1.575 €.
b) Incrementar la cuantía máxima de este tipo de ayudas recogida en el anexo II de la convocatoria diferenciando en función del número de miembros de la unidad familiar, según el siguiente detalle:
Garantía energética • Deudas suministro luz/gas/agua o ayuda de carácter preventivo • Reconexiones/altas suministros • Aparatos suministradores de calor | 1 miembro | 600 € |
2 miembros | 630 € | |
3 miembros | 690 € | |
4 miembros | 750 € | |
5 o más miembros | 780 € |
Dicha modificación se aplicará a las solicitudes presentadas a contar desde su entrada en vigor que se hará efectiva a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOPA.
Oviedo, a 25 de septiembre de 2023.—La Concejala Delegada de Políticas Sociales.—Cód. 2023-08748.