Las Regueras - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-179)

Corrección de error habido en la publicación de "Anuncio. Delegación de atribuciones de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Las Regueras en los Concejales" (Boletín Oficial del Principado de Asturias número 143, de 26 de julio de 2023).

Advertido error material en la publicación de "Anuncio. Delegación de atribuciones de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Las Regueras en los Concejales", realizada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 143, de 26 de julio de 2023, con el código de registro 2023-06657, se procede a su corrección en el siguiente sentido:

En las páginas 1 y 2,

Donde dice:

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Con fecha 11 de julio de 2023, el Pleno Municipal, en sesión extraordinaria, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo (número 43):

DIETAS Y ASISTENCIAS A ÓRGANOS DE GOBIERNO 2023-2027

Conforme a lo dispuesto en los artículos 75, apartados 3 y 4, de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, sólo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el Pleno.

Asimismo se regula que los miembros de las Corporaciones locales percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, según las normas de aplicación general en las Administraciones públicas y las que en desarrollo de las mismas apruebe el Pleno corporativo.

A fin de dar cumplimiento a estos preceptos normativos, se acuerda el establecimiento de las cuantías que se rela-cionan en la parte dispositiva para el presente mandato corporativo.

De conformidad con todo ello, el Ayuntamiento Pleno adoptó el siguiente

Acuerdo

Primero.—Aprobar, para el vigente mandato, las siguientes cantidades en concepto de dietas e indemnizaciones a los miembros de la Corporación:

A) Dietas:

— Por Asturias.—Cuando algún miembro de la Corporación tenga que salir a reuniones o actos oficiales, con una duración mínima de 4 horas, tendrán derecho a una dieta de 100 euros por día o alternativamente a los gastos que efectivamente se les generen y previa presentación de las correspondientes facturas.

— Por España.—Cuando algún miembro de la Corporación tenga que salir a reuniones o actos oficiales, tendrán derecho a una dieta de 300 euros por día o alternativamente a los gastos que efectivamente se les generen y previa presentación de las correspondientes facturas.

— Por el extranjero.—Cuando algún miembro de la Corporación tenga que salir a reuniones o actos oficiales, tendrán derecho a una dieta de 400 euros por día o alternativamente a los gastos que efectivamente se les generen y previa presentación de las correspondientes facturas.

— Salidas oficiales-Vehículos Alcaldía y Concejales.—Siempre que el Alcalde o Concejales realicen desplazamientos en vehículo propio para asistencia a reuniones o actos oficiales, tendrán derecho a 0,26 euros/Km.

Si en el transcurso del viaje hubiese averías, accidentes, golpes, etc., el Ayuntamiento, mediante acuerdo plenario, se hará cargo de ello.

B) Asistencias a órganos colegiados

PLENO

60 euros

COMISIONES INFORMATIVAS

(sólo permanentes)

60 euros

JUNTA DE GOBIERNO

100 euros

MESAS DE CONTRATACIÓN

80 euros

No tendrán derecho al abono de estas asistencias los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva, ni parcial.

Segundo.—Aplicar las compensaciones económicas arriba recogidas con efectos retroactivos de 17 de junio de 2023.

Tercero.—Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en la página web del Ayuntamiento.

En Villaviciosa, a 14 de julio de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-06657."

Debe decir:

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La Sra. Alcaldesa, ha dictado la siguiente resolución n.º 125/2023 de fecha 23 de junio de 2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, cuya parte dispositiva dice:

Primero.—Delegar en los Sres. Concejales que se expresan, el ejercicio de las siguientes atribuciones de la Alcaldía, con la extensión que asimismo se señala:

• Área de Servicios Sociales, Sanidad, Participación ciudadana e Igualdad:

Dña. M.ª Carmen González González.

• Área de Personal, Deporte, Juventud y Nuevas Tecnologías:

Dña. M.ª Mar García González.

• Área de Cultura, Educación y Turismo:

D. Vicente Herranz González.

• Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Alumbrado Público:

D. Paulino Canga González.

Las citadas delegaciones serán solamente de naturaleza especial, para servicios y cometidos específicos, no incluyendo en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Segundo.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

Las Regueras, 19 de julio de 2023.—La Alcaldesa.—Cód. 2023-06657."

Lo que se hace público para general conocimiento.—Cód. 2023-08441.

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