Illas - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-179)
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Anuncio. Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 08/2023. Modalidad suplemento de créditos.
En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de aprobación inicial adoptado en fecha 27-07-2023 sobre el expediente de modificación de créditos MC-08/2023, modalidad de suplemento de créditos financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, que se hace con el siguiente resumen:
Suplementos en aplicaciones de gastos
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2.º financiación
Esta modificación se financia íntegramente con cargo al remanente líquido de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior (partida de ingresos 870.00).
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Illas, a 5 de septiembre de 2023.—El Alcalde.—Cód. 2023-08227.