Candamo - Ayuntamientos (Bopa Nº 2023-166)
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Anuncio. Mesa de contratación permanente como órgano de asistencia a la Alcaldía del Ayuntamiento de Candamo.
Por resolución de Alcaldía n.º 284/2023 de fecha 16 de agosto de 2023, se dispuso lo siguiente:
"El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante LCSP, viene a regular las Mesas de Contratación que habrán de prestar asistencia técnica especializada a los órganos de contratación en el desempeño de sus funciones, determinando el carácter preceptivo o potestativo de su constitución en razón del tipo de procedimiento seguido.
En consecuencia con lo anterior y en el ejercicio de las competencias que tengo conferidas por el artículo 21 de ña Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO
Primero.—Crear una Mesa de Contratación permanente como órgano de asistencia a la Alcaldía del Ayuntamiento de Candamo para todos los procedimientos de contratación en los que resulte preceptiva o potestativa su constitución.
Segundo.—Esta estará integrada por los siguientes miembros:
Presidencia: La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Candamo, D.ª Marta Menéndez González.
Vocales:
1. Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Candamo, D.ª Cristina Valle Fidalgo.
2. Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Candamo, D. Eugenio Solís Gutiérrez.
3. Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Candamo, D. Joaquín Grana Fernández.
Secretaria de la Mesa: Auxiliar Administrativa del Ayuntamiento de Candamo, D.ª Erica Fernández González.
Actuando, si fuese necesario por especialidad técnica de la contratación, para completar el quórum o en su caso por delegación:
Presidencia: Teniente de Alcaldía. D. Oscar Menéndez Díaz.
Vocales:
— Trabajadora Social del Ayuntamiento de Candamo, D.ª Isabel Ruano Delgado.
— Funcionario especializado por razón de la materia de propio del Ayuntamiento o requerido en asistencia técnica a la comunidad autónoma.
Tercero.—Dar traslado del presente acuerdo a los nombrados para su conocimiento efectuándose la necesaria publicidad a través del perfil del contratante alojado en la plataforma de contratación del Sector Público y boletines oficiales que resulten preceptivos."
Candamo, a 16 de agosto de 2023.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2023-07591.