Consejería de presidencia - Autoridades y personal (BOPA nº 2023-144)

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Resolución de 10 de julio de 2023, de la Gerencia del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, por la que se convocan pruebas selectivas para la elaboración de una bolsa de empleo externa para la contratación con carácter temporal y régimen laboral, de personal de la categoría profesional "Bombero-Rescatador" (Grupo D), con destino en el Grupo de Rescate del organismo autónomo.
SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPA)

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 18 de la Ley del Principado de Asturias 1/2013, de 24 de mayo, de Medidas de Reestructuración del Sector Público Autonómico, en el artículo 6 del Decreto 55/2016, de 5 de octubre, por el que se regula la estructura y funcionamiento del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, la Resolución de 20 de febrero de 2004, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se establecen normas para la adscripción de personal no permanente, modificada por Resolución de 1 de febrero de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, en el Convenio Colectivo para el personal laboral de Bomberos del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, y demás normas que resulten de aplicación,

RESUELVO

Convocar las pruebas selectivas referidas en el encabezado, con sujeción a las siguientes bases:

Primero.—Objeto de la convocatoria.

Se convoca proceso selectivo para la elaboración de una bolsa de empleo externa para la contratación, con carácter temporal y régimen laboral, de personal de categoría profesional "Bombero-Rescatador" (Grupo D), con destino en el Grupo de Rescate del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, cuyo centro de trabajo se ubica en el Aeródromo de La Morgal, Llanera.

Segundo.—Normativa aplicable.

Resultan de aplicación la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Resolución de 20 de febrero de 2004, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se establecen normas para la adscripción de personal no permanente, modificada por Resolución de 1 de febrero de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático; el Convenio Colectivo para el personal laboral de Bomberos del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias; las presentes bases, y el resto de la normativa de general invocación.

Tercero.—Requisitos de los aspirantes.

1. Tener la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea o de un tercer Estado al que se le reconozca la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea, así como los ciudadanos de otras nacionalidades distintas de las anteriores con residencia legal en España.

2. Ser mayor de edad, y no haber alcanzado, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.

3. No haber sido separado del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para empleo o cargo público. A tal efecto, deberá presentar, bajo su responsabilidad, declaración de no haber sido objeto de separación del servicio en las Administraciones Públicas de base territorial o institucional, o de los organismos y entes de cualquier naturaleza que las conforman, en virtud de sanción impuesta en el curso de un expediente disciplinario; de igual modo, habrá de acreditar mediante certificación o documento análogo expedido por el órgano competente del Ministerio de Justicia, no hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleo o cargo público, por resolución judicial.

4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas del puesto al que se opta, la cual se acreditará mediante certificado médico.

5. Título de Graduado en Enseñanza Secundaria, Técnico o título de nivel académico equivalente.

6. Carnet de conducir de clase "C".

Las personas con discapacidad serán admitidas en condiciones de igualdad respecto al resto de aspirantes, con las especialidades dimanantes de la legislación específica que les resulte de aplicación, y ponderando lo establecido en el punto cuarto de los requisitos establecidos en esta base.

En el caso de titulaciones obtenidas en países extranjeros, los aspirantes deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación, expedida por el Ministerio competente por razón de la materia.

Los requisitos precitados —excepto el número 6, "carnet de conducir de clase C"—, deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias, y mantenerse en la fecha de la contratación. El permiso de conducción deberá poseerse el día de formalización del contrato de trabajo, y deberá mantenerse durante todo el período de vigencia de éste.

Cuarto.—Presentación de instancias.

La presentación de solicitudes para participar en el procedimiento selectivo se hará utilizando el modelo que figura en el anexo I de la presente convocatoria, en el Registro del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, ubicado en La Morgal, s/n, Lugo de Llanera, 33690, en horario de 09:00 a 14:00 horas; en el Registro Electrónico del Principado de Asturias; o a través de los cauces recogidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación será de veinte (20) días naturales a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Quinto.—Lista de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará en el tablón de anuncios del SEPA y en la página web del organismo, Resolución del titular de la Gerencia por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En el caso de estos últimos, se indicará la causa de la exclusión y el plazo de subsanación, en su caso.

Los aspirantes excluidos tendrán un plazo de diez (10) días naturales desde la publicación de esta Resolución en el tablón de anuncios de la Oficina de Registro del SEPA y en la página web del organismo, para la subsanación de la documentación que motivó su exclusión de la lista, transcurrido el cual sin haberla realizado se les tendrá por desistidos.

Transcurrido el plazo referido en el párrafo precedente, se hará pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a través de los mismos medios en los que se publicó la Resolución de aprobación de la lista provisional, y mediante publicación en el BOPA y en el Portal de Transparencia del Principado de Asturias.

No obstante, en el caso de que se advirtiera irregularidad o inexactitud que hubiera sido causa de exclusión en origen, aún cuando ya se hubiera iniciado el proceso selectivo, ésta se considerará defecto insubsanable y se propondrá al órgano competente la exclusión del aspirante afectado.

Sexto.—Comisión de valoración.

La Comisión de Valoración estará formada por un Presidente y un Secretario, este último con voz pero sin voto, y por cuatro vocales. La válida constitución de la Comisión requerirá la presencia de Presidente y Secretario o de quiénes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros. La designación de los miembros de la Comisión se hará en la Resolución que apruebe con carácter definitivo la lista de admitidos y excluidos.

La designación para participar en la Comisión de Valoración se hará a título individual, sin que los miembros actúen en representación de asociación, entidad u organismo de cualquier naturaleza.

Los miembros de la Comisión deberán abstenerse cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, pudiendo ser recusados en los términos del artículo 24 de la misma norma.

Si se considerase necesario, podrán designarse asesores especialistas, con voz pero sin voto.

Séptimo.—Estructura y calificación del proceso.

El proceso se compone de las fases recogidas en el anexo II de la presente convocatoria, que son las siguientes:

— Fase 1.ª, examen teórico, para todos los aspirantes inscritos y admitidos.

— Fase 2.ª, pruebas físicas y técnicas, en la que participarán aquellos candidatos que hubieran superado la primera fase.

— Fase 3.ª, formación relacionada con el puesto de trabajo y experiencia profesional. En esta fase, los aspirantes que hayan superado la segunda fase, presentarán para su valoración la documentación acreditativa de su formación y experiencia profesional, en los términos requeridos.

Octavo.—Temario para el examen teórico.

El temario para el examen teórico es el que se recoge en el anexo III de esta Resolución de convocatoria.

Noveno.—Elaboración de la lista.

Finalizado el proceso descrito en la base séptima, la Comisión de Valoración elevará propuesta a la Gerencia del SEPA para la formación de la bolsa de empleo, integrada por los aspirantes ordenados en función de sus calificaciones definitivas, siendo objeto de publicación en el BOPA y en el Portal de Transparencia del Principado de Asturias. La lista se confeccionará de acuerdo con el siguiente orden de prelación:

1. Mayor puntuación obtenida después de sumar los puntos de las fases 1 y 3.

2. En caso de empate, quién hubiera obtenido mayor puntuación en el apartado de méritos correspondiente a experiencia profesional.

3. En caso de persistir el empate, quién hubiera obtenido mayor puntuación en el apartado de méritos correspondiente a formación reglada especializada.

4. En caso de persistir el empate, el aspirante de menor edad.

No pasarán a integrar la bolsa de empleo aquellos aspirantes que no hubieran sido calificados como "Aptos" en todas las pruebas recogidas en la fase 2.

Una vez concluido el proceso y configurada la bolsa, no podrán incorporarse nuevos interesados.

Décimo.—Gestión de la lista.

Los candidatos que hubieran superado las fases que conforman el procedimiento pasarán a integrar la bolsa de empleo, efectuándose los llamamientos de conformidad con el siguiente método:

Se realizarán 4 llamadas al número de teléfono proporcionado, con un intervalo de 15 minutos entre cada llamada, y se recogerán estos datos en una diligencia que expedirá el empleado público que las hubiera realizado; si resulta imposible su localización, se pasará al siguiente candidato en la lista; si un candidato resulta ilocalizable en tres ocasiones, pasará al último lugar en la lista, salvo causa debidamente justificada.

La lista de la bolsa de empleo será expuesta en el tablón de anuncios del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias y en la página web del organismo.

Cuando los aspirantes sean llamados para su contratación, deberán presentar en el SEPA la documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la base tercera, pasándose al siguiente en la lista, en caso contrario.

Undécimo.—Vigencia de la bolsa de empleo.

La bolsa de empleo tendrá una vigencia de tres (3) años. No obstante, en tanto no se celebre nuevo proceso selectivo para la cobertura de plazas, o se convoquen pruebas para la creación de una nueva bolsa, mantendrá su vigencia.

La bolsa de empleo resultante de la presente convocatoria tendrá carácter subsidiario respecto a las bolsas de la categoría profesional "Bombero-Rescatador" que pudieran dotarse con personal fijo del organismo autónomo.

Duodécimo.—Norma final.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, y sin perjuicio de que los interesados puedan interponer otro recurso que estimen conveniente.

En La Morgal, a 10 de julio de 2023.—El Gerente.—Cód. 2023-06567.

Anexo II
FASES
Fase 1: Examen teórico.

Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de 70 minutos, de un cuestionario de 60 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta. El cuestionario contará con 10 preguntas de reserva, adicionales a las 60, para el caso de que se anule alguna de las preguntas originales; las preguntas versarán sobre la totalidad de los quince temas incluidos en el temario que se detalla en la presente convocatoria (Anexo III).

Esta prueba se evaluará por el sistema de puntos, entre 0 y 60. Cada pregunta contestada correctamente se valorará con un punto, la pregunta no contestada o en su caso anulada, no tendrá valoración alguna, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El Tribunal establecerá la nota de corte que marcará el número de aspirantes que pasan a la siguiente fase. En caso de empate en la nota de corte, pasarán a la siguiente fase todos aquellos aspirantes que tengan esa misma nota.

Fase 2: Pruebas físicas y técnicas.

Los candidatos que hayan superado la Fase 1 realizarán cinco pruebas de carácter físico-técnico relacionadas con el puesto de trabajo de Bombero-Rescatador.

Los aspirantes obtendrán la calificación de apto o no apto en cada una de las pruebas.

Durante el desarrollo de cualquiera de las pruebas físicas y técnicas que se proponen, el Tribunal se reserva el derecho de calificar como no apto, y por lo tanto apartar del proceso selectivo, a aquellos aspirantes que según criterios de seguridad, considere que están poniendo en riesgo su integridad física.

Las pruebas físicas y técnicas se realizarán por el orden en que están relacionadas. No obstante, por razones climatológicas u organizativas que afecten a las pruebas físico-técnicas que se desarrollen en el medio natural (pruebas 4 y 5), el Tribunal se reserva el derecho a variar el orden de realización de las mismas.

Si un aspirante es calificado como no apto en una prueba quedará automáticamente excluido del proceso selectivo, no pudiendo participar en la siguiente prueba.

Los aspirantes que hayan obtenido la calificación de apto en las cinco pruebas pasarán a la Fase 3 del proceso selectivo.

Las pruebas evaluarán las capacidades físicas y las destrezas técnicas de los aspirantes en los siguientes ámbitos:

1. Prueba de fuerza: se evaluará la fuerza del tren superior e inferior de los aspirantes mediante el levantamiento de una barra con discos que en su conjunto no superen los 50 kg de peso.

2. Medio acuático: este ejercicio se realizará en piscina y consistirá en dos pruebas, una de buceo y otra combinada de buceo, natación y remolque de víctima. En la primera los aspirantes completarán un recorrido de 25 metros buceando, recogiendo una serie de aros repartidos por el fondo de la piscina. En la segunda deberán nadar 50 metros, bucear otros 15 y sacar a flote un maniquí del fondo que remolcarán completando otros 35 metros. El tiempo máximo para la realización de esta segunda prueba será de 3 minutos.

3. Rescate técnico industrial, espeleología y barrancos: el objetivo de esta prueba es evaluar las destrezas de los aspirantes en maniobras básicas empleadas en este tipo de escenarios como son la elevación y descenso de cargas, el ascenso y descenso por cuerdas con diferentes aparatos, el paso de nudos y fraccionamientos, instalación de cabeceras, etc.

4. Terreno de montaña (escalada): se realizarán dos pruebas de escalada en roca que evaluarán la técnica, gestualidad y seguridad de los aspirantes en este tipo de escenario, tanto en el ascenso como en el descenso. Las pruebas consistirán en escalar en libre y a vista dos itinerarios de escalada, uno de ellos de tipo deportivo (6b) y otro de corte clásico en autoprotección (V+/6a). En la prueba de escalada clásica se evaluará también la capacidad del candidato para iniciar un descenso seguro desde seguros flotantes.

5. Terreno nevado/invernal: esta prueba pretende evaluar las capacidades aeróbicas y técnicas de los aspirantes mientras se desplazan por terreno de montaña invernal. Para ello completarán un recorrido con esquís de montaña en el que demostrarán sus capacidades para progresar tanto en ascenso como en descenso utilizando esquís, crampones y piolets.

Antes del inicio de las pruebas, cada uno de los aspirantes aportará un certificado médico oficial en el que se indique expresamente que su estado de salud es adecuado para poder realizar las pruebas físicas y técnicas propuestas en la Fase 2.

Fase 3: Formación y experiencia profesional

Esta fase se valorará con un máximo de 40 puntos distribuidos de la siguiente manera:

• Formación reglada especializada (máximo 10 puntos)

Se valorará la siguiente formación especializada:

− Técnico Deportivo en Media Montaña (TD2) (2 puntos)

− Técnico Deportivo en Alta Montaña (TD2) (2 puntos)

− Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña (TD3) (3 puntos)

− Técnico Deportivo en Escalada (TD2) (2 puntos)

− Técnico Deportivo Superior en Escalada (TD3) (3 puntos)

− Técnico Deportivo en Barrancos (TD2) (2 puntos)

− Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo (TD3) (3 puntos)

− Técnico en Emergencias Sanitarias (Grado Medio) (2 puntos)

− Técnico en Emergencias y Protección Civil (Grado Medio) (2 puntos)

− Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil (Grado Superior) (3 puntos)

− Licenciatura/Grado en Medicina (3 puntos)

− Diplomatura/Grado en Enfermería (3 puntos)

• Experiencia Profesional (máximo 30 puntos)

Se podrá añadir hasta un máximo de 30 puntos por los siguientes conceptos:

a) Por servicios prestados como Bombero/a-Rescatador/a o categoría profesional equivalente en cualquier Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento perteneciente a las distintas Administraciones Públicas, organismos públicos y entidades públicas dependientes de las mismas: 3 puntos por año.

b) Por servicios prestados como Bombero/a-Conductor/a o categoría profesional equivalente en cualquier Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento perteneciente a las distintas Administraciones Públicas, organismos públicos y entidades públicas dependientes de las mismas: 2 puntos por año.

c) Por servicios prestados como Auxiliar de Bombero Especialista o categoría profesional equivalente en cualquier Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento pertenecientes a las distintas Administraciones Públicas, organismos públicos y entidades públicas dependientes de las mismas: 2 puntos por año.

A los efectos de valoración de la experiencia profesional, se hace constar que se entenderá por categoría profesional equivalente al puesto de trabajo de Bombero-Rescatador aquella en que, estando encuadrada en el mismo grupo de pertenencia, las funciones se correspondan con lo dispuesto para la categoría de Bombero-Rescatador/a en el vigente Catálogo de Puestos de Trabajo de la extinta entidad pública "Bomberos del Principado de Asturias, actualmente encuadrada como Área de Bomberos de Asturias, en el Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA) y que se derivan de la definición de dicho puesto de trabajo:

"El trabajador o trabajadora que con la titulación de Técnico o título académico equivalente y debiendo estar en posesión de los permisos de conducción de la clase BTP y C en vigor, trabaja en las operaciones de prevención y/o neutralización de siniestros de toda índole, además de tener conocimientos en primeros auxilios y socorrismo así como dominio de técnicas de rescate: en medio marino/fluvial, escalada en roca/hielo, esquí de montaña, espeleología, barranquismo y desde helicóptero. Ejercerá también aquellas funciones que se deriven de la denominación y contenido de su puesto de trabajo".

Asimismo, se hace constar que se entenderá por categoría profesional equivalente a los puestos de trabajo de Bombero-Conductor y Auxiliar de Bombero Especialista aquella que, estando encuadrada en el mismo grupo de pertenencia, sus funciones se correspondan con lo dispuesto para la categoría de Bombero/a-Conductor/a y Auxiliar de Bombero Especialista respectivamente en el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo sobre la Disposición Adicional Novena para la revisión, definición y encuadramiento de las nuevas categorías de Bombero/a-Conductor/a y Auxiliar de Bombero/a Especialista, y que son las siguientes:

Bombero/a-Conductor/a:

• Las propias del permiso de conducir clase C.

• Operaciones de prevención y/o neutralización de siniestros de toda índole, eliminando sus causas y reduciendo sus consecuencias con el objeto de salvar vidas y bienes.

• Labores de manejo y mantenimiento de instalaciones, vehículos y material asignado.

• Manejo de nuevas tecnologías relacionadas con el puesto de trabajo.

• Asunción del mando en las intervenciones a las que se acuda en representación de Bomberos del Principado de Asturias cuando no esté presente en la misma ningún/a superior/a jerárquico/a.

• Asunción de labores de Jefe/a de Turno cuando se tenga asignado el correspondiente complemento de mando y las suplencias de Jefe/a de Turno en ausencia de éste/a.

• Participación en las secciones previstas por los Planes de Emergencia de Protección Civil.

• Todas aquellas funciones que se deriven de la denominación y contenido del puesto de trabajo o que, estando relacionadas con éstas, sean encomendadas por los superiores/as jerárquicos/as.

Auxiliar de Bombero/a Especialista:

• Las propias del permiso de conducir clase C.

• Trabaja en las operaciones de prevención y/o neutralización de siniestros de toda índole.

• Actúa con autonomía en las emergencias derivadas de incendios forestales, asistencias técnicas e incidencias de menor entidad.

• Realiza labores de manejo y mantenimiento de instalaciones vehículos y material.

• Manejo de nuevas tecnologías relacionadas con su puesto de trabajo.

En el supuesto de servicios prestados en Administraciones Públicas, organismos públicos y sector público, éstos deberán ser acreditados por certificaciones extendidas por el Director del Centro u órgano competente en materia de personal de la Administración Pública u Organismo Público correspondiente.

Los documentos acreditativos de méritos que se aleguen para la Fase 3 (Formación y Experiencia Profesional) de este proceso se aportarán en original o copia autenticada.

Anexo III
TEMARIO

1. Geografía asturiana: macizos, cordilleras y picos. Red fluvial. Playas. Red regional de espacios naturales protegidos del Principado de Asturias: Los Parques, las Reservas Naturales Integrales, las Reservas Naturales Parciales, los Monumentos Naturales y los Paisajes Protegidos (Decreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los recursos naturales del Principado de Asturias).

2. Red de comunicaciones de radio utilizada por el Servicio de Emergencias del Principado de Asturias: Idea general sobre repetidores y zonas de cobertura.

3. Desarrollo de incendios en interiores: las distintas presiones dentro de un compartimento. Plano neutro. Localización del fuego inicial. Factores de influencia. Técnicas de extinción. Reconocimientos y procedimientos.

4. Excarcelación: componentes, funcionamiento y mantenimiento básico de equipos de intervención. Estructuras y componentes de los vehículos. Sistemas de seguridad (airbag). Técnicas de excarcelación.

5. Bombas centrífugas y de alta presión: Características, elementos principales y funcionamiento básico.

6. Sustancias peligrosas: clases de mercancías peligrosas. Etiquetados mediante placas-etiquetas y paneles naranja de los contenedores, cisternas y vehículos. Seguridad del personal en las intervenciones. Técnicas de intervención y procedimientos.

7. Incendios forestales: factores que influyen en el comportamiento de un incendio. Actuaciones preventivas sobre las causas de origen humano y sobre los combustibles forestales. Organización de la extinción. Tipos de ataque. Herramientas para la extinción. El personal en la extinción. Operaciones de extinción.

8. Primeros auxilios: introducción al socorrismo. Principios generales y valoración de lesionado. Lesiones por exposición al calor: síncope, calambres, agotamiento, insolación y golpe de calor. Quemaduras: valoración y tratamientos. Hemorragias: tipos, control y diagnóstico. Traumatismos músculo-esqueléticos, craneoencefálicos, de columna y en tórax/abdomen. El estado de shock: tipos, signos y síntomas, manejo general. Asfixias: por obstrucción de la vía aérea, por sumersión en agua, por inhalación de humos o gases. Reanimación cardiopulmonar en lactantes, niños y adultos. Atención psicológica en emergencias.

9. Meteorología: composición y estructura de la atmósfera. Vientos y nubes. Precipitaciones, tormentas, masas de aire y frentes.

10. Rescate en medio urbano: técnicas de ascenso y descenso de heridos mediante cuerdas. Acceso al herido mediante cuerdas. Polipastos. Contrapesos. SAS. Principales materiales empleados en rescate urbano e industrial.

11. Rescate en montaña: técnicas de ascenso y descenso de heridos mediante cuerdas. Principales materiales empleados en rescate en montaña. Principales vías de escalada clásica en Asturias.

12. Rescate en medio fluvial y marino: conceptos generales sobre los principales movimientos de agua en un río. Técnicas de descenso de barrancos y aguas vivas. Nudos. Materiales. Cabeceras. Técnica de rápel. Logística de un descenso. Oleajes, corrientes y mareas. Materiales empleados en rescate marino. Técnicas de zafado y remolque.

13. Rescate en simas y cavidades: técnicas de ascenso y descenso por cuerdas. Paso de nudos y fraccionamientos. Técnicas de autosocorro en espeleología. Espeleosocorro. Mapas espeleológicos. Principales materiales empleados en espeleología.

14. Cartografía y orientación: conceptos básicos, elementos geográficos, la escala, las proyecciones cartográficas y los sistemas de referencia y sistemas de representación utilizados en la cartografía tradicional. Planimetría y altimetría: concepto y cálculo de pendientes. Manejo de GPS.

15. Conceptos generales sobre helicópteros: tipos de aeronaves, partes, funcionamiento básico, factores que afectan al vuelo. La grúa de rescate. Misiones SAR y misiones HEMS.

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