Consejería de ciencia, innovación y universidad - Otras disposiciones (BOPA nº 2023-99)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Extracto de la Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios del Principado de Asturias.
BDNS (Identif.): 695911.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/695911).
Primero.—Personas beneficiarias.
Podrán solicitar esta ayuda las comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetas al régimen de propiedad horizontal, establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de la Propiedad Horizontal, que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria de estas subvenciones en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).
Segundo.—Objeto.
Financiar la realización de diversas actuaciones de mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios del Principado de Asturias concluidos antes del 1 de enero de 2000, a través de una de las tres siguientes líneas de actuación:
a) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación completa).
b) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para radiodifusión sonora y televisión digital ni los elementos de captación —antenas— ni de adaptación —equipamiento de cabecera—).
c) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para banda ancha ultrarrápida.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 5 de mayo de 2023, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, siendo la concesión de las mismas por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria, una vez comprobado que cumplen los requisitos exigidos.
Cuarto.—Cuantía.
La cantidad destinada a la financiación de la presente convocatoria asciende a 1.900.800 euros con cargo a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias de 2023.
La intensidad máxima de la ayuda será del 70% del coste de todos los conceptos subvencionables que consten en las facturas, con los límites que se señalen para cada tipo de actuación.
La ayuda máxima que se podrá solicitar por proyecto no podrá superar ni la intensidad máxima de la ayuda, ni las cuantías máximas. La cantidad restante hasta el coste total de la actuación será asumida por las comunidades de propietarios beneficiarias de las ayudas.
La cuantía máxima de la subvención para cada una de las actuaciones subvencionadas y para cada destinatario, con un máximo subvencionable de hasta 35 viviendas, entendidas como unidades inmobiliarias del edificio o conjunto de edificaciones, es la siguiente:
a) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación completa):
i. Importe máximo de la ayuda: 16.660 euros.
ii. La fórmula de cálculo aplicable es: (680 euros de coste unitario * 35 viviendas) * 70 por ciento de intensidad de la ayuda.
b) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para radiodifusión sonora y televisión digital ni los elementos de captación —antenas— ni de adaptación —equipamiento de cabecera—):
i. Importe máximo de la ayuda: 14.700 euros.
ii. La fórmula de cálculo aplicable es: (600 euros de coste unitario * 35 viviendas) * 70 por ciento de intensidad de la ayuda.
c) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para banda ancha ultrarrápida:
i. Importe máximo de la ayuda: 11.882,50 euros.
ii. La fórmula de cálculo aplicable es: (485 euros de coste unitario * 35 viviendas) * 70 por ciento de intensidad de la ayuda.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de publicación del extracto de la resolución por la que se aprueba la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), conforme al formulario normalizado a disposición en la sede electrónica del Principado de Asturias (código de ficha de servicio AYUD0442T01).
Sexto.—Otros datos.
Las solicitudes se dirigirán a la Consejería con competencia en materia de ciencia e innovación, y se presentarán a través de medios electrónicos, en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la dirección https://sede.asturias.es o a través del Registro General Electrónico de la Administración General del Estado: https://rec.redsara.es/registro/action/ar/acceso.do
Oviedo, a 16 de mayo de 2023.—El Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad, Borja Sánchez García.—Cód. 2023-04383.