Universidad de oviedo - Autoridades y personal (BOPA 2023-32)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Resolución de 3 de febrero de 2023, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se hacen públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico Especialista, Grupo III, adscritas al Departamento de Medicina y Departamento de Biología Funcional, en el marco de estabilización de empleo temporal, convocadas por Resolución de la Universidad de Oviedo, de 5 de diciembre de 2022 (BOPA número 309, de 26 de diciembre de 2022).
Visto el Acuerdo adoptado en fecha 2 de febrero de 2023, por la Comisión calificadora designada en la convocatoria para la provisión de plazas de Técnico Especialista, Grupo III, adscritas al Departamento Medicina (puesto 363) y Departamento de Biología Funcional (puesto 333), convocada por Resolución de la Universidad de Oviedo de fecha 5 de diciembre de 2022 (BOPA N.º 309 de fecha 26 de diciembre de 2022), y en ejercicio de las competencias atribuidas en la base 5.ª de la convocatoria, en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2 e) del mismo texto legal, así como en el artículo 60 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias, el Rector de la Universidad de Oviedo,
RESUELVE
Primero.—Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en este proceso selectivo, que se acompañan como anexo.
Segundo.—Publicar las listas provisionales de admitidos y excluidos, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Tercero.—Conceder un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOPA, para que los aspirantes puedan subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, así como para aportar documentación a los efectos de justificar adecuadamente los méritos ya invocados en la solicitud inicial.
Oviedo, a 3 de febrero de 2023.—El Rector.—Cód. 2023-00952.