Aragón regulará el tiempo máximo de uso de pantallas en los centros educativos

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La limitación entrará en vigor el curso 2026/2027 tras escuchar al Consejo Escolar de Aragón, si bien los centros que tengan implantado ya un proyecto que requiera el uso individual de dispositivos digitales dispondrán de un periodo transitorio para su adaptación
La consejera de Educación, Tomasa Hernández, ha dado a conocer hoy el proyecto de Orden, que restringe el uso de tablets y otros dispositivos en función de la edad y el grado de madurez del alumnado

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de Aragón

Aragón va a regular el uso de las pantallas en los centros educativos. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte tiene ya preparado un proyecto de Orden en la que se dictan instrucciones para el empleo apropiado y proporcionado de los recursos digitales en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos para su aplicación a partir del curso escolar 2026/2027. Las nuevas medidas se plantearán ahora al Consejo Escolar de Aragón, como máximo órgano de participación de la comunidad educativa, y se compartirán con la comisión especial de estudio impulsada en las Cortes de Aragón sobre la materia y que arranca este lunes sus trabajos.

Las instrucciones dan respuesta a la preocupación de las familias y a las numerosas alertas que instituciones públicas y privadas y asociaciones científicas están manifestando acerca de la necesidad de proteger a los menores y de garantizar un uso correcto de la tecnología.

El Departamento aboga por que la vinculación del alumnado con la tecnología concilie la adquisición de la competencia digital -necesaria para la futura inserción del alumnado en un mundo cada vez más digitalizado- con un uso seguro, saludable y responsable de los dispositivos tecnológicos, que deben atender a su edad y a cada etapa educativa.

Tras la limitación de los móviles acordada en el curso 23/24, la Consejería da un paso más allá y apuesta ahora por una supervisión activa del uso que hacen niños y adolescentes del resto de dispositivos individuales (tablets, chrome books), para que el tiempo de conexión no afecte ni a su salud mental, ni a sus relaciones sociales y familiares, ni repercuta en su rendimiento académico.

El objetivo de la futura regulación, tal y como ha detallado hoy la consejera de Educación, Cultura y Deporte, Tomasa Hernández, es que los centros incorporen a su proyecto educativo un modelo que, aun manteniendo una base tecnológica, comience a desligarse de la enseñanza a través de los dispositivos digitales, particularmente de las tablets, y fomente el uso de libros de texto en papel y la escritura manual.

"Nuestra meta es que los dispositivos digitales no puedan utilizarse como herramienta exclusiva, sino compatibilizándose con herramientas analógicas", ha dicho, tras avanzar que son ya varias las Comunidades que han regulado o están preparando normativa para "la restricción de su uso en función de la edad y el grado de madurez del alumnado".

Y aunque ha garantizado que se va a escuchar a toda la comunidad educativa y asumido que podría introducirse algún cambio en la propuesta, ha asegurado que "como administración, toca asumir esta responsabilidad" a la vista de las evidencias científicas y la preocupación creciente de las familias.

La consejera justifica la medida ante el uso excesivo de dispositivos y los problemas que acarrea
"Contamos con el control del servicio de Inspección y la implicación de las familias"
Hernández plantea la transitoriedad para licencias digitales
"Todas las Comunidades van hacia la restricción en función de la edad y el grado de madurez del alumno"
"La nomativa no afecta a monitores interactivos utilizados por docentes, ni a las aulas de informática, solo a los dispositivos One to One"
La consejera garantiza que se escuchará a toda la comunidad educativa, pero apunta a la "responsabilidad de la Administración" para dar reglas comunes a todos los centros

Una vez entre en vigor la medida, las herramientas digitales no podrán constituir el instrumento básico sobre el que se construya el proceso de enseñanza-aprendizaje. No obstante, podrán utilizarse gestionando su uso desde un enfoque didáctico, para enriquecer el sistema de enseñanza, y a modo de complemento necesario a los recursos analógicos.

Restricción por etapas educativas

En concreto, la propuesta de instrucciones delimita los dispositivos digitales en función de los diferentes niveles de enseñanza. En el primer ciclo de infantil (0-3) se utilizarán exclusivamente recursos analógicos y manipulativos. En el segundo ciclo (3-6 años), se introducirán de forma progresiva, limitándose a una hora lectiva semanal y siempre bajo la supervisión del docente.

En Primaria, se establece el uso prioritario del papel o cualquier otro recurso analógico y las tecnologías digitales se usarán como método complementario para actividades o tareas concretas a realizar en el aula bajo la supervisión del docente.

Para el primer y segundo ciclo, esto es desde 1º a 4º, el tiempo de uso compartido de dispositivos digitales no podrá ser superior a dos horas lectivas semanales. Y en el tercer ciclo (5º y 6º) se dedicará un máximo de 4 horas a la semana.

En cuanto a la Educación Secundaria Obligatoria, los recursos digitales podrán ser utilizados como herramienta didáctica durante una hora durante la jornada lectiva diaria (en 1º y 2º) y en el caso de 3º y 4º el uso no podrá ser superior a dos horas.

Por lo que respecta a la Formación Profesional Básica, el tiempo máximo de uso será de dos horas al día. Por último, en el resto de enseñanzas no universitarias se utilizarán las tecnologías digitales armonizando su uso con los recursos analógicos.

En todo caso, las instrucciones permiten el empleo en las aulas de otros dispositivos digitales de uso no individual, como pizarras digitales o monitores interactivos, siempre que sean empleados bajo supervisión docente con una finalidad educativa. Además, se exceptúan también las enseñanzas que se impartan telemáticamente o en régimen de semipresencialidad.

Deberes y alumnado con necesidades educativas especiales

Además, y de acuerdo con las limitaciones para cada etapa, se evitará que el alumnado realice tareas académicas evaluables fuera del horario escolar utilizando dispositivos digitales, salvo en aquellas situaciones que concurran razones de necesidad y excepcionalidad.

Los centros docentes garantizarán que el alumnado con necesidad de apoyo educativo que lo requiera pueda utilizar los dispositivos sin estas limitaciones horarias y podrán autorizar, excepcionalmente, el uso a determinados estudiantes atendiendo a circunstancias personales y necesidades educativas debidamente justificadas.

Una vez se aprueben las instrucciones, todos los centros deberán incluir los términos de utilización en su programación general anual y en el plan digital del centro. Con fecha límite 1 de septiembre de 2027, tendrán que tener adecuado el proyecto educativo de centro.

Transitoriedad

En el caso de aquellos centros que tengan ya implantado este curso 2025/2026 un proyecto que requiera el uso individual de dispositivos digitales para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje, dispondrán hasta el 31 de agosto de 2027 para adaptarse a las instrucciones. No obstante, a partir del curso 2026/2027 no podrán incorporar nuevos grupos de alumnos al proyecto. Además, la consejera ha avanzado que se podría contemplar la transitoriedad para las licencias digitales.

Para su aplicación efectiva, la consejera ha asegura que se contará con el "control del Servicio de Inspección", así como con "la implicación de las familias" dado que es una "medida beneficiosa" para sus hijos, a las que corresponde también supervisar el uso correcto dela tecnología al margen de las tareas docentes. "Todo es positivo si se utiliza bien, pero ante la opinión de los expertos, tenemos que actuar", ha concluido.

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