El Consejo de Gobierno aprueba el convenio de colaboración para la atención de lesionados en accidente de tráfico

El programa estará vigente entre 2024 y 2027

El Consejo de Gobierno ha aprobado el convenio de colaboración entre el Ejecutivo autonómico, a través del Departamento de Sanidad, el Consorcio de Compensación de Seguros y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA) para la atención de lesionados en accidente de tráfico mediante servicios de emergencias sanitarias para los ejercicios 2024, 2025, 2026 y 2027, en el ámbito de la sanidad pública. Un convenio que renueva el ya puesto en marcha por los tres firmantes entre 2021 y 2023 y que finaliza el 31 de diciembre.

El objetivo es regular las contraprestaciones económicas que han de satisfacer las aseguradoras de accidentes de circulación, representadas por UNESPA y el Consorcio de Compensación de Seguros, como terceros obligados al pago por la prestación de servicios de asistencia sanitaria de emergencia y traslado de lesionados en accidente de tráfico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, con un límite territorial en las provincias limítrofes de 150 kilómetros desde el centro asistencial emisor.

Igualmente, se regula el procedimiento que se ha de seguir por parte de los servicios de emergencias que movilizan los recursos para obtener su resarcimiento. Por su parte, el Servicio Aragonés de Salud se compromete a poner a disposición los medios y el personal necesario para la atención de las emergencias sanitarias derivadas de este convenio, de manera permanente, las 24 horas, todos los días del año.

El convenio se aplicará a todas las prestaciones realizadas a los lesionados por hechos de la circulación, ocasionados por vehículos a motor que tengan su estacionamiento habitual en España, estando obligados a suscribir un contrato de seguro de Responsabilidad Civil derivada de la circulación de vehículos a motor, de acuerdo con la legislación vigente. Será de aplicación tanto al seguro obligatorio, voluntario y complementario de los mismos.

El convenio es prorrogable por periodos anuales hasta un máximo de tres años adicionales, previo acuerdo de las partes. Su celebración no supone aportación económica con cargo al presupuesto de la Comunidad.

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