RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2025, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra personal funcionario en prácticas a las personas aspirantes que han superado la fase de oposición por el turno de acceso libre y la fase de concurso por el turno de promoción interna de las pruebas selectivas de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas convocadas por Resolución de 19 de marzo de 2024 de la Universidad de Zaragoza.
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Mediante Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Universidad de Zaragoza, se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante los turnos de acceso libre y promoción interna, en la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial del Estado", número 74, de 25 de marzo).
En base a la propuesta del Tribunal calificador, de 14 de febrero de 2025 (e-TOUZ del mismo día), verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria y en aplicación de la base 11.1 de la misma, este Rectorado ha resuelto:
Primero.- Nombrar personal funcionario en prácticas de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas a las personas aspirantes que han superado la fase de oposición por el turno libre y que se relacionan en el anexo I, con indicación del puesto adjudicado para la realización del periodo de prácticas según la base 11.2 de la convocatoria.
Segundo.- Nombrar personal funcionario en prácticas de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas a las personas aspirantes que han superado la fase de concurso-oposición por el turno de promoción interna y que se relacionan en el anexo II, con indicación del puesto adjudicado para la realización del periodo de prácticas según la base 11.2 de la convocatoria.
Tercero.- Ordenar el comienzo del periodo de prácticas el día 3 de julio de 2025.
Cuarto.- Convocar a las personas aspirantes a las 8:00 horas del día indicado en los destinos adjudicados, debiendo presentarse ante la persona responsable de su Unidad para incorporarse a la realización de las prácticas.
Quinto.- El periodo de prácticas se realizará mediante el desempeño efectivo del puesto adjudicado por un periodo de tres meses.
Con motivo del periodo de cierre energético y de los días no lectivos establecidos en el calendario laboral de 2025, en dicho periodo de tres meses se deberá realizar de forma efectiva (presencial) un total de doscientas diez horas.
No suspenderán el desempeño de las prácticas las ausencias por incapacidad temporal o por disfrute de permisos y vacaciones, siempre que se realice de forma efectiva (presencial), en el período de tres meses, el total de horas establecidas en el párrafo anterior.
De no haber completado las horas de servicios efectivos al finalizar los tres meses, las prácticas se prorrogarán en los casos de ausencia por incapacidad temporal, permisos por nacimiento, adopción, acogimiento, paternidad o lactancia acumulada hasta completar el total establecido. En el caso de una situación no prevista en los supuestos de suspensión, se podrá realizar una solicitud a la gerencia, que valorará las circunstancias concretas del caso y resolverá en consecuencia. En el resto de casos se considerarán no completadas, aplicándose la letra c) del apartado séptimo.
Sexto.- Una vez finalizadas las prácticas la persona responsable de la unidad donde se realicen las mismas emitirá un informe de "apto" o "no apto", siendo necesaria la obtención de "apto" para superarlas, de conformidad con la base 11.4 de la convocatoria.
Séptimo.- Se entenderá que renuncian al proceso selectivo, a los efectos del artículo 61.8 del EBEP, no pudiendo ser nombradas funcionarios de carrera:
Las personas aspirantes que presenten renuncia expresa a la realización del periodo de prácticas.
Las personas aspirantes que, sin haber renunciado expresamente, no se incorporen a las prácticas, salvo que sea por causas de incapacidad temporal, permiso por nacimiento, adopción, acogimiento, paternidad o lactancia acumulada. En estos casos deberá comunicar la situación al Servicio de PTGAS y Nóminas con antelación suficiente al inicio de las prácticas. La persona afectada dará comienzo a las prácticas el primer día siguiente hábil al de finalización de la causa que dio origen a la suspensión del inicio. En el caso de una situación no prevista en los supuestos de suspensión, se podrá realizar una solicitud a la gerencia, que valorará las circunstancias concretas del caso y resolverá en consecuencia.
Las personas aspirantes que, tras haberse incorporado a las prácticas, no completen en el período de tres meses, las doscientas diez horas de servicios efectivos, cuando no haya una causa de suspensión que permita prorrogarlas.
En estos casos, el órgano convocante requerirá del órgano de selección, relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera tras el desarrollo del periodo de prácticas.
Octavo.- El régimen de personal funcionario nombrado será el establecido por la legislación vigente para el personal funcionario en prácticas, que les será de aplicación desde que tenga lugar el comienzo efectivo del periodo de prácticas.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa según lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y con el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 27 de abril de 2023, entre otros.
Alternativamente, se podrá interponer contra esta Resolución recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto; de conformidad con lo dispuesto en los artículos. 30.4, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 20 de junio de 2025.- La Rectora. Por delegación (Resolución de 25 de abril de 2025, "Boletín Oficial de Aragón", número 85, de 7 de mayo de 2025). El Gerente, Alfonso Carlos Peña Ochoa.