ORDEN ECD/708/2025, de 17 de junio, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Formación Profesional Específica "Luis Manuel García Urrea" de Zaragoza.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante del Centro Privado de Formación Profesional Específica "Luis Manuel García Urrea", código 50018556, con domicilio en la calle Lagasca, número 25-27, de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización para la supresión del Ciclo Formativo de Grado Superior en Integración Social e implantación del Ciclo Formativo de Grado Superior en Comercio Internacional.
Vistos los informes emitidos por la Unidad de Proyectos y Obras del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados, así como los emitidos por la Inspección de Educación sobre la adecuación del equipamiento y material didáctico.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y en virtud de las competencias previstas en el Decreto 225/2024, de 27 de diciembre del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, modificado por Decreto 30/2025, de 26 de marzo, actuando por delegación de acuerdo con la Orden ECU/201/2024, de 23 de febrero, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional el ejercicio de la competencia para conceder la autorización de apertura y funcionamiento, así como el de la modificación y extinción de la autorización, respecto de los Centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:
Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Específica.
Denominación específica: "Luis Manuel García Urrea".
Titular: Colegio Montessori Internacional de Aragón, SL.
Código: 50018556.
Domicilio: calle Lagasca, número 25-27.
Localidad: Zaragoza.
Municipio: Zaragoza.
Provincia: Zaragoza.
Modificación de la autorización en las siguientes enseñanzas:
Supresión del siguiente Ciclo Formativo de Grado Superior: Enseñanza: SSC303- Integración Social.
Capacidad: 2 grupos vespertinos / 56 pp.ee.
Implantación del siguiente Ciclo Formativo de Grado Superior: Enseñanza: COM301- Comercio Internacional.
Capacidad: 2 grupos vespertinos / 60 pp.ee.
Como resultado de dicha modificación el centro queda configurado de la siguiente forma:
Ciclos Formativos de Grado Medio: Enseñanza: IFC201- Sistemas Microinformáticos y Redes.
Capacidad: 2 grupos vespertinos / 60 pp.ee.
Ciclos Formativos de Grado Superior:
COM303- Transporte y Logística
2 grupos vespertinos / 60 pp.ee
SSC302- Eduación Infantil
2 grupos diurnos y 2 grupos vespertinos / 120 pp.ee (30 pp.ee por grupo)
COM301- Comercio Internacional
2 grupos vespertinos / 60 pp.ee.
Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.
Tercero.- La presente Orden surtirá efectos a partir del curso escolar 2026/2027, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. El recurso potestativo de reposición deberá interponerse electrónicamente, a través del Servicio de Soporte a la Tramitación ( https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion
Zaragoza, 17 de junio de 2025.