RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2025, de la Directora General de Universidades, por la que se declara desierta la convocatoria de ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, para el curso académico 2021/2022, realizada mediante la Orden EMC/432/2025, de 16 de abril, dictada en ejecución de la Sentencia número 208/2024, de 30 de mayo de 2024, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
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Mediante la Orden IIU/1132/2016, de 8 de septiembre, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020 ("Boletín Oficial de Aragón", número 182, de 20 de septiembre de 2016), modificada por la Orden IIU/524/2019, de 6 de mayo ("Boletín Oficial de Aragón", número 98, de 23 de mayo de 2019) y la Orden CUS/433/2021, de 28 de abril ("Boletín Oficial de Aragón", número 96, de 5 de mayo de 2021).
Conforme con ello, y al amparo de la Orden IIU/1132/2016, de 8 de septiembre, se aprobó la Orden CUS/836/2021, de 9 de julio, por la que se convocan ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, para el curso académico 2021-2022 ("Boletín Oficial de Aragón", número 151, de 19 de julio de 2021). Tras la tramitación del procedimiento, mediante Resolución de 2 de diciembre de 2021, del Director General de Universidades ("Boletín Oficial de Aragón", número 254, de 16 de diciembre de 2021), se resolvió la mencionada convocatoria.
El 30 de mayo de 2024 se dictó la Sentencia número 208/2024 de la Sección número 1 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón por la que se estima el recurso 68/2003 interpuesto por la Fundación Universidad San Jorge. En ejecución de esta Sentencia, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 83, de 5 de mayo de 2025, la Orden EMC/432/2025, de 16 de abril, por la que se convocan ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico impartidos en el curso académico 2021-2022, complementando la Orden CUS/836/2021, de 9 de julio.
El procedimiento de concesión iniciado con esta nueva convocatoria se ha tramitado en régimen de concurrencia competitiva, estableciendo su apartado decimotercero, punto 2, un plazo de quince días hábiles para la presentación de solicitudes.
El 26 de mayo de 2025 concluyó dicho plazo, no habiéndose presentado ninguna solicitud.
El 2 de junio de 2025 el órgano instructor emite la propuesta de resolución definitiva de declaración desierta de la convocatoria de las ayudas, prescindiéndose del trámite de audiencia, de conformidad con lo establecido en el apartado decimoctavo, punto 3, de la Orden EMC/432/2025, de 16 de abril.
En virtud de lo expuesto, vista la propuesta de resolución realizada por el órgano instructor, de acuerdo con el apartado decimonoveno de la convocatoria, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 210/2024, de 29 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades, resuelvo:
Declarar desierta la convocatoria de ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, para el curso académico 2021-2022, aprobada por la Orden EMC/432/2025, de 16 de abril, en ejecución de la Sentencia número 208/2024, de 30 de mayo de 2024, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por la que se estima el recurso 68/2003, interpuesto por la Fundación Universidad San Jorge.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que legalmente proceda.
Zaragoza, 2 de junio de 2025.