DECRETO 57/2025, de 28 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se declara la Casa Cariello, ubicada en Tamarite de Litera (Huesca), como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento.
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El Patrimonio Cultural de Aragón está integrado, tal y como lo regula la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés ("Boletín Oficial de Aragón", número 36, de 29 de marzo de 1999), por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o debajo de las aguas.
La Ley prevé, en su artículo 11, tres categorías de protección para los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés: Bien de Interés Cultural, Bien Catalogado y Bien Inventariado. De éstos, los Bienes de Interés Cultural son definidos por el artículo 12 de la Ley, como los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural de Aragón. Esta categoría de protección comprende, a su vez, dos figuras de protección para los bienes inmuebles: las figuras de Monumento y de Conjunto de Interés Cultural.
La figura de Monumento es definida en la Ley como la construcción u obra, producto de la actividad humana, de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnográfico, científico o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen como parte integrante del mismo. Es esta figura de protección la que mejor se adapta a los valores de la Casa Cariello de Tamarite de Litera, por su relevancia artística y arquitectónica y, en especial, por los elementos excepcionales de la misma, como su fachada aligerada posterior y el hecho de que en su interior -según el investigador Pedro A. Ayuso- contenga un pozo de hielo o nevera.
Asimismo, la Ley de Patrimonio Cultural Aragonés señala, en su artículo 15, respecto de los Bienes Inmuebles de Interés Cultural que su declaración comprenderá cuantos elementos puedan considerarse consustanciales con la construcción y formen o hayan formado parte de ella o de su entorno, y, en el apartado tercero, indica que la declaración de un bien de interés cultural inmueble incluirá los bienes muebles que se señalen como parte integrante del mismo recogidos en el presente caso, en el anexo II. Igualmente, el artículo 15.4 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, establece que dicha declaración afectará al entorno del bien, cuya exacta delimitación deberá contenerse en la propia declaración. En cumplimiento de este precepto, se establece en el anexo IV la delimitación y entorno de protección para la Casa Cariello, ubicada en Tamarite de Litera (Huesca).
Por otro lado, el artículo 18 de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés, prevé que la declaración de un Bien de Interés Cultural requiere la previa tramitación de expediente administrativo, que se incoará por resolución del Director General responsable de Patrimonio Cultural. En cumplimiento de lo establecido en este artículo, por Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Directora General de Patrimonio Cultural, se inició el procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, de la Casa Cariello, ubicada en Tamarite de Litera y se abrió un periodo de información pública por el plazo de un mes. Esta resolución fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 3 de junio de 2024, y fue notificada a los interesados personalmente y por anuncio en el "Boletín Oficial del Estado" y al Ayuntamiento de Tamarite de Litera (Huesca).
El Bien se halla inscrito en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura, con el código de anotación preventiva número BI0031822.
El referido expediente se ha tramitado conforme lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
Además, y de acuerdo con lo previsto en el apartado sexto del artículo 18 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, se solicitó informe a la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de Huesca. Ésta acordó, en sesión celebrada el 25 de marzo de 2024, informar favorablemente la declaración de la Casa Cariello, ubicada en Tamarite de Litera como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, con una observación en cuanto a las medidas de tutela, que ha sido atendida. Por último, se abrió un periodo de audiencia a los interesados por un plazo de diez días hábiles, sin que se hayan recibido alegaciones.
Por todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 28 de mayo de 2025, dispongo:
Primero.- Declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, la Casa Cariello, ubicada en Tamarite de Litera (Huesca).
La descripción del Bien, el listado de los Bienes Muebles, las medidas de tutela y la delimitación del bien y de su entorno de protección se recogen en los anexos I, II, III y IV de este Decreto.
Segundo.- El régimen jurídico aplicable a los Bienes de Interés Cultural es el previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés y, especialmente, el contenido en la sección primera, del capítulo I, del título segundo, los títulos sexto y séptimo, así como lo previsto en el título III en relación con el patrimonio arqueológico y en cuantos preceptos sean de aplicación general para los bienes de interés cultural.
Tercero.- Este Decreto será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" y se notificará a los interesados y al Ayuntamiento de Tamarite de Litera (Huesca), produciendo efectos desde el día siguiente al de su publicación.
Frente a este Decreto, que agota la vía administrativa, cabe interponer, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Zaragoza, 28 de mayo de 2025.
ANEXO I. Descripción del Bien.
Se trata de una de las casas solariegas que se asentaron en la calle Caballeros, en el casco medieval de Tamarite de Litera (Huesca). En ella, sobre elementos góticos que se pueden encontrar en los niveles inferiores, se levanta un edificio que todavía conserva bastante íntegra la imagen que obtuvo con una reforma importante de época barroca.
Su fachada principal responde a composiciones habituales de los siglos XVII y XVIII en casas palaciegas aragonesas: planta baja de sillería con huecos pequeños y escasos, en la que destaca la portada de medio punto, planta primera - la noble - con escudo de armas y balcones volados que sirven a las estancias principales y, coronando el edificio, galería de arquillos sobre cornisa, que - junto al alero de madera tallada - remata superiormente. Pero son las fachadas posteriores las más singulares, debido a la excepcionalidad que les confiere el hecho de estar aligeradas en todas sus plantas alzadas, gracias al empleo de galerías porticadas, con arcos de medio punto, superpuestas a los muros que cierran realmente el edificio.
En su interior, podemos encontrar partes íntegras del programa y distribuciones originales de estas casas como son: el zaguán, la escalera con su caja bajo bóveda de lunetos sobre pechinas, ampliamente decorada con alusiones a linajes familiares, salas que igualmente cuentan con molduras y trabajos de escayola, despacho, pasos, distribuidores y bodegas, encontrándose en una de ellas - según estudiosos en la materia - una de las pocas neveras interiores de Aragón. Igualmente, todavía son numerosos los elementos de carpintería de huecos barrocos que podemos encontrar, así como mobiliario y cuadros integrados.
ANEXO II. Bienes muebles de la Casa Cariello.
A) Bienes muebles ubicados en Salón Verde:
1 . Objeto: Cómoda.
Época: siglo XIX. Reinado de Fernando VII (1814-1833).
Estilo: Fernandino.
Medidas: 106 x 130 x 70 cm.
2 . Objeto: Espejo.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino
Medidas: 174 x 100 cm.
3 . Objeto: Mesa auxiliar.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino.
Medidas: 77 x 122 x 69 cm.
4 . Objeto: Consola y espejo.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino.
Medidas:
Consola: 96 x 116 x 54 cm.
Espejo: 150 x 95 cm.
5 . Objeto: Silla.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino.
Medidas: 95 x 48 x 40 cm.
6 . Objeto: Sofá.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino.
Medidas: 103 x 169 x 55 cm.
7 . Objeto: Dos sillas.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino.
Medidas: 89 x 55 x 51 cm.
8 . Objeto: Sofá.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino.
Medidas: 94 x 160 x 61 cm.
9 . Objeto: Mesa.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino.
Medidas: 78 cm x 128 cm de diámetro.
10 . Objeto: Dos sillas.
Época: siglo XIX. Reinado de Isabel II (1833-1868).
Estilo: Isabelino.
Medidas: 95 cm de alto aproximadamente.
11 . Objeto: Mecedora.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900).
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 113 x 58 x 88 cm.
12 . Objeto: Galerías.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900).
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 29 x 170 x 12 cm.
13 . Objeto: Lámpara.
Época: Principios del siglo XX.
Medidas: 89 x 53 cm.
14 . Objeto: Dos candelabros.
Época: Principios del siglo XX.
Medidas: 100 x 50 cm.
B) Bienes muebles ubicados en Salón Rojo:
15 . Título: Eugenia Cariello Lasierra.
Autor: José González Martínez (Elche,1837- Zaragoza, 1897).
Técnica: Óleo sobre lienzo.
Época: siglo XIX.
Medidas: 111 x 92 cm con marco.
16 . Objeto: Crucifixión.
Época: Finales siglo XVIII-principios siglo XIX.
Técnica: Óleo sobre madera.
Medidas: 13,5 x 9 cm sin marco; 34 x 28 cm con marco.
17 . Objeto: Dos sillones.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900).
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 131 x 63 x 57 cm.
18 . Objeto: Dieciocho sillas.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900).
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 115 x 52 x 48 cm.
19 . Objeto: Sofá.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900).
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 141 x 151 x 60 cm.
20 . Objeto: Consola con espejo.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900) .
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 290 x 125 x 53 cm.
21 . Objeto: Mesa auxiliar.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900) .
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 75 x 70 x 49 cm.
22 . Objeto: Dos cortinas con galería.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900).
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 325 x 210 cm.
23 . Objeto: Tres cortinas con barra.
Época: siglo XIX. Reinado de Alfonso XII (1870-1900).
Estilo: Alfonsino.
Medidas: 290 x 220 cm.
ANEXO III. Medidas de tutela.
Las medidas de tutela tienen como finalidad fundamental proteger la integridad del Bien de Interés Cultural y la de su entorno de protección. En particular, las obras o actuaciones que afecten al edificio, deberán mantener las características que determinaron su declaración, de acuerdo con los siguientes criterios generales:
Las intervenciones tenderán a preservar imagen y envolvente exteriores del edificio, en concreto conservarán: huecos, acabados, carpinterías y cerrajería. En la cubierta se repondrá el acabado original de teja cerámica vieja, al menos para las cobijas. Las propuestas sobre los cerramientos y protecciones de las galerías porticadas de las fachadas posteriores, deberán estar basadas en un estudio histórico constructivo de estas.
En el interior, se conservará estructura, distribución característica, acabados, así como elementos de carpintería y de cerrajería procedentes del siglo XIX y anteriores. Igualmente permanecerán en las estancias para las que fueron concebidos: muebles, cuadros, cortinajes y otros enseres con la misma antigüedad, así como el pozo de hielo en su bodega.
Excepcionalmente, podrán autorizarse, en casos suficientemente justificados, ampliaciones o apertura de nuevos huecos en fachada, planteadas de forma neutra y carácter secundario respecto a los originales
ANEXO IV. Plano de delimitación y entorno de protección.
Casa Cariello en calle Caballeros, 3 de Tamarite de Litera (Huesca).
Manzana 6188, Finca 15.
Manzana 61872, Finca 05.
Manzana 61872, Finca 18 y 19.
Manzana 61872, Finca 03 y 20 a 28.
Así como el espacio y las vías públicas que les sirven.