RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2025, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del proyecto de ampliación de la capacidad de tratamiento de residuos no peligrosos, así como de la instalación de Tomás Arrieta SL, ubicada en la parcela 49 del polígono 35 del término municipal de Tauste (Zaragoza). (Número de expediente INAGA/500301/01/2023/9745).
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Tipo de procedimiento: Evaluación de impacto ambiental simplificada para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria (grupo 9.b del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio).
1. Descripción básica, características y ubicación del proyecto presentado.
a) Actividad.
La empresa es titular de una instalación autorizada principalmente para el tratamiento de residuos de construcción y demolición (RCD), ubicada en la parcela 49 del polígono 35 del término municipal de Tauste (Zaragoza).
Esta instalación y la realización de la actividad ya cuenta con la autorización previa del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental otorgada por la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, 14 de enero de 2021 (Expediente INAGA/500303/ 08.2020/5293). La efectividad le fue otorgada el 4 de mayo de 2022, siéndole asignados los números AR/GNPA-419 a la instalación y el AR/GNPO-344 como operador.
La modificación de la autorización de gestión de residuos que debe ser evaluada ambientalmente consiste en la ampliación física de la planta, añadiendo una parcela colindante, la 503; en la solicitud de 22 nuevos residuos y, finalmente, que la capacidad global de tratamiento ascienda de 7.800 t/año a 26.400 t/año.
b) Alternativas propuestas por el promotor y justificación dada a la alternativa seleccionada.
Según el documento ambiental la actividad se ha instalado en una parcela que el ayuntamiento ya había empleado anteriormente para la gestión de residuos y que se encontraba vallada e improductiva. Las instalaciones y los caminos ya existen, la distancia al casco urbano es suficiente para evitar molestias a la población, pero no excesiva para reducir impacto por transporte, y el tamaño del recinto es el adecuado. Igualmente, se encuentra a una distancia razonable de las instalaciones que el promotor tiene en el polígono Las Rozas de Tauste, con taller y servicios varios, que servirán de apoyo en lo que se refiere a mantenimiento de la maquinaria.
La parcela no se encuentra en espacio protegido ni en Red Natura 2000, ni en monte público. Por estas razones, a la hora de seleccionar la ubicación para la ampliación del centro de residuos, se consideró que la elegida ahorra recursos naturales y evita impactos, frente a otras ubicaciones. Según el promotor en ese proyecto se trata de ampliar instalaciones y cantidades de residuos a tratar y a almacenar, por lo que la ubicación ha de ser junto a la existente.
c) Ubicación.
Parcelas 49 y 503 del polígono 35 del término municipal de Tauste (Zaragoza).
NIMA: 5000085775.
Coordenadas UTM (HUSO 30) X: 646.970; Y: 4.640.739.
Referencia catastral: 50255A035000490000DP y 50255A035005030000DM.
d) Descripción del proyecto.
El proyecto consiste en la ampliación del centro de valorización de residuos ubicado en las parcelas 49 y 503 del polígono 35 de Tauste, Zaragoza. Su actividad se centra en la gestión de residuos no peligrosos procedentes principalmente de obras de construcción y demolición con el objetivo de obtener áridos reciclados y recuperar otros materiales valorizables.
- Residuos gestionados y capacidad de tratamiento de la instalación.
⢠Residuos previamente autorizados por la Resolución del INAGA de 14 de enero de 2021.
Los residuos admitidos incluyen hormigón, ladrillos, tejas, materiales cerámicos, madera, plásticos, tierras, piedras, mezclas bituminosas y otros materiales de obra. Se prevé una capacidad de tratamiento de hasta 26.400 t/año, así como una capacidad de almacenamiento de 19.950 t de residuos inertes, de 1.922 t de residuos no inertes y de 20.250 t de áridos reciclados.
Los residuos indicados por el redactor de la memoria ambiental que se prevén gestionar en la instalación son:
⢠Residuos de la ampliación prevista.
Residuos de la agricultura, horticultura, acuicultura, silvicultura, caza y pesca; residuos de la preparación y elaboración de alimentos.
⢠Residuos de la fabricación de productos cerámicos, ladrillos, tejas y materiales de construcción.
⢠Residuos de la fabricación de productos cerámicos, ladrillos, tejas y materiales de construcción.
⢠Residuos no especificados en otros capÃtulos de la lista
16 03 04
Residuos inorgánicos distintos de los especificados en el código 16 03 03
16 11 06
Revestimientos y refractarios procedentes de procesos no metalúrgicos, distintos de los especificados en el código 16 11 05
⢠Residuos municipales (residuos domésticos y residuos asimilables procedentes de los comercios, industrias e instituciones), incluidas las fracciones recogidas selectivamente.
⢠Residuos de construcción y demolición.
Según la memoria ambiental la capacidad diaria de tratamiento de escombros en las instalaciones ha sido calculada utilizando el mismo criterio que se aplicó en el primer proyecto por lo que, considerando 220 días de funcionamiento al año, esta es de 120 t/día.
* Transporte de residuos.
Los residuos serán transportados al centro mediante camiones tipo dumper y semirremolque bañera. El control de entrada se realizará en una báscula electrónica de 60 toneladas ubicada en la zona de recepción.
Según la memoria ambiental el incremento de residuos solicitado resultará en un aumento del tráfico actual de 7 camiones diarios, considerando tanto la ida como la vuelta. El volumen de tráfico generado por la ampliación de la capacidad de tratamiento anual dependerá de los tipos de vehículos utilizados, como furgonetas, camiones pequeños o camiones grandes, según los procedimientos de las empresas que los recogen.
Actualmente se dispone de autorización para tratar 7.800 toneladas anuales, lo que implica que con una capacidad media estimada de 12 toneladas de carga por camión resulta que son precisos un total de 650 camiones anuales, distribuidos en 220 días de trabajo al año, lo que equivale a un promedio de 3 camiones diarios.
El incremento solicitado es de 18.600 toneladas anuales, lo que lleva la capacidad total de tratamiento de residuos a 26.400 toneladas anuales. Con la misma estimación de 12 toneladas por camión, esto resultaría en 2.200 camiones anuales, también distribuidos en 220 días de trabajo al año, lo que equivale a un promedio de 10 camiones diarios.
* Proceso de gestión de los residuos.
El proceso de gestión incluye la recepción y registro de los residuos, un primer triaje manual y mecánico para separar materiales impropios, seguido de un tratamiento principal de trituración, cribado y clasificación por tamaños. Se emplean sopladores para la retirada de ligeros y electroimán para la separación de metales.
El triaje en la playa de descarga se hará preferentemente de forma diaria, pero el machaqueo en la zona de tratamiento principal es discontinuo, ya que los equipos móviles de obtención de áridos reciclados se alquilan cuando hay una cierta cantidad de residuos para triturar.
Los residuos peligrosos serán separados y almacenados temporalmente hasta su entrega a un gestor autorizado. Los materiales valorizables se destinan a la producción de áridos reciclados o se remiten a gestores autorizados.
Según el promotor todas las materias que entren en el centro de residuos saldrán con una de estas tres consideraciones:
Zahorras artificiales (áridos reciclados) de calidad suficiente para ser utilizadas en obras civiles o de edificación procedentes de escombros con la consideración de inertes. Se prevé producir 15.313 t/año, aproximadamente.
Mezclas de residuos inertes adecuados (RIA) para restauración con la consideración de residuos con LER 191212, los cuales pueden tener diversos orígenes como pequeños rechazos de las zahorras artificiales (áridos reciclados) o residuos mezclados de construcción y demolición después de la selección, entre otros. Se prevé asignar este destino a unas 6.437 t/año.
Residuos a gestor (impropios). Todos los materiales que no sean pétreos o aptos para obtener áridos reciclados o RIA, tales como maderas, plásticos, aislamientos y metales, se llevan a los contenedores dispuestos cerca de la playa de descarga, donde son almacenados hasta que se entreguen a gestor. La cantidad prevista rondará las 4.650 t/año
* Almacenamiento de residuos y de materiales resultantes del tratamiento.
Los residuos inertes se almacenan en dos explanadas engravilladas que, en conjunto, suman 9.500 m². Por otro lado, los residuos no inertes, antes de su triaje, así como los residuos peligrosos, se ubican en una solera de hormigón de 1.025 m², equipada con un sistema de recogida de lixiviados. En particular, los residuos peligrosos se almacenan en contenedores estancos y bajo cubierto. Además, los áridos reciclados se almacenan en una superficie de 9.000 m².
La capacidad de almacenamiento la calcula el promotor en función de la altura del acopio de cada tipo de material, que es de 1,5 metros en todos los depósitos. Considerando las superficies de almacenamiento designadas y las densidades relativas, que oscilan entre 1,25 t/m³ para los residuos mezclados de entrada, 1,4 t/m³ para los residuos inertes aptos para su trituración y 1,5 t/m³ para los áridos reciclados, se estiman las siguientes capacidades de almacenamiento:
Residuos no peligrosos sin triar en la solera de hormigón: 1.922 toneladas.
Residuos inertes: 19.950 toneladas.
Áridos reciclados: 20.250 toneladas
* Instalaciones, equipamiento y maquinaria. El centro cuenta con un cerramiento perimetral, una zona de recepción, una playa de descarga impermeabilizada, una zona de tratamiento principal con unidades móviles de trituración y cribado, y zonas de almacenamiento para residuos y áridos reciclados. La maquinaria incluye excavadoras, palas cargadoras, camiones tipo dumper y equipos de trituración y cribado.
Las instalaciones principales incluyen un cerramiento perimetral de 660 metros de longitud, hecho de malla de acero galvanizado de torsión simple y con una altura de 2 metros. Además, se ha instalado una pantalla vegetal de Cupressocyparis leylandii, plantados a 1 metro de distancia. La zona de admisión y control de acceso cuenta con una caseta de control y una báscula electrónica de 60 toneladas para la entrada y salida de residuos. La playa de descarga tiene una superficie de 1.025 m², está impermeabilizada con hormigón armado y cuenta con un sistema de recogida de lixiviados que incluye una cuneta hormigonada en V, un tanque de decantación y un separador de hidrocarburos.
En la zona de trituración los residuos aptos para obtener áridos reciclados, ya separados de la mayor parte de madera, metales y plásticos en el triaje primario, son acarreados mediante pala cargadora a la zona de tratamiento principal. Este tratamiento consiste en trituración, triaje secundario mediante precribado y electroimán y, por último, clasificación. La maquinaria utilizada incluye una unidad móvil de machaqueo TESAB RK 1012S o similar. La zona de almacenamiento temporal de peligrosos cuenta con contenedores estancos dentro de un contenedor marítimo cubierto por un porche metálico, con un bordillo alrededor del contenedor para prevenir derrames.
La zona de almacenamiento para residuos recuperados no peligrosos y no pétreos incluye la separación en dos fases de triaje, la primaria en la playa de descarga y la secundaria en la zona de tratamiento principal. En el triaje principal se recogen a mano y/o mediante maquinaria móvil y se almacenan en contenedores específicos para residuos.
La zona de acopios para áridos reciclados tiene una superficie de 9.000 m² y está ubicada en la parte norte del recinto vallado junto a la zona de machaqueo y clasificación.
Los elementos auxiliares incluyen viales de 9 metros de anchura acondicionados periódicamente con zahorra artificial.
Las instalaciones contra incendios incluyen extintores portátiles en zonas de riesgo. Se prohíbe la incineración de residuos y fumar en todo el recinto. La maquinaria móvil y los camiones cumplen con la normativa a este respecto ya que son elementos ya existentes y trabajando en diversas tareas al servicio de la empresa. La maquinaria móvil incluye camiones tipo dumper y semirremolques bañera, retroexcavadoras, palas cargadoras y mini-excavadoras con diversos accesorios.
* Materiales y residuos generados en los tratamientos.
En el documento ambiental no hay especificaciones sobre los tipos y las características particulares de los áridos reciclados obtenidos.
Las principales operaciones de transferencia de residuos según el documento ambiental son:
Venta de los áridos reciclados clasificados y las zahorras.
Entrega a gestor autorizado del papel, los distintos plásticos, la madera, los férricos, el aluminio y el papel y cartón.
Los residuos clasificados como peligrosos serán retirados por gestor autorizado.
Traslado a vertedero autorizado de los rechazos de la trituradora como fragmentos pequeños de papel y plástico mezclados con finos y otros elementos no valorizables.
También se entregarán a gestor autorizado el agua y los lodos del equipo depurador estanco.
Debido a que la maquinaria es objeto de mantenimiento y reparaciones en la planta de fabricación de piezas de hormigón que el promotor tiene en polígono industrial Las Rozas de Tauste los únicos residuos que se producen en el centro proceden de las partes de fracciones de residuos que entran que no tengan aprovechamiento como áridos.
* Recursos energéticos, agua.
Las instalaciones de suministros cuentan con energía eléctrica proporcionada por placas solares y un grupo electrógeno auxiliar de 10 KVA. No se instalará un contenedor de gasoil, ya que se suministrará según necesidades, al igual que el agua, que se aplicará a caminos y acopios mediante cuba.
No se ha cuantificado por parte del promotor ni el consumo de agua para regar caminos y acopios, ni el de energía eléctrica o de combustible. Solamente se ha estimado el consumo de agua para los servicios higiénicos que es de 9,9 m³ al año.
* Vertido.
Tratamiento de lixiviados.
Los residuos se descargan en una playa de descarga impermeabilizada de 1.000 m² con una pendiente del 2% hacia el sur, donde una cuneta hormigonada recoge los lixiviados y los dirige hacia el sistema depurador.
Para calcular el volumen de lixiviados el promotor ha utilizado datos de precipitación acumulada mensual de la estación meteorológica de Ejea de Los Caballeros (2012-2021) y ha considerado que el 50% de la precipitación se convierte en lixiviados netos.
Las aguas depuradas se prevén emplear para riegos que eviten el polvo. El sistema de tratamiento incluye un tanque decantador de 8 m³ y un separador de hidrocarburos SHDPCO 3, clase 1 con un volumen de 1.050 litros y un caudal máximo de 3 litros/segundo. El agua depurada se almacena en una balsa hormigonada de 24 m³.
En el decantador se disminuye drásticamente la velocidad del agua, provocándose la acumulación de las partículas sedimentables en el fondo. La selección del volumen del decantador para separadores de grasas y de hidrocarburos viene determinado por la norma EN1825 y EN858 respectivamente. Del equipo separador de hidrocarburos, el agua depurada pasa a la balsa hormigonada, que se ha construido con muros de hormigón armado de 30 cm de grosor. Consta de cubeto de 5,10 m x 3,10 m y 1,50 m de profundidad, por lo que su capacidad es de 24 m3.
Tratamiento de aguas sanitarias.
En el centro de residuos trabajan hasta 3 personas durante 110 días al año. Los sanitarios se abastecen de un depósito de agua junto a la caseta. El volumen estimado de agua utilizada es de 9,9 m³ al año. Las aguas fitosanitarias se recogen en una fosa de hormigón de 50 cm de diámetro y 1,4 m de profundidad con una cama de gravilla en el fondo.
* Caracterización de la ubicación y entorno de la instalación.
En el documento ambiental presentado el promotor indica lo siguiente:
-Clima: Se han tomado los datos de precipitación acumulada mensual durante el periodo 2012-2021 en la estación meteorológica de Ejea de Los Caballeros, según datos de AEMET disponibles en el Instituto Aragonés de Estadística. Los índices agroclimáticos hablan de un clima estepario o semiárido.
-Geología: Las litologías presentes en el entorno inmediato de la actividad propuesta son dos, el sustrato terciario predominantemente evaporítico y la terraza T5 del Ebro, que se encuentra a 2 km de la parcela donde se va a asentar la actividad propuesta, según las denominaciones de la hoja 321 del IGME.
El Terciario del sector central de la Cuenca del Ebro aparece con una disposición casi tabular, aunque está afectado por fallas normales de escala métrica a kilométrica y una densa y penetrativa red de diaclasas.
La actividad propuesta se encuentra sobre los yesos terciarios, muy cerca del límite con las terrazas medias del Ebro, de las que se separa por un escarpe más marcado cuanto más se aleja de la desembocadura del río Arba. En los yesos predominan las pendientes suaves de colinas muy redondeadas separadas por vales poco pronunciadas.
En el entorno no hay sistemas de riego ni pozos. Según la cartografía de la Confederación Hidrográfica del Ebro, no existe acuífero en la zona donde se asienta la actividad propuesta.
-Vegetación: Los terrenos objeto de estudio se hallan dentro del reino de flora y vegetación Holártico, y se encuentran incluidos, por criterios florísticos y de vegetación, dentro de la Región II: Región Mediterránea.
En la zona la vegetación actual presente está muy condicionada por la escasez de material edáfico. Las zonas llanas del entorno se dedican al cultivo del cereal en secano. Las lindes están muy reducidas. En las laderas de los barrancos de la zona se desarrollan generalistas, como romeros y tomillos, retamas y tamarices, y plantas especializadas, halófilas y halonitrófilas.
-Fauna: Para la caracterización de la fauna se ha establecido un inventario indicando el tipo de fauna que posiblemente tenga su asentamiento en el entorno. Las fuentes bibliográficas consultadas han sido el "Aves de Aragón. Atlas de Especies nidificantes" (Gobierno de Aragón) y la Base de datos del Inventario Español de Especies 2015.
-Figuras de protección: La superficie afectada no se encuentra incluida dentro de ZEPA ni dentro de LIC. No se encuentra dentro del ámbito territorial de ningún PORN, ni dentro de ningún Humedal incluido en el Convenio RAMSAR. No se halla en ningún Hábitat de Interés Comunitario.
Tampoco se encuentra incluido en ningún plan de protección o recuperación de ninguna especie amenazada, ni dentro de ningún Espacio Natural Protegido. Por las inmediaciones no discurre ninguna vía pecuaria. Y no se encuentra dentro de ningún monte de utilidad pública.
-Paisaje: Según la metodología aplicada, la calidad del paisaje en el entorno cercano del centro de residuos es media-baja (9 puntos). El valor obtenido en el análisis de fragilidad es de 18, por lo que la fragilidad visual de esta zona es media-Alta.
-Descripción del medio socioeconómico: Tauste es un municipio en la provincia de Zaragoza que pertenece a la comarca de las Cinco Villas. Tiene una superficie de 405,2 Km2 con una población de 7.017 habitantes por lo tanto la densidad de población es de 17,3 hab/Km2. La pirámide poblacional refleja un envejecimiento de la población. La tendencia al alta en la población se mantiene en el término municipal desde principios del siglo XX. La actividad económica se basa principalmente en el sector agrícola y servicios que supone el 32,4 % y el 33,9%, respectivamente, del total en el año 2017, seguido del sector industrial.
Por otro lado, el resultado de los análisis INFOSIG llevados a cabo para realizar este informe es el siguiente:
La ubicación está bajo el ámbito de aplicación de la Orden AGM/83/2021, de 15 de febrero, por la que se designan y modifican las Zonas Vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Aragón y por la que se aprueba el V Programa de Actuación sobre las Zonas Vulnerables de Aragón.
El área de estudio no afecta a ninguna vía pecuaria ni monte público.
Los terrenos donde se ubica la actuación no están declarados como Zonas de Especial Protección para las Aves (Directiva 2009/147/CE), ni humedales del convenio RAMSAR. La actuación no está incluida en ningún Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y los terrenos no pertenecen a ningún espacio protegido (Ley 6/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón).
En la parcela se encuentran zonas clasificadas como zona de riesgo de incendio forestal del tipo 7 (zonas caracterizadas por su bajo-medio peligro e importancia de protección baja) y del tipo 5 (zonas caracterizadas por su bajo peligro e importancia de protección media), de acuerdo con la Orden DSR/1521/2017, de 17 de julio, por la que se clasifica el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón en función del riesgo de incendio forestal y se declaran zonas de alto y de medio riesgo de incendio forestal.
En cuanto a riesgos geológicos por deslizamientos y hundimientos se encuentra clasificada como de riesgo muy bajo y medio, respectivamente.
En cuanto a riesgos por descargas, rayos y tormentas se encuentra clasificada como de densidad media, mientras que por vientos se clasifica como de riesgo alto.
2. Tramitación del expediente.
El 31 de octubre de 2023 se solicita el inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto.
Con fecha 19 de enero de 2024 se realiza un requerimiento de subsanación del expediente que es contestado por el promotor el 12 de febrero de 2024 presentando una adenda del documento ambiental.
1. Información pública y consultas preceptivas.
Con fecha 22 de marzo de 2024 se realizan las consultas preceptivas telemáticas a los siguientes organismos:
(Carreteras) Dirección General de Movilidad e Infraestructuras.
Asociación Española para la Conservación y Estudio de los Murciélagos (SECEMU).
Asociación Naturalista de Aragón Ansar.
Ayuntamiento de Tauste.
Comarca de Cinco Villas.
Dirección General de Patrimonio.
Dirección General de Urbanismo.
Ecologistas en Acción - Ecofontaneros.
Fundación Ecología y Desarrollo.
Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos.
Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife).
Anuncio en "Boletín Oficial de Aragón", número 81, de 26 de abril de 2024, por el que se pone en público conocimiento la tramitación del procedimiento administrativo de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto.
Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza.
Respuesta de la Sociedad Dirección General de Patrimonio Cultural:
Analizada la documentación aportada y examinada el área afectada por el proyecto la Dirección General de Patrimonio Cultural considera que este proyecto no supone afección al Patrimonio Cultural Aragonés. No obstante, añade, que si en el transcurso de los trabajos se produjera el hallazgo de restos arqueológicos o paleontológicos deberá comunicarse de forma inmediata a la Dirección General de Cultura y Patrimonio para su correcta documentación y tratamiento.
Respuesta del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza.
El Consejo Provincial de Urbanismo informa que el municipio de Tauste cuenta como instrumento de planeamiento vigente con un Plan General de Ordenación Urbana, aprobado mediante acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza el 7 de noviembre de 2008. El proyecto se sitúa en suelo no urbanizable genérico, regulado en el capítulo II del Plan General de Ordenación Urbana de Tauste, que establece como usos permitidos en esa calificación de suelo, los definidos como usos con autorización especial, las obras, construcciones e instalaciones de interés público o social. La actuación propuesta de ampliación del centro de gestión de residuos no peligrosos de construcción y demolición, en el término municipal de Tauste (Zaragoza) es un uso que cabría considerar de interés público o social por su contribución a la ordenación y al desarrollo y cuyo emplazamiento en el medio rural sea conveniente por su tamaño, por sus características o por el efecto positivo en el territorio.
Hasta la fecha no ha habido más contestaciones de ningún otro organismo consultado.
2. Potenciales impactos del proyecto y valoración según el documento ambiental presentado
1. Impacto sobre la atmósfera, ruidos y vibraciones.
Impacto:
Generación de gases de combustión por la maquinaria y el tráfico interno y externo de vehículos.
Emisión de partículas de polvo debido al transporte de residuos y áridos reciclados, así como al acopio y manipulación de materiales.
Aumento de los niveles sonoros derivados del funcionamiento de la maquinaria de machaqueo, cribado y carga de materiales, así como del tráfico de vehículos pesados.
Medidas preventivas y/o correctoras.
Se mantendrá en buen estado la maquinaria y los vehículos, verificando periódicamente su correcto funcionamiento para minimizar las emisiones.
Los vehículos de transporte de residuos deberán cubrir la carga para evitar la dispersión de polvo.
Aplicación de riegos en zonas de tránsito de vehículos y acopios para reducir la emisión de partículas.
Implementación de una pantalla vegetal perimetral que actuará como barrera acústica y captadora de polvo.
Limitación de la velocidad de los camiones en el interior de la instalación a 10 km/h.
En caso de que se detecten niveles elevados de ruido, se podrán realizar mediciones y, si es necesario, aplicar medidas adicionales de reducción sonora.
Valoración: El impacto sobre la atmósfera se considera compatible con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras establecidas.
2. Impacto sobre los suelos.
Impacto:
Contaminación del suelo por posibles vertidos accidentales de aceites, combustibles u otras sustancias peligrosas derivadas del uso de la maquinaria.
Posible compactación del suelo por el tráfico de maquinaria pesada en áreas no pavimentadas.
Medidas preventivas y/o correctoras:
Todas las actividades que impliquen la gestión de residuos no inertes se desarrollarán sobre una solera de hormigón impermeabilizada que evitará la infiltración de contaminantes al suelo.
Se dispondrá de bandejas de retención y material absorbente para la gestión de derrames accidentales.
Se realizará una revisión periódica del estado de la maquinaria y de sus sistemas de contención de líquidos.
Se garantizará la correcta segregación y almacenamiento de residuos peligrosos en zonas adecuadas y se entregarán a gestores autorizados.
Valoración: Con la aplicación de las medidas correctoras, el impacto sobre el suelo se considera compatible.
3. Impacto sobre las aguas superficiales y subterráneas.
Impacto:
Posible contaminación de aguas superficiales por escorrentía con partículas en suspensión provenientes de los acopios de áridos y residuos.
Riesgo de infiltración de contaminantes en aguas subterráneas en caso de derrames accidentales.
Medidas preventivas y/o correctoras:
Se implementará un sistema de drenaje adecuado para evitar la alteración del régimen hídrico natural.
Todas las zonas de trabajo que impliquen la gestión de residuos no inertes estarán pavimentadas para evitar la infiltración de sustancias contaminantes.
Se contará con separadores de hidrocarburos en los sistemas de drenaje para evitar la contaminación del agua.
En caso de vertidos accidentales, se dispondrá de material absorbente para su rápida recogida y gestión.
Se evitará el almacenamiento de residuos pulverulentos en contacto con el agua de lluvia, manteniéndolos cubiertos.
Valoración: Con la correcta aplicación de las medidas preventivas y correctoras, el impacto sobre las aguas superficiales y subterráneas se considera compatible.
4. Impacto sobre la vegetación.
Impacto:
Depósito de polvo sobre la vegetación del entorno, con posible afección a cultivos agrícolas cercanos.
Pérdida de cubierta vegetal en áreas destinadas a infraestructuras de la planta.
Medidas preventivas y/o correctoras
Se minimizará la emisión de polvo mediante riegos periódicos en los caminos y zonas de acopio.
Se evitará la circulación de maquinaria fuera de las áreas delimitadas.
Se implementará una pantalla vegetal perimetral que reducirá la dispersión de partículas y actuará como barrera visual.
En caso de afección significativa a cultivos agrícolas colindantes, se valorará la aplicación de medidas compensatorias.
Valoración: El impacto sobre la vegetación se considera compatible con la aplicación de las medidas preventivas establecidas.
5. Impacto sobre la fauna.
Impacto:
Molestias a la fauna local debido al ruido generado por la actividad.
Posible alteración del hábitat de aves y pequeños mamíferos debido a la actividad de la planta.
Medidas preventivas y/o correctoras:
Se evitará la actividad nocturna para reducir molestias a la fauna.
Se limitará la velocidad de circulación de vehículos a un máximo de 10 km/h en el interior de la planta para minimizar atropellos.
No se dejarán restos de comida ni basuras en el entorno de la instalación para evitar la proliferación de fauna oportunista.
Se fomentará la revegetación de zonas no ocupadas por la actividad para favorecer la biodiversidad.
Valoración: Con la aplicación de las medidas preventivas, el impacto sobre la fauna se considera compatible.
6. Impacto sobre el paisaje y el patrimonio.
Impacto: Alteración visual por la presencia de instalaciones y acopios de materiales.
Medidas preventivas y/o correctoras.
Instalación de una pantalla vegetal perimetral para minimizar el impacto paisajístico.
Limitación en la altura de los acopios de materiales para reducir la alteración visual del entorno.
Uso de colores y materiales que se integren en el paisaje.
Valoración: El impacto sobre el paisaje se considera compatible con la aplicación de las medidas preventivas.
7. Impacto sobre el medio socioeconómico.
Impacto:
Generación de empleo y dinamización económica local.
Reducción del kilometraje necesario para la gestión de RCD, favoreciendo la economía circular.
Medidas preventivas y/o correctoras:
Priorización de la contratación de mano de obra local.
Optimización de rutas de transporte para minimizar molestias a la población.
Correcta señalización de la salida de vehículos pesados y limitación de velocidad en las inmediaciones de la instalación.
Valoración: El impacto sobre el medio socioeconómico se considera positivo.
8. Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes, según lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por Ley 9/2018, de 5 de diciembre.
El promotor ha identificado en el documento ambiental los siguientes peligros relacionados con la actividad:
Sustancias involucradas: Materiales inertes tratados en el centro de gestión de residuos.
Almacenamientos: Contenedores y áreas de almacenamiento de residuos.
Procesos: Tratamiento y gestión de residuos de construcción y demolición (RCD).
Gestión de instalaciones y residuos: Recogida y tratamiento de lixiviados, solera hormigonada, porche, vallado y pantalla perimetral.
Instalaciones auxiliares: Infraestructuras de soporte para la operación del centro.
Análisis de los recursos naturales potencialmente afectados.
Agua: Riesgo de contaminación de aguas subterráneas y superficiales debido a posibles derrames o filtraciones.
Suelo: Posible afectación por acumulación de residuos y lixiviados.
Aire: Emisiones de polvo y partículas durante el tratamiento de residuos.
Los riesgos analizados por el promotor en el documento ambiental atendiendo a su origen son:
* Naturales:
Inundaciones: La parcela se encuentra a unos 4 km de la zona inundable del Ebro con un periodo de retorno de 500 años.
Incendios forestales: Clasificación en zona de susceptibilidad por peligrosidad baja.
Riesgos sísmicos: Zona de susceptibilidad por peligrosidad muy baja con intensidad inferior a VI.
Vientos: Zona de susceptibilidad alta de riesgo por vientos fuertes.
Deslizamientos: Zona de susceptibilidad muy baja de riesgo por deslizamientos.
Hundimientos: Zona de susceptibilidad media de riesgo por hundimientos.
* Antrópicos:
Transporte de mercancías peligrosas: Proximidad a carreteras A-126 y A-127 con flujos de mercancías peligrosas.
Accidentes en gaseoductos y oleoductos: Proximidad al gaseoducto MIPAZA.
Riesgo químico: Ubicación entre dos zonas con nivel de riesgo inferior.
Riesgo radiológico y nuclear: Proximidad a una instalación radiactiva en Gallur.
Conclusiones de la redactora de la memoria ambiental: La actividad propuesta presenta riesgos de tipo bajo debido a la naturaleza esencialmente inerte del material tratado ya que no experimenta ninguna reacción ni transformación en contacto con el aire o el agua. Además, el carácter esporádico de la actividad y las medidas mitigadoras incluidas en el diseño del centro (solera hormigonada, recogida y tratamiento de lixiviados, contenedores, porche, vallado y pantalla perimetral) limitan notablemente la vulnerabilidad de la instalación frente a los riesgos contemplados.
9. Control de la actividad y plan de vigilancia ambiental.
El Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) descrito en el documento ambiental tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras contenidas en los proyectos presentados y en las resoluciones de autorización de las distintas administraciones. Los objetivos específicos incluyen: determinar las afecciones de la actividad sobre el medio ambiente, comprobando su adecuación a los proyectos autorizados y a las resoluciones de autorización; detectar afecciones no previstas y articular las medidas necesarias para evitarlas o corregirlas; y controlar el desarrollo y ejecución de las medidas protectoras y correctoras propuestas.
Las actividades básicas de la vigilancia se dividen en tres áreas principales:
Seguimiento: Registro documental, audiovisual y físico de todas las actividades desde la etapa de construcción hasta el desmantelamiento final.
Monitoreo: Definición de indicadores de la calidad de los factores ambientales afectados por la actividad y sistemas de control y medida de estos parámetros.
Mantenimiento: Correcto mantenimiento de la maquinaria y de las instalaciones en general para asegurar el correcto funcionamiento de la actividad.
El PVA se enfoca en los siguientes elementos receptores de posibles impactos y áreas de actuación:
Comprobación diaria de la no existencia de vertidos accidentales a aguas subterráneas y superficiales.
Control quincenal del nivel del depósito de lixiviados y del correcto funcionamiento del sistema de recogida y tratamiento, con mayor frecuencia en periodos de lluvias intensas.
Comprobación quincenal de la integridad del sistema perimetral de protección y limpieza de elementos volados.
Control quincenal del estado de la playa de descarga, contenedores y vigilancia mensual de la aparición de cárcavas y surcos de erosión.
Mantenimiento según planificación del mantenimiento, tanto de maquinaria móvil como fija.
Visto el expediente administrativo incoado, los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente, el contenido de las consultas previas, así como la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se resuelve:
a) No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de ampliación de la capacidad de tratamiento de residuos no peligrosos, así como de la instalación de Tomás Arrieta SL ubicada en las parcelas 49 y 503 del polígono 35 del término municipal de Tauste, por no tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
b) Establecer, además de lo indicado en las respuestas a las consultas previas realizadas y en la documentación ambiental presentada, siempre y cuando no sean contradictorias con las establecidas en el presente informe, las siguientes medidas preventivas y correctoras:
1. De acuerdo con la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, es obligatorio notificar al Ayuntamiento de Tauste cualquier ampliación de la actividad en la instalación. Si dicha ampliación se considera sustancial, no podrá realizarse hasta que se obtenga una nueva licencia ambiental para actividades clasificadas.
2. Deberá modificarse la autorización de la instalación y la autorización como operador para el tratamiento de residuos no peligrosos otorgadas por Resolución del INAGA de 14 de enero de 2021, y modificada por Resolución del INAGA de 7 de octubre de 2024, para su instalación ubicada en la parcela 49 del polígono 35 del término municipal de Tauste (Zaragoza), según el régimen establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
3. Al realizarse una valorización no energética de residuos no peligrosos con capacidad superior a las 50 t/día (120 t/día) se deberá obtener la correspondiente autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, para el conjunto de la instalación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y, en cualquier caso:
Deberá utilizarse maquinaria de procesado y trituración dotada de sistemas idóneos para minimizar la emisión de partículas.
Deberán contemplarse medidas preventivas y correctoras para minimizar la emisión de partículas en los acopios y en los procesos de carga y descarga.
Se limitarán los trabajos de carga y descarga y trituración evitando su realización en días de viento fuerte.
Los acopios se ubicarán en áreas protegidas de los vientos dominantes.
Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y de productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización administrativa, a tramitar de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
4. En caso de que sea necesaria una concesión de aguas superficiales o subterráneas, deberá solicitarse al Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico del organismo de cuenca, debiendo presentar como mínimo la documentación indicada en el artículo 104 y siguientes del citado Reglamento del Dominio Público Hidráulico para el caso de una concesión nueva.
5. En caso de reutilizar las aguas pluviales tratadas, el promotor deberá comunicar tal circunstancia a la Confederación para que proceda a la oportuna inscripción del aprovechamiento en el Registro de Aguas atendiendo a lo dispuesto en los artículos 84, 85 y 86 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico.
6. Las aguas tratadas procedentes de la balsa hormigonada no se podrán utilizar para el riego de acopios de los residuos ni de los materiales obtenidos.
7. Las aguas tratadas procedentes de la balsa hormigonada no se podrán utilizar para el riego de caminos o viales, salvo que se disponga de autorización de vertido al efecto otorgada por la Confederación Hidrográfica del Ebro en cumplimiento de los artículos 245 y siguientes del Reglamento de Dominio Público Hidráulico.
8. Se mantendrá una adecuada red de drenaje superficial e impermeabilización de las instalaciones y de recogida de lixiviados, que impida la contaminación o degradación de las aguas continentales, tomando las muestras y medidas que fueran oportunas, empleando como indicadores los estándares de calidad basados en la normativa de aguas vigente con el fin de asegurar la calidad de las aguas.
9. Salvo que se cuente con la correspondiente autorización para proceder a su vertido las aguas residuales acumuladas en la fosa séptica y el agua del equipo depurador estanco serán entregados a empresa autorizada para su gestión. En cualquier caso, los lodos del equipo depurador estanco serán siempre entregados a gestor autorizado.
10. Los acopios no deberán superar la altura del vallado.
11. Deberá cumplir la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón, y las ordenanzas municipales contra la contaminación por ruidos y vibraciones.
12. La maquinaria empleada deberá contar con marcado CE y estará en funcionamiento solamente en el horario de trabajo de la planta.
13. En caso de deteriorarse los caminos de acceso a la instalación fruto del paso de vehículos el promotor procederá a su reparación.
14. Se desarrollará el Plan de vigilancia ambiental que figura en el documento ambiental, adaptándolo y ampliándolo a las determinaciones del presente condicionado y cualesquiera otras que deban cumplirse en las pertinentes autorizaciones administrativas.
15. Se deberá realizar un seguimiento periódico y continuo de los procedimientos del Plan de vigilancia y control para asegurar su efectividad y garantizar el cumplimiento de medidas protectoras y correctoras a lo largo de la vida útil de la instalación.
16. Si en el transcurso de los trabajos se produjera el hallazgo de restos arqueológicos o paleontológicos deberá comunicarse de forma inmediata a la Dirección General de Patrimonio Cultural para su correcta documentación y tratamiento (Ley 3/1999, de10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, artículo 69).
17. Se deberá cumplir lo dispuesto en la normativa de prevención y protección contra incendios aplicable a la instalación.
18. Cuando se desmantelen las instalaciones deberá restaurarse el espacio ocupado a condiciones similares a las iniciales.
De acuerdo con el artículo 37.4 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, la presente Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".
Conforme a lo previsto en el artículo 37.6 de la mencionada Ley, la presente Resolución perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación.
En tal caso, la entidad promotora deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto.
Zaragoza, 7 de mayo de 2025.