RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2025, de la Directora General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente, por la que se establece el número de plazas ofertadas en Educación Secundaria para Personas Adultas en centros educativos autorizados de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2025-2026.
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El Decreto 225/2024, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte señala en su artículo 1 que corresponde a este el ejercicio de las competencias relativas a la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación no universitaria en Aragón. En concreto, se le atribuye a dicho Departamento, entre otras, la gestión y desarrollo de las actuaciones y de los programas relativos a la adquisición y evaluación de competencias para el aprendizaje permanente.
La Orden ECD/113/2025, de 21 de enero, por la que se regula la admisión de alumnado de Educación Secundaria para Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", númeo 23, de 4 de febrero de 2025) establece en su artículo 3 el procedimiento para determinar el número de plazas ofertadas para estas enseñanzas, correspondiendo su tramitación a la Dirección General competente en materia de Educación Permanente.
De conformidad con lo establecido en dicho artículo, los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, Teruel y Zaragoza han remitido a la Dirección General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente la propuesta de plazas para Educación Secundaria para Personas Adultas en el curso 2025-2026 en sus distintas modalidades (presencial, semipresencial y a distancia).
Por todo lo expuesto, resuelvo:
Primero.- Establecer el número de plazas ofertadas en las enseñanzas de Educación Secundaria para Personas Adultas en el curso 2025-2026 en la Comunidad Autónoma de Aragón, en las distintas modalidades de enseñanza, según se determina en el anexo a esta Resolución.
Segundo. Publicar esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón del Gobierno de Aragón, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera deducirse.
Dicho recurso podrá interponerse a través del Servicio digital "Interposición de Recursos ante la Administración", disponible en https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion
Zaragoza, 8 de mayo de 2025.