RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2025, del Director General de Carreteras e Infraestructuras, por la que se señala fecha para el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por los expedientes de expropiación forzosa incoados con motivo de las obras de los diez Itinerarios y la duplicación de la carretera A-127, entre PK 0+000 y el PK 38+000. Tramo: Gallur - Ejea de los Caballeros. Tramo II, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA.

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El 16 de junio de 2022, el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda aprobó el Proyecto de "Duplicación de la carretera A-127, entre PK 0+000 y el PK 38+000. Tramo: Gallur - Ejea de los Caballeros. Tramo II" del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA. Clave: T-287-Z.


El 11 de octubre de 2022, el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda aprobó los diez proyectos del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA relativos a los diez itinerarios siguientes:


"Itinerario 1. Bajo Aragón, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA" Clave: PT-PEXT-ITI.01.


"Itinerario 2. Zaragoza Oeste, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA", Clave: PT-PEXT-ITI.02.


"Itinerario 3. Zaragoza Central, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA", Clave: PT-PEXT-ITI.03.


"Itinerario 4. Huesca-Monegros, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA", Clave: PT-PEXT-ITI.04.


"Itinerario 5. Jacetania Alto Gállego, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA", Clave: PT-PEXT-ITI.05.


"Itinerario 6. Sobrarbe-Ribagorza, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA" Clave: PT-PEXT-ITI.06.


"Itinerario 7. Cinca-Litera, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA" Clave: PT-PEXT-ITI.07.


"Itinerario 8. Zaragoza Norte, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA" Clave: PT-PEXT-ITI.08.


"Itinerario 9. Teruel Este-Oeste, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA" Clave: PT-PEXT-ITI.09.


"Itinerario 10. Teruel Norte-Sur, del Plan Extraordinario de Inversiones en Carreteras de la RAA" Clave: PT-PEXT-ITI.10.


La Dirección General de Carreteras acordó el 22 de marzo de 2023 abrir un periodo de información pública de los bienes y derechos afectados por la expropiación de los once proyectos mencionados.


Dichas relaciones han sido publicadas mediante anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", número 90, de 15 de mayo de 2023 (Itinerarios 1, 2 y 4), en el número 91, de 16 de mayo de 2023 (Itinerarios 3, 5, 7 y 8) y en el número 92, de 17 de mayo de 2023 (Duplicación de la carretera A-127 e Itinerarios 6, 9 y 10), sometiendo las relaciones a información pública por un plazo de veinte días y dando trámite a los interesados para que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa, pudiesen realizar las alegaciones que a su derecho conviniesen.


En el "Boletín Oficial Aragón", número 145, de 31 de julio de 2023, fue publicada corrección de errores al anuncio de información pública del itinerario número 3. En el "Boletín Oficial de Aragón", número 118, de 22 de junio de 2023, fue publicada corrección de errores al anuncio de información pública del itinerario número 4. Y en los "Boletines Oficiales de Aragón", número 100, de 29 de mayo de 2023, y número 118, de 22 de junio de 2023, fueron publicadas correcciones de errores al anuncio de información pública del itinerario número 7.


Por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de 27 de diciembre de 2023, se declaró urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por los once proyectos mencionados, a los efectos de la aplicación del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.


Por Resolución del Director de Carreteras e Infraestructuras, de 20 de marzo de 2024, se estableció que el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por los citados proyectos de obras se llevarían a cabo entre los días 6 de mayo y 31 de julio de 2024.


Por Resolución del Director de Carreteras e Infraestructuras, de 3 de julio de 2024, se modificó la Resolución de 20 de marzo de 2024 en el sentido de ampliar el plazo para el levantamiento de actas previas a la ocupación hasta el 31 de octubre de 2024.


Por Resolución del Director de Carreteras e Infraestructuras, de 25 de octubre de 2024, se modificó la Resolución de 20 de marzo de 2024 en el sentido de ampliar el plazo para el levantamiento de actas previas a la ocupación hasta el 31 de diciembre de 2024.


Habiendo surgido en varios proyectos circunstancias sobrevenidas, y en aras de la continuación del procedimiento expropiatorio y para impulsar su tramitación, de conformidad con la legislación en materia expropiatoria, la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras, resuelvo:


Primero.- Proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos de los once proyectos, cuya relación fue sometida a información pública mediante anuncios de la Dirección General de Carreteras del Gobierno de Aragón los días 15, 16 y 17 de mayo de 2023 ("Boletín Oficial de Aragón", números 90, 91 y 92, respectivamente), que se llevará a cabo hasta el 31 de diciembre de 2025 en el lugar, fecha y hora que se indiquen en las correspondientes notificaciones individuales según lo dispuesto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.


Segundo.- Las actas referidas se formalizarán en los siguientes Ayuntamientos de los municipios que se relacionan distribuidos para cada itinerario:


ITI 1.- Escatrón, Sástago, Castelserás, Torrecilla de Alcañiz, Valdealgorfa, Valjunquera, Caspe, Maella, Fabara, Fayón, Mequinenza y Nonaspe.


ITI 2.- Campillo de Aragón, Monterde, Nuévalos, Épila, Ricla, Cariñena, Tosos y Villanueva de Huerva.


ITI 3.- Mezalocha, Muel, Villanueva de Huerva, Almochuel, Azaila, Belchite, Vinaceite, Escatrón, Sástago, Castelnou, Jatiel, La Puebla de Híjar y Fuendetodos.


ITI 4.- Castejón de Monegros, Sariñena, Caspe, La Almolda y Lanaja.


ITI 5.- Murillo de Gállego, Las Peñas de Riglos, Bailo, Ansó, Huesca, Alerre y Valle de Hecho.


ITI 6.- Bonansa, Laspaúles, Montanuy, Sahún y Benasque.


ITI 7.- Monzón, Azanuy-Alins, Estada, Estadilla, Fonz, San Esteban de Litera y Binéfar.


ITI 8.- Tauste, Pradilla de Ebro, Sos del Rey Católico, Ejea de los Caballeros, Biota, Alagón, Alcalá de Ebro y Remolinos.


ITI 9.- Mirambel, Cedrillas, Corbalán, Gea de Albarracín, Albarracín, Torres de Albarracín, Noguera de Albarracín, Orihuela del Tremedal y Teruel.


ITI 10.- Mora de Rubielos, Allepuz, Jorcas, Aguilar de Alfambra, La Puebla de Valverde, Valbona, Oliete y Alloza.


Duplicación de la carretera A-127.- Ejea de los Caballeros y Tauste.


Tercero.- Al levantamiento de las actas previas a la ocupación, deberán acudir los afectados personalmente, o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando el DNI y los documentos acreditativos de la titularidad, debiendo aportar nota simple del Registro de la Propiedad, pudiendo hacerse acompañar a su costa, o si lo estiman oportuno, de sus peritos y de un Notario.


Asimismo, deberá comunicar al arrendatario o a los titulares de derechos reales o de intereses económicos sobre los bienes afectados, en el caso de que lo hubiere, que debe comparecer al mencionado acto, provisto de la documentación acreditativa de tal condición.


Al citado acto concurrirán el representante de la administración, el perito de la administración y el Alcalde del Ayuntamiento o el Concejal en quien delegue a tales efectos, pudiendo los afectados hacer uso de los derechos que les concede el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa en su párrafo 3.º.


Cuarto.- Oportunamente, se remitirán las convocatorias para cada uno de los municipios afectados, en los que se concretarán las fechas dentro del periodo indicado en el primer apartado, en el que se formalizará este trámite.


Quinto.- En aplicación del artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa se dará por concluido el expediente iniciado en los casos en que se haya convenido mutuo acuerdo.


Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados y las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hayan podido omitirse en las relaciones expuestas, podrán formular por escrito, ante la Secretaría General Técnica -Sección de Expropiaciones- del Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística (edificio Pignatelli, paseo María Agustín, 36, 3.ª planta, 50071 Zaragoza) y hasta el día del levantamiento del acta previa respectiva, cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de subsanar los posibles errores en que se haya podido incurrir al relacionar los bienes y derechos que se afectan.


Zaragoza, 7 de mayo de 2025.- El Director General de Carreteras e Infraestructuras, Miguel Ángel Arminio Pérez.

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