RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2025, del Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional, por la que se aprueban los calendarios escolares de los cursos 2025-2026 y 2026-2027 correspondientes a las enseñanzas de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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Con objeto de que los centros educativos que imparten enseñanzas de niveles no universitarios puedan realizar una mejor planificación y organización de su funcionamiento para los cursos 2025-2026 y 2026-2027, en virtud de lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, procede aprobarse el calendario escolar para dichos cursos.
En su tramitación se ha convocado la Mesa Sectorial de Educación en cuyo orden del día se trató la propuesta de calendario escolar para dichos cursos y teniendo en cuenta el informe del Consejo Escolar de Aragón, de 25 de marzo de 2025.
Visto lo anterior, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 10 del Decreto 225/2024, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:
Primero.- Objeto.
El objeto de esta Resolución es aprobar los calendarios escolares correspondientes a los cursos 2025-2026 y 2026-2027 aplicables a los centros educativos que imparten las siguientes enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Aragón:
Tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en CEIP, CPI y CRA.
Segundo ciclo de Educación Infantil.
Educación Primaria.
Educación Secundaria Obligatoria.
Educación Especial.
Bachillerato.
Grado D y E de Formación Profesional.
Educación de Personas Adultas.
Enseñanzas de Régimen Especial.
Segundo.- Actividades lectivas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria del curso 2025-2026.
Las actividades lectivas del tercer curso de las enseñanzas de primer ciclo de Educación Infantil en CEIP, CPI, y CRA, del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria se iniciarán el lunes 8 de septiembre de 2025 y finalizarán el viernes 19 de junio de 2026.
Tercero.- Actividades lectivas de Bachillerato del curso 2025-2026.
Las actividades lectivas de Bachillerato se iniciarán el miércoles 10 de septiembre de 2025 y finalizarán el viernes 19 de junio de 2026.
Cuarto.- Actividades lectivas de Grados D y E de Formación Profesional del curso 2025-2026.
Las actividades lectivas de los Grados D y E de Formación Profesional:
Modalidad presencial se iniciarán el jueves 11 de septiembre de 2025.
Modalidad semipresencial y virtual comenzarán el miércoles 1 de octubre de 2025.
Las actividades lectivas de los Grados D y E de Formación Profesional finalizarán el viernes 19 de junio de 2026. No obstante, la finalización de las actividades lectivas del Grado D de Formación Profesional podrá ser posterior si la Dirección del Servicio Provincial hubiera autorizado la realización de la formación en empresa u organismo equiparado en periodos distintos a los regulados en el Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Quinto.- Actividades lectivas de Educación de Personas Adultas del curso 2025-2026.
Las actividades lectivas de todas las enseñanzas de Educación de Personas Adultas se iniciarán el lunes 15 de septiembre de 2025 y finalizarán el viernes 19 de junio de 2026.
Sexto.- Actividades lectivas de Enseñanzas de Régimen Especial del curso 2025-2026.
Las actividades lectivas de las Enseñanzas de Régimen Especial se iniciarán y finalizarán en las siguientes fechas:
Deportivas: se iniciarán el viernes 12 de septiembre de 2025 y finalizarán el viernes 19 de junio de 2026.
Profesionales de Artes Plásticas y Diseño: se iniciarán el lunes 15 de septiembre de 2025 y finalizarán el viernes 19 de junio de 2026.
Elementales y profesionales de Música y de Danza: se iniciarán el lunes 22 de septiembre de 2025 y finalizarán el viernes 19 de junio de 2026.
Enseñanzas artísticas superiores: se iniciarán el lunes 22 de septiembre de 2025 y finalizarán el viernes 19 de junio de 2026.
Idiomas: se iniciarán el miércoles 1 de octubre de 2025 y finalizarán el viernes 19 de junio de 2026.
Séptimo.- Vacaciones escolares y otros días no lectivos para el curso 2025-2026.
Se establecen las siguientes festividades y vacaciones escolares, que tendrán el carácter de días no lectivos:
Tendrán el carácter de festividades nacionales y autonómicas los días: Lunes 13 de octubre de 2025. Fiesta nacional.
Lunes 8 de diciembre de 2025. Inmaculada Concepción.
Jueves 23 de abril de 2026. Día de Aragón.
Viernes 1 de mayo de 2026. Día Internacional de las Trabajadoras y de los Trabajadores.
Corresponden dos días como festividades locales incluidas en el calendario laboral de cada localidad, cuyas fechas comunicará el Ayuntamiento al Servicio Provincial antes del 1 de septiembre de 2025. En el supuesto de que alguna de estas festividades locales correspondiese a días no lectivos del calendario escolar, el Ayuntamiento, oído el Consejo Escolar Municipal o, en su defecto, los Consejos Escolares de los centros docentes de la localidad, señalará el día o días lectivos que los sustituyan. Si, finalizado dicho plazo, el Ayuntamiento no ha comunicado las fechas, el Servicio Provincial determinará el día o días lectivos correspondientes con objeto de homogeneizar el calendario escolar. Esta decisión será comunicada y puesta en conocimiento de los centros antes del día 30 de septiembre de 2025 para el curso escolar 2025-2026.
Se consideran vacaciones autonómicas los siguientes días: Navidad: comprenderán desde la finalización de las actividades lectivas de la mañana del viernes 19 diciembre de 2025 al martes 6 de enero de 2026, inclusive.
Semana Santa: comprenderán desde el lunes 30 de marzo de 2026 hasta el lunes 6 de abril de 2026, ambos incluidos.
Se consideran vacaciones de ámbito provincial los siguientes días: Huesca: lunes 3 de noviembre de 2025, jueves 19 y viernes 20 de febrero de 2026 y viernes 24 de abril de 2026.
Teruel: lunes 3 de noviembre de 2025, jueves 19 y viernes 20 de febrero de 2026 y viernes 24 de abril de 2026.
Zaragoza: viernes 10 de octubre de 2025; lunes 3 de noviembre 2025, viernes 6 de marzo de 2026 y viernes 24 de abril de 2026.
El Ayuntamiento de una localidad, oído el Consejo Escolar Municipal o, en su defecto, los Consejos Escolares de los centros docentes de la localidad, podrá sustituir los días determinados para cada provincia a fin de ampliar los días de las festividades locales o celebrar otras que, por tradición, le sean propias. Las fechas serán comunicadas al Servicio Provincial correspondiente antes del día 1 de septiembre de 2025 para el curso escolar 2025-2026 justificándose la festividad a celebrar.
Octavo.- Días lectivos para el curso 2025-2026.
El número total de días lectivos de cada enseñanza será:
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria: 177 días.
Bachillerato: 175 días.
Grado D y E de Formación Profesional en modalidad presencial: 174 días.
Educación de Personas Adultas: 172 días.
Enseñanzas de Régimen Especial: en las Enseñanzas Artísticas Superiores, el cómputo del período lectivo se realiza en función de los créditos correspondientes a cursar conforme establece su regulación específica.
Noveno.- Día de la Educación en Aragón del curso 2025-2026.
El "Día de la Educación en Aragón" tendrá carácter lectivo y se celebrará el viernes 27 de marzo de 2025, elegido día lectivo más cercano a la fecha de nacimiento de la filóloga y lingüista María Moliner (30 de marzo).
Décimo.- Jornada continuada reducida de mañana del curso 2025-2026.
1. Desde el lunes 8 de septiembre hasta el viernes 12 de septiembre del año 2025, ambos incluidos, así como todos los días lectivos del mes de junio de 2026 los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, desarrollarán las actividades lectivas en jornada continuada reducida de mañana, conforme a lo expuesto en los siguientes puntos:
En tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en CEIP, CPI y CRA; en el segundo ciclo de Educación Infantil, en Educación Primaria y en Educación Especial, la jornada tendrá una duración de cuatro horas lectivas para los alumnos, así como los cursos de primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria en los Colegios de Educación Infantil y Primaria y Colegios Rurales Agrupados.
El profesorado, además del horario lectivo, cumplirá el horario complementario legalmente establecido.
2. Para el curso escolar 2025-2026 durante los días lectivos del mes de septiembre desde el lunes 8 de septiembre hasta el viernes 12 de septiembre del año 2025, incluido este, así como todos los días lectivos del mes de junio, los centros sostenidos con fondos públicos que impartan la etapa de Educación Secundaria Obligatoria y que tuvieran jornada de mañana y tarde, desarrollarán las actividades lectivas en jornada continuada de mañana. Dichos centros adecuarán los módulos horarios de la jornada de mañana y tarde para desarrollar la actividad lectiva en jornada continuada de mañana sin que ello suponga una reducción de esta.
Undécimo.- Actividades lectivas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria del curso 2026-2027.
Las actividades lectivas del tercer curso de las enseñanzas de Primer ciclo de Educación Infantil en CEIP, CPI, y CRA, del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria se iniciarán el martes 8 de septiembre de 2026 y finalizarán el viernes 18 de junio de 2027.
Duodécimo.- Actividades lectivas de Bachillerato del curso 2026-2027.
Las actividades lectivas de Bachillerato se iniciarán el miércoles 9 de septiembre de 2026 y finalizarán el viernes 18 de junio de 2027.
Decimotercero.- Actividades lectivas de Grados D y E de Formación Profesional del curso 2026-2027.
Las actividades lectivas de los Grados D y E de Formación Profesional:
Modalidad presencial se iniciarán el jueves 10 de septiembre de 2026.
Modalidad semipresencial y virtual comenzarán el jueves 1 de octubre de 2026.
Las actividades lectivas de los Grados D y E de Formación Profesional finalizarán el viernes 18 de junio de 2027. No obstante, la finalización de las actividades lectivas del Grado D de Formación Profesional podrá ser posterior si la Dirección del Servicio Provincial hubiera autorizado la realización de la formación en empresa u organismo equiparado en periodos distintos a los regulados en el Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decimocuarto.- Actividades lectivas de Educación de Personas Adultas del curso 2026-2027.
Las actividades lectivas de todas las enseñanzas de Educación de Personas Adultas se iniciarán el lunes 14 de septiembre de 2026 y finalizarán el viernes 18 de junio de 2027.
Decimoquinto. Actividades lectivas de Enseñanzas de Régimen Especial del curso 2026-2027.
Las actividades lectivas de las Enseñanzas de Régimen Especial se iniciarán y finalizarán en las siguientes fechas:
Deportivas: se iniciarán el viernes 11 de septiembre de 2026 y finalizarán el viernes 18 de junio de 2027.
Profesionales de Artes Plásticas y Diseño: se iniciarán el lunes 14 de septiembre de 2026 y finalizarán el viernes 18 de junio de 2027.
Elementales y profesionales de Música y de Danza: se iniciarán el lunes 21 de septiembre de 2026 y finalizarán el viernes 18 de junio de 2027.
Enseñanzas artísticas superiores: se iniciarán el lunes 21 de septiembre de 2026 y finalizarán el viernes 18 de junio de 2027.
Idiomas: se iniciarán el jueves 1 de octubre de 2026 y finalizarán el viernes 18 de junio de 2027.
Decimosexto.- Vacaciones escolares y otros días no lectivos para el curso 2026-2027.
Se establecen las siguientes festividades y vacaciones escolares, que tendrán el carácter de días no lectivos:
Tendrán el carácter de festividades nacionales y autonómicas los días: Lunes 12 de octubre de 2026. Fiesta nacional.
Lunes 2 de noviembre de 2026. En sustitución del Día de Todos los Santos.
Lunes 7 de diciembre de 2026. En sustitución del Día de la Constitución.
Martes 8 de diciembre de 2026. Día de la Inmaculada Concepción.
Viernes 23 de abril de 2027. Día de Aragón.
Corresponden dos días como festividades locales incluidas en el calendario laboral de cada localidad, cuyas fechas el Ayuntamiento comunicará al Servicio Provincial antes del 1 de septiembre de 2026. En el supuesto de que alguna de estas festividades locales correspondiese a días no lectivos del calendario escolar, el Ayuntamiento, oído el Consejo Escolar Municipal o, en su defecto, los Consejos Escolares de los centros docentes de la localidad, señalará el día o días lectivos que los sustituyan. Si, finalizado dicho plazo, el Ayuntamiento no ha comunicado las fechas, el Servicio Provincial determinará el día o días lectivos correspondientes con objeto de homogeneizar el calendario escolar. Esta decisión será comunicada y puesta en conocimiento de los centros antes del día 30 de septiembre de 2026 para el curso escolar 2026-2027.
Se consideran vacaciones autonómicas los siguientes días: Navidad: comprenderán desde la finalización de las actividades lectivas de la mañana del martes 22 de diciembre de 2026 al miércoles 6 de enero de 2027, inclusive.
Semana Santa: comprenderán desde el jueves 25 de marzo hasta el viernes 2 de abril de 2027, ambos incluidos.
Se consideran vacaciones de ámbito provincial los siguientes días: Huesca: jueves 18 y viernes 19 de febrero de 2027 y lunes 3 de mayo de 2027.
Teruel: jueves 18 y viernes 19 de febrero de 2027 y lunes 26 de abril de 2027.
Zaragoza: martes 13 y miércoles 14 de octubre de 2026 y lunes 3 de mayo de 2027.
El Ayuntamiento de una localidad, oído el Consejo Escolar Municipal o, en su defecto, los Consejos Escolares de los centros docentes de la localidad, podrá sustituir los días determinados para cada provincia a fin de ampliar los días de las festividades locales o celebrar otras que, por tradición, le sean propias. Las fechas serán comunicadas al Servicio Provincial correspondiente antes del día 1 de septiembre de 2026 para el curso escolar 2026-2027 justificándose la festividad a celebrar.
Decimoséptimo.- Días lectivos para el curso 2026-2027.
El número total de días lectivos de cada enseñanza será:
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria: 176 días.
Bachillerato: 174 días.
Grado D y E de Formación Profesional en modalidad presencial: 173 días.
Educación de Personas Adultas: 171 días.
Enseñanzas de Régimen Especial: en las Enseñanzas Artísticas Superiores, el cómputo del período lectivo se realiza en función de los créditos correspondientes a cursar conforme establece su regulación específica.
Decimoctavo.- Día de la Educación en Aragón.
El "Día de la Educación en Aragón" tendrá carácter lectivo y se celebrará el miércoles 24 de marzo para el curso escolar 2026-2027, elegido como día lectivo cercano a la fecha de nacimiento de la filóloga y lingüista María Moliner (30 de marzo).
Decimonoveno.- Jornada continuada reducida de mañana.
Desde el martes 8 de septiembre hasta el martes 15 de septiembre de 2026, ambos incluidos, así como todos los días lectivos del mes de junio de 2027 los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, desarrollarán las actividades lectivas en jornada continuada reducida de mañana, conforme a lo expuesto en los siguientes puntos: En tercer curso del primer ciclo de Educación infantil en CEIP, CPI y CRA; en el segundo ciclo de Educación Infantil, en Educación Primaria y en Educación Especial, la jornada tendrá una duración de cuatro horas lectivas para los alumnos, así como los cursos de primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria en los Colegios de Educación Infantil y Primaria y Colegios Rurales Agrupados.
El profesorado, además del horario lectivo, cumplirá el horario complementario legalmente establecido.
Para el curso escolar 2026-2027 desde el martes 8 de septiembre hasta el martes 15 de septiembre de 2026, incluido este, así como todos los días lectivos del mes de junio de 2027, los centros sostenidos con fondos públicos que impartan la etapa de Educación Secundaria Obligatoria y que tuvieran jornada de mañana y tarde, desarrollarán las actividades lectivas en jornada continuada de mañana. Dichos centros adecuarán los módulos horarios de la jornada de mañana y tarde para desarrollar la actividad lectiva en jornada continuada de mañana sin que ello suponga una reducción de esta.
Vigésimo.- Viajes de estudio y salidas.
Los viajes de estudio, así como las salidas y visitas correspondientes a actividades que se vayan a realizar fuera del centro, podrán tener lugar en período lectivo, previa aprobación del Consejo Escolar del centro. La duración de los viajes de estudio no podrá afectar a más de cinco días lectivos y deberá ponerse en conocimiento de la Inspección educativa del respectivo Servicio Provincial.
Vigesimoprimero.- Competencias Servicios Provinciales.
Los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Inspección educativa, velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Vigesimosegundo.- Cumplimiento y publicidad.
Los centros educativos podrán realizar modificaciones al calendario escolar mediante solicitud expresa de la dirección del Centro, a propuesta motivada del Consejo Escolar u órgano competente del centro, que deberá ser autorizada por la persona titular de la dirección del Servicio Provincial correspondiente, al menos con un mes de antelación a la fecha que se pretenda modificar, salvo que por causa de fuerza mayor se justifique la urgencia de su tramitación.
El comienzo y final de las actividades docentes se determina a través de las correspondientes órdenes de organización y funcionamiento, así como de las Instrucciones para el inicio del curso que elabore la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
Cada centro educativo deberá exponer en el tablón de anuncios u otro lugar visible del centro un ejemplar del calendario escolar.
Zaragoza, 29 de abril de 2025.