ORDEN ECD/457/2025 de 25 de abril, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Madre María Rosa Molas" de Zaragoza.
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Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Madre María Rosa Molas", código 50005537, ubicado en la calle Vía Ibérica, número 25, de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización para la ampliación de una unidad de primer ciclo de Educación Infantil.
Vistos los informes emitidos por la Unidad de Proyectos y Obras del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados, así como los emitidos por la Inspección de Educación sobre la adecuación del equipamiento y material didáctico.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y en virtud de las competencias previstas en el Decreto 225/2024, de 27 de diciembre del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, modificado por Decreto 30/2025, de 26 de marzo, actuando por delegación de acuerdo con la Orden ECU/201/2024, de 23 de febrero, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional el ejercicio de la competencia para conceder la autorización de apertura y funcionamiento, así como el de la modificación y extinción de la autorización, respecto de los centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:
Primero.- Modificar la autorización del Centro Docente Privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
Denominación específica: "Madre María Rosa Molas".
Titular: Hermanas de Nuestra Señora de la Consolación.
Código: 50005537.
Domicilio: Vía Ibérica, número 25.
Localidad: Zaragoza.
Municipio: Zaragoza.
Provincia: Zaragoza.
Enseñanzas que se autorizan:
Ampliación del primer ciclo de Educación Infantil: De 0 a 1 años, 1 unidad y 8 puestos escolares.
Como resultado de dicha modificación el centro queda configurado de la siguiente forma:
Centro Madre María Rosa Molas
Educación Infantil 1er Ciclo
4 unidades / 61 ppee
Educación Infantil 2.º Ciclo
9 unidades / 225 ppee
Educación Primaria
18 unidades / 450 ppee
Educación Secundaria Obligatoria
12 unidades / 360 ppee
Bachillerato-modalidades
Ciencias
2 unidades / 70 ppee
Humanidades y Ciencias Sociales
2 unidades / 70 ppee
Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.
Tercero.- La presente Orden surtirá efectos a partir del curso escolar 2025/2026, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Cuarto.- La modificación de la autorización de este centro no implica la modificación de las unidades concertadas.
Quinto.- El centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Sexto.- Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. El recurso potestativo de reposición deberá interponerse electrónicamente, a través del Servicio de Soporte a la Tramitación ( https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion
Zaragoza, 25 de abril de 2025.