RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2025, de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud, por la que se convocan plazas para participar en el programa "Actividades en vacaciones 2025".

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La Ley Orgánica 5/2007, de 20 abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, atribuye, en su artículo 71.38.ª, la competencia exclusiva en materia de juventud a la Comunidad Autónoma de Aragón.


La competencia en materia de juventud corresponde actualmente al Departamento de Bienestar Social y Familia, al que queda adscrito el Instituto Aragonés de la Juventud, creado por Ley 19/2001, de 4 de diciembre, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2 del Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.


La Ley 19/2001, de 4 de diciembre, del Instituto Aragonés de la Juventud, le asigna, entre otras, la función de potenciar el desarrollo de actividades de tiempo libre de los jóvenes.


La Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón, modificada por la Ley 12/2023, de 30 de marzo, en su artículo 11 atribuye al Instituto Aragonés de la Juventud la competencia para contribuir con todas las administraciones y entidades públicas y privadas al desarrollo de las políticas integrales de juventud, fomentar las relaciones institucionales y la cooperación con los organismos encargados de las políticas de juventud con otras Comunidades Autónomas, potenciar el desarrollo de las actividades de tiempo libre de las personas jóvenes, así como potenciar instalaciones juveniles que presten servicio a los jóvenes, facilitándoles su formación, alojamiento, participación en actividades sociales y culturales que promuevan una adecuada utilización del tiempo libre impulsando la convivencia juvenil.


El Instituto Aragonés de la Juventud, consciente de la necesidad de ofrecer actividades lúdicas y educativas de tiempo libre dirigidas a jóvenes en los periodos de vacaciones escolares, viene realizando la convocatoria de plazas en actividades de tiempo libre durante el verano bajo la denominación genérica de Programa "Actividades en Vacaciones", dirigidas a jóvenes entre 10 y 17 años.


En consecuencia, mediante la presente Resolución, se convoca la oferta de plazas para participar en el Programa "Actividades en Vacaciones 2025", con sujeción a las siguientes bases:


Primera.- Objeto.


1. El objeto de la presente Resolución es convocar plazas para la participación en las actividades de tiempo libre incluidas en el Programa "Actividades en Vacaciones 2025", que se desarrollan durante los meses de julio y agosto del presente año.


2. Las plazas convocadas se podrán consultar en la web del Instituto Aragonés de la Juventud, accediendo desde el siguiente enlace Vacaciones 2025


Segunda.- Requisitos de los participantes.


Podrán participar en este programa, las personas jóvenes nacidas y/o empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, con edades comprendidas entre los 10 y los 17 años.


Tercera.- Duración.


Las actividades tendrán una duración de diez días naturales, salvo que se indique otro plazo de duración en la ficha informativa de cada actividad que será publicada en la web del Instituto Aragonés de la Juventud, accediendo desde el siguiente enlace Vacaciones 2025


Cuarta.- Condiciones.


Las actividades juveniles de tiempo libre tendrán las siguientes características generales:


La organización técnica corresponderá a las empresas o entidades que hayan resultado o resulten adjudicatarias en la correspondiente licitación.


La actividad incluye el transporte de ida y vuelta de todos los/las participantes.


Para el traslado a la actividad se establece como punto de partida la ciudad de Zaragoza. Cuando la ruta hacia el destino pase por alguna de las otras capitales de provincia, el autobús podrá recoger y dejar a los/las posibles participantes.


El alojamiento será en régimen de pensión completa.


El equipo directivo de cada actividad será dimensionado en razón de, al menos, un monitor por cada diez participantes.


Los/as participantes dispondrán de un seguro de accidentes y responsabilidad civil.


En los supuestos de abandono voluntario de la actividad será responsabilidad del/ de la participante y de los/las padres/madres o tutores/as legales, la organización de los traslados, así como los gastos que se ocasionen.


Quinta.- Cuota de inscripción.


1. La cuota de inscripción de cada actividad es la que será la indicada en la tabla de actividades en vacaciones que se publicará en la web del Instituto Aragonés de la Juventud Vacaciones 2025


2. Se realizará un descuento del 25% en la cuota de inscripción a aquellos/as participantes que presenten el Carné Joven Europeo en vigor.


Sexta.- Procedimiento y fases de inscripción.


1. Fase de preinscripción.


El plazo de preinscripción comenzará el día 13 de mayo de 2025, y concluirá el día 19 de mayo de 2025, ambos incluidos.


Las solicitudes para participar en el Programa "Actividades en Vacaciones 2025", se presentarán electrónicamente, a través de la aplicación informática ACVA del Instituto Aragonés de la Juventud, cuyo enlace estará disponible en la Sede electrónica del Gobierno de Aragón https://www.aragon.es/tramites


El enlace para su presentación también estará disponible en la página web del Instituto Aragonés de la Juventud Vacaciones 2025


Las solicitudes deberán formalizarse por el/la representante legal, padre/madre o tutor/a legal, de la persona menor de edad. Asimismo, la persona solicitante podrá autorizar al Instituto Aragonés de la Juventud para la consulta y verificación de datos relativos al cumplimiento de los requisitos contemplados en la presente resolución. En el caso de que la persona solicitante no consistiera las consultas referidas, deberá aportar los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos establecidos.


La solicitud de preinscripción será única y en ella se podrán solicitar, por orden de preferencia, hasta un máximo de dos actividades de tal manera que, si no se consigue plaza en la primera actividad se adjudicará plaza en la segunda, siempre que haya disponibilidad de plazas.


La solicitud de preinscripción podrá ser consultada, modificada o eliminada en cualquier momento por las personas solicitantes, siempre que el proceso de preinscripción se encuentre abierto según los plazos establecidos, pero no se podrán realizar modificaciones fuera de estos plazos, o una vez validada y pasada la solicitud a fase de sorteo.


Una vez completado el proceso de preinscripción, la aplicación generará un documento (formulario de preinscripción en pdf) descargable e imprimible, conteniendo los datos aportados de la persona participante y de su representante, en su caso, así como el número asignado para participar en el sorteo de las plazas.


Las solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos en esta resolución, hayan completado correctamente el proceso de preinscripción, recibirán una comunicación a la dirección de correo electrónico designada en su solicitud, con la confirmación de su participación en la convocatoria.


Previamente a la fase de sorteo, se publicará en la página web del Instituto Aragonés de la Juventud Vacaciones 2025


2. Fase de sorteo, adjudicación de plazas y generación de listas de espera.


Concluido el plazo de preinscripción, el Instituto Aragonés de la Juventud realizará un sorteo en acto público, mediante la extracción de un número al azar a través de aplicación informática.


El sorteo se celebrará en acto público el día 22 de mayo de 2025, a las 11 horas, en la Sede del Instituto Aragonés de la Juventud, situada en la calle Franco y López, 4 de Zaragoza.


Una vez celebrado el sorteo, se publicará en el portal web del Instituto Aragonés de la Juventud Vacaciones 2025


Una vez realizado el sorteo y determinado ese número, el proceso de adjudicación de plazas comenzará por la solicitud cuyo número de preinscripción coincida con el obtenido en el sorteo. La adjudicación de la plaza a cada persona solicitante se realizará de acuerdo al orden de preferencia expresado en la preinscripción.


Durante este proceso de adjudicación de plazas, en el caso de que no hubiera ninguna vacante en ninguna de las dos opciones solicitadas, se continuará con el/la siguiente solicitante, en el orden establecido.


Las personas solicitantes que hayan obtenido plaza en una actividad recibirán una comunicación a la dirección de correo electrónico designada en su solicitud, con indicación de la adjudicación de la plaza y el enlace web en el que podrán acceder a las instrucciones para formalizar la inscripción.


Finalizada la adjudicación de plazas se creará una lista de espera por cada actividad, para cuya elaboración se tendrá en cuenta el número de la preinscripción presentada, el número obtenido en el sorteo y las dos actividades solicitadas.


Las personas solicitantes que, no obteniendo plaza, han quedado en lista de espera, recibirán una comunicación a la dirección de correo electrónico designada en su solicitud, con esta indicación y el enlace web en el que podrán acceder a la consulta de su posición en las listas de espera generadas tras la adjudicación de las plazas.


3. Fase de inscripción. Formalización de la plaza.


El plazo de inscripción comenzará el día 23 de mayo de 2025, y concluirá el día 27 de mayo de 2025, ambos incluidos.


Las personas solicitantes a las que se haya adjudicado plaza tras el sorteo deberán formalizar la inscripción a través de la aplicación informática ACVA, cuyo acceso estará disponible en la página web del Instituto Aragonés de la Juventud, a la que se puede acceder desde el siguiente enlace Vacaciones 2025


La inscripción sólo se entenderá realizada con la aportación a través de la aplicación ACVA, de la siguiente documentación:


Formulario de solicitud de participación en el Programa Actividades en Vacaciones 2025 firmado electrónicamente o, en el caso de no disponer certificado electrónico, firmado manualmente y adjunto mediante documento pdf.


Formulario de datos de salud de la persona participante firmado electrónicamente o, en el caso de no disponer certificado electrónico, firmado manualmente y adjunto mediante documento pdf.


Justificante bancario que acredite el abono de la cuota que corresponda a cada actividad.


Fotocopia del Carné Joven en el caso de haber realizado el pago de la cuota bonificada.


Las personas que hayan formalizado correctamente la inscripción en la plaza adjudicada, recibirán una comunicación de confirmación de la misma en la dirección de correo electrónico designada en su solicitud.


Transcurrido el plazo máximo indicado en esta resolución para realizar el trámite de inscripción en la plaza adjudicada, los/as participantes que no hubieran formalizado la misma mediante el pago de la cuota correspondiente y la aportación de la documentación requerida, se entenderá que renuncian a la plaza adjudicada, perdiendo el derecho a la misma.


La plaza es intransferible, de manera que la no coincidencia de los datos personales a la hora de formalizar la inscripción, podrá dar lugar a la pérdida del derecho a la plaza adjudicada.


4. Fase de adjudicación por lista de espera.


Finalizado el proceso de inscripción de las plazas adjudicadas tras el sorteo y en el caso de que resultaran plazas vacantes, se recurrirá a las listas de espera generadas por la aplicación para la adjudicación de las mismas hasta su cobertura total.


Las personas solicitantes que, formando parte de la lista de espera, obtengan una plaza, recibirán una comunicación a la dirección de correo electrónico designada en su solicitud, con indicación de la adjudicación de la plaza y el enlace web en el que podrán acceder a las instrucciones para formalizar la inscripción.


La formalización de la inscripción de las adjudicaciones desde la lista de espera se realizará a través de la aplicación ACVA en un plazo máximo de 48 horas desde la recepción de la comunicación anterior.


Las personas que hayan realizado correctamente la inscripción en la plaza adjudicada, recibirán una comunicación de confirmación a la dirección de correo electrónico designada en su solicitud.


Transcurrido el plazo máximo para realizar el trámite de inscripción en la plaza adjudicada desde la lista de espera, quienes no hubieran formalizado su plaza mediante el pago de la cuota correspondiente y la aportación de la documentación requerida según las instrucciones de formalización, se entenderá que renuncian a la plaza, perdiendo el derecho a la misma.


Séptima.- Devolución de cuotas.


La devolución de las cuotas de inscripción de cada actividad únicamente procederá si se diese alguno de los siguientes supuestos:


Por enfermedad grave o fallecimiento del/de la solicitante, en cuyo caso se deberá aportar un certificado médico oficial debidamente cumplimentado y firmado.


Por enfermedad muy grave o fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, en cuyo caso tendrán derecho a la devolución del 80% de la misma, y se deberá acreditar con un certificado médico oficial que se adjuntará debidamente cumplimentado y firmado.


Por suspensión de la actividad juvenil de tiempo libre.


La renuncia a la plaza formalizada deberá comunicarse de inmediato al Instituto Aragonés de la Juventud, por Registro General del Gobierno de Aragón, preferentemente electrónico, indicando el nombre y apellidos de la persona participante, el nombre de la actividad y el motivo de su renuncia, aportando el certificado médico oficial según el caso. Con el fin de agilizar la tramitación de la renuncia se enviará copia de la documentación registrada por correo electrónico a actividades.iaj@aragon.es


El Instituto Aragonés de la Juventud resolverá sobre la procedencia de la devolución, lo comunicará a la persona interesada e informará a la entidad responsable de la actividad para su tramitación.


En ningún caso se devolverá la cuota cuando las razones alegadas sean como consecuencia de los rendimientos académicos en los diferentes niveles educativos de los/as beneficiarios/as de las plazas, así como la obtención de plazas en otro tipo de actividad, curso o similar.


Octava.- Obligaciones de los/as beneficiarios.


Las personas jóvenes beneficiarias de dichas actividades quedan obligadas a:


1. Presentarse en el lugar de salida y comienzo de la actividad con 15 minutos de antelación respecto de la hora establecida con la documentación requerida:


DNI (original).


Tarjeta de la Seguridad Social u otro documento justificativo de asistencia médica privada (original).


Certificado/Informe médico en el caso de estar tomando alguna medicación, precisar algún control o tratamiento, o llevar una dieta especial.


2. Incorporarse y regresar a la actividad por los medios y en los plazos establecidos en la programación de la actividad.


3. Comunicar de manera motivada al Instituto Aragonés de la Juventud en el caso de que la persona participante precise desplazarse por sus propios medios. En todo caso, para realizar estos traslados se deberán respetar los horarios establecidos de incorporación y/o salida de la actividad.


4. Los/as participantes no podrán abandonar la actividad antes de su finalización sin que se personen sus padres/madres o quienes les sustituyan en el ejercicio de las funciones propias de la patria potestad o de la autoridad familiar.


5. Cumplir con las normas de participación y convivencia establecidas por el Instituto Aragonés de la Juventud y publicadas en su web enlace a la web y las de la entidad responsable de la actividad, así como las normas de régimen interno de las diferentes instalaciones donde se realice la actividad. En caso contrario, se podrá dar por finalizada su participación en la actividad.


6. Mantener durante el desarrollo de la actividad un comportamiento correcto con los/as compañeros/as y acompañantes, no provocando situaciones que deterioren la convivencia.


7. Toda responsabilidad legal que pudiera derivarse de los actos u omisiones de los/as usuarios de las instalaciones recaerá individualmente sobre éstos/as, quedando exento el Instituto Aragonés de la Juventud frente a posibles reclamaciones de terceros.


Novena.- Aceptación de las bases.


La presentación de la solicitud de participación en este Programa de "Actividades en Vacaciones 2025", implica la aceptación de las bases establecidas en la presente convocatoria.


Décima.- Recursos administrativos.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Bienestar Social y en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.


Zaragoza, 22 de abril de 2025.

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