ORDEN MAT/453/2025, de 28 de abril, por la que se modifica el plazo de presentación de la documentación justificativa y se abre el plazo de presentación de solicitudes para nuevos municipios afectados, respecto de la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, conjunta de los Departamentos de Medio Ambiente y Turismo y de Hacienda, Interior y Administración Pública, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria anticipada de las subvenciones destinadas a reparar los daños materiales ocasionados en los establecimientos de alojamiento y complejos turísticos como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros de noviembre de 2024.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.


El Gobierno de Aragón ha aprobado el Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 218, de 8 de noviembre del 2024, con el objeto de adoptar las medidas necesarias para reparar en el territorio de Aragón los daños causados y las pérdidas producidas como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 29 de agosto y 9 de septiembre de 2024, y entre los días 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024, así como facilitar la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas por las mismas.


El citado Decreto-ley identifica los sucesos y los municipios afectados que resultan destinatarios de las medidas adoptadas y en su artículo 2 concreta el ámbito territorial de aplicación señalando lo siguiente:


Las medidas previstas en este Decreto-ley se aplicarán en los términos municipales o espacios naturales protegidos afectados por las lluvias torrenciales que justifican esta disposición, que se concretan en los anexos 1 y 2 de este texto legal, según su delimitación temporal.


A los efectos de la realización de las actuaciones reparadoras se entenderán también incluidos otros términos municipales o núcleos de población en los que, para la correcta ejecución de las obras necesarias, sea imprescindible realizar actuaciones por los órganos competentes.


Por otra parte, en su disposición final segunda se faculta al Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública para que, mediante Orden, pueda modificar el listado de los municipios, núcleos de población y, en su caso, espacios naturales protegidos, afectados por las lluvias torrenciales que vienen incluidos en el ámbito territorial del Decreto-ley a través de sus anexos 1 y 2, en función de la evolución de los daños producidos que se pudieran identificar con posterioridad a la aprobación de esta norma.


De acuerdo con dicha facultad, tras haberse identificado otros términos municipales que se han visto afectados y que deben ser igualmente destinatarios de las medidas previstas, se dicta la Orden HAP/1362/2024, de 14 de noviembre, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 223, de 15 de noviembre de 2024, por la que se modifican los anexos 1 y 2 del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, añadiéndose más municipios a los ya existentes.


Entre las medidas contempladas en el citado Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se incluye expresamente la convocatoria de subvenciones para resarcir los daños ocasionados a establecimientos industriales, comerciales turísticos y mercantiles (artículo 3.1.e) Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre).


De acuerdo con lo anterior, se aprueba conjuntamente por el Departamento de Medio Ambiente y Turismo y el Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública, la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria anticipada de las subvenciones destinadas a reparar los daños materiales ocasionados en los establecimientos de alojamiento y complejos turísticos como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros de noviembre de 2024


En el artículo 1.2 de dicha Orden MAT/1366/2024, se determina que su ámbito de aplicación se extiende a los términos municipales que se concretan en los anexos del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre.


Por su parte, el artículo 7 de dicha Orden MAT/1366/2024, determina que el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria den el "Boletín Oficial de Aragón"


Conforme a ello, el citado plazo dio comienzo el 16 de noviembre de 2024 y finalizó el día 15 de enero de 2025, durante el cual pudieron presentar solicitudes tanto las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de alojamiento y complejos turísticos como para propietarios de los edificios locales o instalaciones en los que se desarrollen las actividades de dicho establecimiento, excepto de viviendas de uso turístico, que se encontrasen ubicados en los municipios recogidos en los anexos 1 y 2 del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, incluidos los municipios añadidos mediante Orden HAP/1362/2024, de 14 de noviembre.


Con posterioridad, y una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes a las subvenciones reguladas en la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, se han identificado otros términos municipales que se han visto afectados y que deberían ser igualmente destinatarios de las medidas previstas en el Decreto-Ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por lo que mediante Orden HAP/132/2025, de 31 de enero, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 10 de febrero de 2025, se modifican los listados que se incorporan como anexos 1 y 2 del citado Decreto-ley 2/2024, añadiendo a los municipios ya existentes los que se incluyen como anexos 1 y 2 a dicha Orden HAP/132/2025.


Como consecuencia de la reciente ampliación de los términos municipales incluidos en los anexos del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, respecto de la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, resulta necesario abrir un plazo de presentación de solicitudes tanto para aquellas personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de alojamiento y complejos turísticos como para propietarios de los edificios locales o instalaciones en los que se desarrollen las actividades de dicho establecimiento, excepto de viviendas de uso turístico y se encuentren ubicados en los nuevos municipios añadidos, cuya relación concreta e individualizada se recoge en el anexo 1 de Orden HAP/132/2025, de 31 de enero, dado que resulta suficiente para incorporar las localidades afectadas.


Por otro lado, en el artículo 14.3 de la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, se establece el plazo para la entrega de la documentación justificativa de las ayudas que será el 15 de octubre de 2025


En virtud de todo lo expuesto, y de acuerdo con la disposición final primera del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, que faculta a quienes sean titulares de los Departamentos de Presidencia, Economía y Justicia; de Hacienda, Interior y Administración Pública; de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial; de Agricultura, Ganadería y Alimentación; y de Medio Ambiente y Turismo para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo previsto en ese Decreto-ley; así como la disposición adicional única de la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, que habilita al Consejero de Medio Ambiente y Turismo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la interpretación y aplicación de las previsiones contenidas en esa Orden, resuelvo:


Primero.- En relación con la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria anticipada de las subvenciones destinadas a reparar los daños materiales ocasionados en los establecimientos de alojamiento y complejos turísticos como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros de noviembre de 2024, dispongo:


Abrir plazo para la presentación de solicitudes personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de alojamiento y complejos turísticos como para propietarios de los edificios locales o instalaciones en los que se desarrollen las actividades de dicho establecimiento, excepto de viviendas de uso turístico, que hayan sufrido daños y pérdidas como consecuencia de las lluvias torrenciales producidas entre los días 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024, y que se encuentren ubicadas en alguno de los nuevos municipios añadidos en el anexo 1 del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, cuya relación concreta e individualizada se recoge en la Orden HAP/132/2025, de 31 de enero (publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 27, del 10 de febrero de 2025).


Las solicitudes serán presentadas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón",


Resultará de aplicación a estas solicitudes la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, así como el resto de normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


Segundo.- Modificar el plazo de justificación de las ayudas.


Se modifica el Artículo 14.3 de la Orden MAT/1366/2024, de 14 de noviembre, con la siguiente redacción:


"3. el plazo para la entrega de la documentación justificativa de las ayudas será el 1 de diciembre de 2025".


Tercero.- Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".


Contra esta Orden, que pone fín a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente y Turismo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente sin que ambos puedan simultanearse, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Ofcial de Aragón", y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.


Zaragoza, 28 de abril de 2025.

1009503 {"title":"ORDEN MAT\/453\/2025, de 28 de abril, por la que se modifica el plazo de presentación de la documentación justificativa y se abre el plazo de presentación de solicitudes para nuevos municipios afectados, respecto de la Orden MAT\/1366\/2024, de 14 de noviembre, conjunta de los Departamentos de Medio Ambiente y Turismo y de Hacienda, Interior y Administración Pública, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria anticipada de las subvenciones destinadas a reparar los daños materiales ocasionados en los establecimientos de alojamiento y complejos turísticos como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros de noviembre de 2024.","published_date":"2025-05-07","region":"aragon","region_text":"Aragón","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-aragon.png","id":"1009503"} aragon BOA;BOA 2025 nº 85;Departamento de medio ambiente y turismo;Orden;Otras disposiciones y acuerdos https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/aragon/boa/2025-05-07/1009503-orden-mat-453-2025-28-abril-se-modifica-plazo-presentacion-documentacion-justificativa-se-abre-plazo-presentacion-solicitudes-nuevos-municipios-afectados-respecto-orden-mat-1366-2024-14-noviembre-conjunta-departamentos-medio-ambiente-turismo-hacienda-interior-administracion-publica-se-establecen-bases-reguladoras-se-aprueba-convocatoria-anticipada-subvenciones-destinadas-reparar-danos-materiales-ocasionados-establecimientos-alojamiento-complejos-turisticos-como-consecuencia-lluvias-torrenciales-finales-agosto-principios-septiembre-2024-ultimos-dias-mes-octubre-primeros-noviembre-2024 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.