RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2025, del Director General de la Función Pública, por la que se amplía la relación de las personas que han superado el proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo de la categoría profesional de Personal Especializado de Servicios Domésticos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (Código de convocatoria 240007).
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Por Resolución de 21 de marzo de 2024, del Director General de la Función Pública, se convocaron pruebas selectivas para ingreso como personal laboral fijo de la categoría profesional de Personal de Servicios Auxiliares de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Por Resolución de 23 de enero de 2025, del Director General de la Función Pública, se hizo público el nombre de las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo ("Boletín Oficial de Aragón", número 22, de 3 de febrero de 2025).
Cuatro de las personas aspirantes incluidas en la citada resolución no reúnen los requisitos para continuar en el proceso selectivo.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en las bases 1.2 y 10 de la convocatoria, se amplía la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo señalado hasta alcanzar el número de plazas convocadas, conforme al acuerdo del Tribunal calificador de las pruebas selectivas, de 17 de enero de 2025.
Barrera Soriano, Esperanza
73,66
Blasco Ejarque, Alicia
73,66
Martí Jordán, Francisca Victoria
73,66
Cordero Gálvez, Alegría
73,66
En cumplimiento de lo dispuesto en la base 9 de la convocatoria, se declara la apertura de un plazo de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" para que las personas aspirantes aprobadas aporten ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en la convocatoria. Dentro del mismo plazo de veinte días naturales, recibirán una citación para someterse al reconocimiento médico previo al ingreso, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y en el artículo 81 del VIII del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Si dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que alguna de las personas aspirantes carece de uno o varios de los requisitos señalados en la convocatoria, no podrá ser contratada en régimen laboral con carácter indefinido, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refieren, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
Zaragoza, 3 de abril de 2025.