EXTRACTO de la Orden BSF/371/2025, de 24 de marzo, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas individuales para personas con grado de discapacidad y personas en situación de dependencia, para 2025.
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BDNS (Identif.): 824324.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/824324
Primero.- Beneficiarios.
Podrán solicitar estas ayudas, las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33% y/o personas en situación de dependencia con grado II y III reconocida.
Segundo.- Objeto.
La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas individuales a favor de personas con discapacidad y/o personas en situación de dependencia, para la adquisición de prestaciones tecnológicas, ayudas técnicas y adaptaciones en el hogar y para la accesibilidad universal.
Las ayudas financiarán los gastos producidos y justificados desde el 29 de mayo de 2024, hasta la fecha de finalización del plazo de solicitud.
Tercero.- Bases reguladoras.
Aprobadas por Orden CDS/329/2023, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del Instituto Aragonés de Servicios Sociales ("Boletín Oficial de Aragón", número 62, de 30 de marzo de 2023) y el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón.
Cuarto.- Cuantía.
El importe total de la convocatoria para el año 2025 es de 549.132,28 euros, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, para el ejercicio 2025:
G/3132/480159/91002: 270.000,00 euros.
G/3132/780095/91002: 279.132,28 euros.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Sexto.- Otros datos.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la factura original del gasto realizado, que justificará el coste de la ayuda solicitada. El gasto correspondiente a transporte se presentará mediante certificado del centro o, en su caso, conforme al modelo anexo a la orden de convocatoria.
Zaragoza, 24 de marzo de 2025.- La Consejera de Bienestar Social y Familia, Carmen María Susín Gabarre.