RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2025, de la Directora General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia el procedimiento para la declaración de la Iglesia de San Bartolomé y la Casa Abacial, en la localidad de San Vicente, en el término municipal de Caldearenas (Huesca), como Bien Inventariado del Patrimonio Cultural Aragonés.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.


La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece en el artículo 11 que los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés se clasifican en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados. Y, en el artículo 14, que los Bienes Culturales que no tengan la consideración de Bienes de Interés Cultural o de Bienes Catalogados formarán parte también del Patrimonio Cultural Aragonés. Se denominarán Bienes Inventariados del Patrimonio Cultural Aragonés y serán incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural Aragonés.


El expediente se inició de oficio tras sugerencia del Justicia de Aragón para estudio y protección cultural del inmueble. Analizados los valores culturales y patrimoniales, por su interés histórico, la homogeneidad del conjunto y su integración en el paisaje, se considera adecuada su protección como Bien Inventariado del Patrimonio Cultural Aragonés y por tanto su inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural Aragonés. Asimismo, se establece su delimitación provisional en el plano que se recoge como anexo II de esta Resolución.


La declaración de un Bien Inventariado del Patrimonio Cultural Aragonés requiere la previa tramitación del procedimiento administrativo que ahora se inicia y que se ha de resolver en un plazo máximo de tres meses. Su caducidad puede ser solicitada por su propietario una vez transcurrido dicho plazo y se producirá si dentro de los tres meses siguientes a esa solicitud la Administración no dicta resolución, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés.


Por todo ello, la Directora General de Patrimonio Cultural, resuelve:


Primero.- Iniciar procedimiento administrativo para la declaración de la Iglesia de San Bartoloné y la casa Abacial en San Vicente, término municipal de Caldearenas (Huesca), como Bien Inventariado del Patrimonio Cultural Aragonés y su inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural Aragonés, de acuerdo con la descripción recogida en el anexo I, las medidas de tutela del anexo II y con el plano de delimitación provisional que se publica como anexo III.


Esta incoación conlleva la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección establecido para los Bienes Inventariados del Patrimonio Cultural Aragonés en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.


Segundo.- Publicar en el "Boletín Oficial de Aragón" el inicio del procedimiento y notificarlo a los interesados y al Ayuntamiento de Caldearenas (Huesca), concediéndoles un trámite de audiencia de quince días hábiles, de acuerdo con el artículo, 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el cual podrán examinar dicho expediente en las oficinas de esta Dirección General de Patrimonio Cultural (avenida Ranillas, 5 D, de Zaragoza), de lunes a viernes, o de manera telemática, para las personas que lo soliciten, a través de medios electrónicos. Igualmente, dentro de dicho plazo, podrán formularse las alegaciones y presentar documentos que se estimen oportunos, dirigiéndose a la Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en la dirección antes indicada.


ANEXO I. Descripción de la Iglesia de San Bartolomé y la Casa Abacial, en la localidad de San Vicente, en el término municipal de Caldearenas (Huesca).


La Iglesia de San Bartolomé se sitúa a las afueras de la localidad de San Vicente, al sur, sobre un promontorio, junto al cementerio. Adosada, en su lado oeste, se encuentra la Casa Abacial. Ambos inmuebles constituyen una manzana asilada, rodeada de cultivos y huertos, perfectamente reconocible desde el entorno cercano.


El templo es de nave única con ábside semicircular en la cabecera y capillas de escasa profundidad entre los contrafuertes. Originariamente románico, del siglo XII, se reforma en el siglo XVII su nave, que se cubre con bóveda de lunetos, y se incorporan de nuevos elementos, como una torre sobre el ábside, una sacristía en su cara sur, y una casa abadía a sus pies.


Sobre las bóvedas de la nave de la iglesia, se encuentra la estructura de madera de la cubierta, a doble vertiente, a la que se accede desde la torre. El ábside románico está construido en piedra sillar de hiladas regulares, con única ventana en la zona central del tambor. Al exterior no presenta decoración, únicamente un enmarque rehundido. Al interior, la ventana tiene derrame, presenta arco de medio punto que apea en sendas columnas con decoración vegetal, en bajo relieve, de palmetas, tanto en sus capiteles como en las impostas. El ábside, en su cara externa, se corona con un sistema mixto de hilada de piezas de piedra trabajada de poca anchura, dispuestas en esquinilla y, sobre ésta, otra hilada con de ajedrezado jaqués. Se unen dos tradiciones decorativas, la del primer románico, con la colocación de las esquinillas, tal como ocurre en Obarra y en San Clemente de Palo, y el ajedrezado difundido a partir de la construcción de la Catedral de Jaca, a finales del siglo XI.


El muro de la nave es de sillarejo. La cubierta es de losa de piedra, a doble vertiente en la nave, siguiendo la tradición local. Volumétricamente se destaca el edificio por la disposición de la torre, de base cuadrada, construida sobre el ábside. Los muros de la torre son de sillarejo, salvo las esquinas y vanos que son de piedra sillar. Tiene dos cuerpos, el primero se ilumina con ventanas rectangulares y el segundo es el cuerpo de campanas, con una abertura a cada lado de arco de medio punto. Se accede por una escalera exterior de obra, en el muro norte, que llega hasta la altura de la cubierta del ábside. Interiormente, la torre da la sensación de ser una torre estancia, debido a la presencia de una ventana con asiento y la disposición de cuatro saeteras en sus muros, junto a las esquinas, lo que denota también que la torre tuvo carácter defensivo.


En el interior, la iglesia se encuentra enlucida, salvo el ábside y el arco triunfal del presbiterio. La cabecera se cubre con bóveda de horno, con una línea de imposta, de ajedrezado jaqués, en el arranque de la bóveda. La nave es de dos tramos y coro alto a los pies. Los tramos de la nave y el coro se cubren con bóvedas de lunetos. El coro alto se sustenta por una bóveda rebajada. Su acceso se realiza por una escalera de peldaño de piedra adosada al muro norte. Entre los contrafuertes se abren dos capillas en cada lado, de escasa profundidad. Su única decoración es la de un friso de dentículos que la recorre por encima de las embocaduras de las capillas. Los arcos formeros descansan en pilastras que llegan hasta mitad de altura del muro, a modo de cul de lamp.


La cubierta de iglesia, capillas laterales y torre, es de losa de piedra. Presenta importantes filtraciones y abundante vegetación, que llega a ser arbustiva, con sus correspondientes filtraciones y humedades al interior, que están provocando el desprendimiento de los enlucidos interiores, especialmente en el lado norte. El suelo de la iglesia es de losa de piedra. En el lado sur del ábside se abre una puerta, en arco de medio punto, que comunica con la sacristía. Es de planta rectangular y bóveda de cañón. La puerta del templo se encuentra en el muro norte. Es de medio punto, con una desarrollada rosca de dovelas de piedra, de gran tamaño, perfectamente trabajada. El intradós se decora con dos molduras de toro y una de escocia entre ellas. El arco se protege con una chambrana de piedra moldurada. Actualmente sigue utilizándose para el culto católico en las festividades locales.


La casa abadía responde al modelo de arquitectura tradicional serrablesa. Los muros son de mampostería, rejuntada con mortero de cal, en el caso del cuerpo principal, y sin rejuntar en el caso de los añadidos o anexos agropecuarios. En alguna de las fachadas del cuerpo principal, se conservan revocos de cal. En algún caso, estos son más refinados, presentando dibujos esquemáticos vegetales, realizados con hendiduras practicadas en el mortero fresco que, como el resto de esta obra, son de factura popular. Las ventanas y puertas conservan restos de antiguos encalados, teniendo las del cuerpo principal recercados de piedra con molduras bien trabajadas y alféizares prominentes, igualmente moldurados. En este mismo cuerpo, conserva la chimenea troncocónica original de piedra tosca, que se cubre con doble tejadillo de losa y se corona con una piedra, a modo de espantabrujas. Se aprecia otra chimenea, que pretende ser como la original, aunque es de menor tamaño y puede proceder de la rehabilitación reciente. La puerta es adintelada, con finas molduras talladas, motivo decorativo que se repite en alguna de las ventanas. Sobre el dintel se ha dispuesto un guardapolvo.


El acabado de la cubierta actual es de teja de mortero, sustituyendo a la original de losa de piedra en la rehabilitación llevada hacia 2010, sobre estructura de madera a doble vertiente. Todavía permanece el acabado de losa en algún cuerpo secundario de la casa.


Tipológicamente corresponde al modelo de casa-patio, con diversas estancias añadidas a un núcleo primigenio, hasta conformar un espacio diáfano central desde el que se accede a las construcciones dedicadas a vivienda, pajar y cuadras.


El edificio ha sido rehabilitado en la última década, para uso de vivienda particular, afectando la reforma, fundamentalmente, al sistema de cubierta. Interiormente se ha actuado para facilitar su habitabilidad, de forma respetuosa con las estructuras y materiales originales.


ANEXO II. Necesidades de tutela.


Se prohíbe su derribo.


Sobre estos bienes no cabe otra actuación que la estricta conservación y posterior restauración, que deberá realizarse con los siguientes criterios: Eliminación de postizos y añadidos que desfiguren el valor estético, histórico, artístico o etnográfico de la construcción.


Actuar sin alterar la estructura original y valorando positivamente el estilo, características y condiciones propias de la construcción.


Se empelarán técnicas tradicionales similares a las existentes. Se tenderá a conservar y restituir los acabados de losa en las cubiertas, y se procurará integrar el panteón del extremo este del cementerio, al menos cromáticamente, con el resto del conjunto.


Es posible la modificación de uso siempre que se cumplan los aspectos anteriores.


Las reformas interiores mantendrán al máximo la distribución actual, siendo posibles mejoras en instalaciones, pero actuando siempre de manera respetuosa con lo existente.


En el entorno próximo, se preservarán los espacios libres y las cercas de mampostería perimetrales del conjunto.


ANEXO III. Límites del Bien Inventariado.


Parcelas:


Iglesia: Referencia catastral: 9849802YM0995S0001DY. Calle Única AG San Vicente 12, 22625 Caldearenas (Huesca).


Casa Abacial: Referencia catastral: 9849801YM0995S0001RY. Calle Única AG San Vicente 10, 22625 Caldearenas (Huesca).


Espacio de la vía pública de la calle Única situado ante la zona de acceso a la iglesia-cementerio y casa abacial, de acuerdo al plano de delimitación.

970371 {"title":"RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2025, de la Directora General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia el procedimiento para la declaración de la Iglesia de San Bartolomé y la Casa Abacial, en la localidad de San Vicente, en el término municipal de Caldearenas (Huesca), como Bien Inventariado del Patrimonio Cultural Aragonés.","published_date":"2025-04-01","region":"aragon","region_text":"Aragón","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-aragon.png","id":"970371"} aragon Anuncios;BOA;BOA 2025 nº 63;Departamento de educación, cultura y deporte;Otros anuncios;Resolución https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/aragon/boa/2025-04-01/970371-resolucion-20-marzo-2025-directora-general-patrimonio-cultural-se-inicia-procedimiento-declaracion-iglesia-san-bartolome-casa-abacial-localidad-san-vicente-termino-municipal-caldearenas-huesca-como-bien-inventariado-patrimonio-cultural-aragones https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.