RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud modificación del pliego de condiciones de denominación de origen protegida "Aceite del Bajo Aragón".
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Con fecha 1 de octubre de 2024, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (DOP) "Aceite del Bajo Aragón" presenta la solicitud de modificación de su pliego de condiciones, al amparo de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento (UE) 2024/1143, del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas; y en el artículo 12 del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/26 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1143, del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las inscripciones en el registro, las modificaciones, las cancelaciones, la ejecución de la protección, el etiquetado y la comunicación en relación con las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas,
Considerando lo establecido en los mencionados reglamentos y en el Decreto 5/2009, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del contenido mínimo de la normativa específica de determinadas denominaciones geográficas de calidad de los alimentos y del procedimiento para su reconocimiento; y habiendo verificado que la solicitud cumple los requisitos para continuar su tramitación, procede dar publicidad a la misma, mediante anuncios publicados en el "Boletín Oficial de Aragón" y en el "Boletín Oficial del Estado", e iniciar un procedimiento nacional de oposición.
En virtud de lo expuesto, resuelvo:
Primero.- Dar publicidad de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP "Aceite del Bajo Aragón". El pliego de condiciones y documento único modificados pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/-/denominacion-origen-protegida-aceite-bajo-aragon.
Segundo.- Iniciar el procedimiento nacional de oposición, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", durante el cual cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, podrá oponerse a la modificación pretendida mediante la presentación de la declaración motivada de oposición dirigida a la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria del Gobierno de Aragón, a través de cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 20 de febrero de 2025.
La Directora General de Innovación y Promoción Alimentaria,
AMPARO CUÉLLAR HERNÁNDIS