RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2025, de la Directora General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia procedimiento y se abre un periodo de información pública, por el plazo de un mes, para la declaración de la Iglesia Parroquial de la Adoración de los Santos Reyes de Javierrelatre, municipio de Caldearenas (Huesca), como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés.

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La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, clasifica los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados.


La Ley define los Bienes Catalogados como aquellos que, pese a su significación e importancia, no cumplen las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural. Estos bienes serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés.


La declaración de un Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés precisa de la tramitación de un procedimiento que ahora se inicia y que ha de resolverse en un plazo máximo de dieciocho meses. El procedimiento será el establecido en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, y la inclusión de dicho bien en el Catálogo se hará por Orden del Consejero del Departamento responsable en patrimonio cultural.


A instancia del Ayuntamiento de Caldearenas (Huesca) se ha solicitado la protección cultural de la Iglesia Parroquial de la Adoración de los Santos Reyes de Javierrelatre, municipio de Caldearenas (Huesca). El informe técnico del Departamento de Educación, Cultura y Deporte ha considerado oportuno el inicio de expediente para su declaración como Bien Catalogado del Patrimonio Aragonés, atendiendo a la importancia histórica del inmueble y a su valor artístico.


Por ello, la Directora General de Patrimonio Cultural, acuerda:


Primero.- Incoar procedimiento para declarar la Iglesia Parroquial de la Adoración de los Santos Reyes de Javierrelatre, municipio de Caldearenas (Huesca) como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés, conforme a la descripción del bien, relación de bienes muebles que lo integran, medidas de protección y plano de delimitación provisional que se publican como anexos I, II, III y IV.


Según el artículo 24.4 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la notificación al titular o poseedor de la iniciación de un expediente para la inclusión de un bien en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés determinará la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la presente Ley para los bienes ya catalogados. Dicho régimen se recoge en el título II, capítulo II de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, lo que implica que cualquier intervención en un bien inmueble catalogado y en su entorno precisará la autorización previa del Departamento responsable de Patrimonio Cultural.


Segundo.- Abrir un periodo de información pública durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que cualquier persona, física o jurídica, pueda examinar el expediente en las oficinas de esta Dirección General (avenida de Ranillas, edificio 5 D, 2.ª planta, de Zaragoza, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas) o de manera telemática, para las personas que lo soliciten, a través de medios electrónicos de conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Igualmente, dentro de dicho plazo, podrán formularse las alegaciones que se estimen oportunas, dirigiéndose a la Directora General de Patrimonio Cultural, en la dirección antes indicada.


Tercero.- Publicar la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" para su notificación a los interesados en el procedimiento y notificar al Ayuntamiento de Caldearenas (Huesca).


Zaragoza, 21 de febrero de 2025.- La Directora General de Patrimonio Cultural, Gloria Pérez García.


anexo I


Descripción de la Iglesia de la Adoración de los Santos Reyes de Javierrelatre, municipio de Caldearenas (Huesca)


De la inicial obra románica del siglo XII, de la Iglesia de los Santos Reyes de Javierrelatre, solo quedan el ábside, los muros del presbiterio, parte de los de la nave y del pórtico del lado sur. Se reformó y amplió en el siglo XVIII, añadiéndole hacia los pies un crucero, con su cimborrio, y un tramo más, que quedó convertido en cabecera, invirtiéndose la orientación litúrgica del templo. En 1576 se aprueba hacer una torre campanar, que se situaba sobre el ábside y el presbiterio, que se desmontó, y nuevamente construyó al lado sur de la cabecera, a mediados del siglo pasado.


Hoy es un edificio orientado al oeste, de planta de cruz latina, con crucero acusado en planta, testero recto y nave única de cuatro tramos, torre de planta rectangular, pórtico alargado que se prolonga desde el crucero hasta los pies, que protege la portada. El pórtico presenta, por el lado sur, una ventana geminada en arco de medio punto, con un fuste hexagonal rematado en zapata que constituye su parteluz. Este rasgo sugiere que la parte del pórtico construida con sillería pueda proceder también de época románica, siendo reformado en el siglo XVIII. La planta de la iglesia la completa la sacristía, que se ubica en el cuerpo inferior de la torre, en planta baja.


La antigua cabecera, en el extremo este, es un magnífico ábside románico semicircular del siglo XII. Tras la reorientación de la iglesia en el siglo XVIII, forma el segmento final de la nave, el de los pies. Es el elemento más interesante del conjunto. Construido con fábrica de sillares, bien trabajada, dispuesta en hiladas de canto variable, con despiece a línea corrida, pero de cuidado aparejo. Cuenta con tres vanos rasgados que son los que le dan personalidad, junto con la decoración que les acompaña. Se trata de tres estrechas aspilleras con arcos ciegos sobre columnas acodilladas, guarnecidos por una arquivolta que se perfila con taqueado o ajedrezado jaqués. Ese mismo motivo exhibe el delgado friso horizontal, en resalte, que recorre el tambor, uniendo las tres ventanas a la altura de la línea de impostas de sus arcos, separando los arcos de las columnas en las que se apoyan. Es muy probable que hubiera un templo anterior, de mediados del siglo XI, que se pudo reformar ya entrado el siglo siguiente, vista la diferencia del tipo de sillarejo del tercio inferior del ábside, más irregular y de tosca labra, y por la no presencia de marcas de cantero en esta zona, muy abundantes en los dos tercios superiores, especialmente en torno las ventanas.


Los capiteles de las columnas acodilladas están tallados con finos relieves que representan rosetas multipétalas, inscritas en círculos, lazos de infinito, acantos, palmetas y volutas. Los canecillos que soportan el alero van tallados con motivos de volutas, bolas, acantos, cajeados y elementos figurados.


Los contundentes volúmenes de la ampliación del XVIII, achican visualmente la parte románica, por el recrecimiento de los muros de la nave en altura, los dos grandes bloques casi cúbicos que forman los brazos del crucero y el tambor octogonal - al exterior - del cimborrio, abierto mediante grandes ventanales adintelados. También contribuye a ello la generosa torre campanario, situada sobre la sacristía desde que a mediados del siglo XX - lo que sorprende por su construcción arcaizante -, se trajera aquí desde el presbiterio. Al interior, la nave se cubre con bóveda de lunetos, dividida en tres tramos mediante arcos fajones apoyados sobre pilastras. También se usó este tipo de bóveda para cubrir el tramo de la cabecera y los de los brazos del crucero, en este último caso dispuestos los lunetos en sentido transversal al resto. El crucero propiamente dicho se cubre mediante cúpula de media naranja con tambor cilíndrico, todo ello sobre pechinas.


anexo II


Bienes muebles que forman parte del bien catalogado de la Iglesia de la Adoración de los Santos Reyes de Javierrelatre, municipio de Caldearenas (Huesca)


- Retablo de los Santos Reyes Magos. Situado en la actual cabecera de la iglesia, muro oeste del templo. Estilo barroco principios del siglo XVIII. Está presidido por un lienzo, que representa la Adoración de los Magos, pintado por las hermanas Quintana. Inventario de Bienes de la Iglesia Católica número IIC Aragón 8626.0.


- Retablo de San Antonio Abad. Situado en el crucero, muro oeste del lado del Evangelio. Estilo barroco segunda mitad del siglo XVIII. La calle central contiene un gran lienzo al óleo con la figura de San Antonio Abad, encargado al pintor oscense Braulio González, en 1769. Inventario de Bienes de la Iglesia Católica número IIC Aragón 8625.0.


- Retablo del Sagrado Corazón de Jesús. Situado en el crucero, muro norte del lado de la Epístola. Estilo barroco primera mitad del siglo XVIII. La hornacina central contiene una figura moderna del Sagrado Corazón de Jesús. En la hornacina del cuerpo superior hay una imagen barroca de San Francisco Javier. Inventario de Bienes de la Iglesia Católica número IIC Aragón 8622.0.


- Retablo de La Virgen del Rosario. Situado en el crucero, muro oeste del lado de la Epístola. Estilo barroco segunda mitad del siglo XVIII. La calle central contiene una talla policromada con la figura de la Virgen del Rosario. Inventario de Bienes de la Iglesia Católica número IIC Aragón 8627.0.


- Retablo de San Antonio de Padua. Situado en el crucero, muro sur del lado del Evangelio. Estilo barroco, primera mitad del siglo XVIII. La calle central contiene un lienzo con la figura de San Antonio de Padua. Inventario de Bienes de la Iglesia Católica número IIC ARAGÓN 8628.0.


- Retablo del Calvario. Situado en un hueco en forma de arco, con 66 cm de profundidad, en el tramo tercero de la nave, lado del Evangelio. Estilo barroco de finales siglo XVIII. La única figura del retablo es un Cristo de tres clavos. Inventario de Bienes de la Iglesia Católica número IIC Aragón 8621.0.


- Retablo de San Ramón Nonato. Situado en el tercer tramo de la nave, muro de la epístola. Estilo barroco del segundo tercio del siglo XVIII. La calle central contiene un lienzo con la figura de San Ramón Nonato. Inventario de Bienes de la Iglesia Católica número IIC Aragón 8630.


- Retablo de San Miguel. Situado en el segundo tramo de la nave, muro de la epístola. Mazonería de finales del siglo XVIII. Lienzo del titular del siglo XVII. Inventario de Bienes de la Iglesia Católica número IIC Aragón 8629.


- Pila Bautismal románica. Pieza de piedra. Tiene forma de copa y se alza sobre una base decorada con sogueado, boceles y cabecitas en los extremos. Actualmente ocupa la zona central del ábside románico.


- Sillería de coro. Tres asientos de coro, con brazos, bajo dosel único. Segunda mitad del siglo XVIII. Decoración tallada en la madera con motivos de rocalla. Actualmente se encuentra en el primer tramo de la iglesia, adosado al muro norte.


- Pila de agua bendita (1768). De piedra caliza pulida. Base, soporte y pila de plantas ovaladas. Se encuentra en el interior del templo, a la derecha de la puerta de entrada.


- Puerta de acceso a la iglesia. Presenta chapado metálico, con motivos vegetales punteados y claveteados y la leyenda Año 1724. Siendo Monseñor Francisco Palacio Rector se hizo.


- Campanas de la torre. Cuatro campanas bajo la advocación de Santa Eurosia, Orosia, y Santa Bárbara. En una de ellas figura el nombre del autor Juan Fauria me fecit.


- Reloj de torre. Su mecanismo se encuentra en un habitáculo en el cuerpo de campanas de la torre. Posiblemente sea de finales del siglo XIX o principios del XX. Mecanismo de hierro, formado por diversos ejes y ruedas dentadas, todo integrado en una estructura metálica rectangular.


anexo III


Medidas de tutela


Las medidas de tutela tienen como finalidad fundamental proteger la integridad del bien y la de procurar unas condiciones adecuadas en su entorno de protección. En particular, las obras o intervenciones que afecten a la iglesia de la Adoración de los Santos Reyes de Javierrelatre deberán mantener las características arquitectónicas que determinaron su declaración de acuerdo con los siguientes criterios:


- La volumetría la Iglesia de la Adoración de los Santos Reyes de Javierrelatre está perfectamente integrada en la escala de su entorno monumental. Ésta debe mantenerse en su dimensión original, no permitiendo el aumento de volúmenes, a excepción de aquellos indispensables para su estabilidad y mantenimiento, en cuyo caso su adición deberá justificarse y ser reconocible.


- Se deberá mantener en lo posible la estructura portante original, permitiéndose los refuerzos y sustituciones que fuesen necesarios, sin comprometer en ningún caso las características estructurales esenciales.


- Se deberán mantener las fachadas con sus dimensiones y composiciones originales, especialmente en lo que a materiales y distribución de vanos se refiere.


- Se deberán mantener las características tipológicas y distributivas esenciales. Excepcionalmente y dentro de lo dispuesto por las normas específicas que sean de aplicación, podrán admitirse obras que mejoren las condiciones de accesibilidad del edificio siempre que no comprometan las características tipológicas u ornamentales esenciales de la Iglesia.


- El interior del templo es de una gran riqueza espacial, por ello deberá mantenerse en sus dimensiones y composiciones originales, especialmente en lo que a materiales se refiere.


- Ante la constada presencia de pinturas murales en el interior del templo, se prohíbe la retirada de los enlucidos para dejar la piedra vista. Se permite, y aconseja, la retirada de las capas de pintura monocroma que recubren las pinturas murales, previas catas y proyecto de restauración autorizados por la Dirección General de Patrimonio Cultural.


- Se prohíbe adosar a las fachadas y a las cubiertas de la iglesia instalaciones urbanas, eléctricas, telefónicas y cualesquiera otras. Las antenas, equipos de climatización y dispositivos similares necesarios se situarán en lugares que no perjudiquen la imagen del inmueble, siendo esta medida extensible a intervenciones en el entorno de la iglesia.


- Los anuncios, rótulos publicitarios y señalización en general, deberán ser armónicos con el edificio, no entrando en contradicción con los valores que han llevado a la declaración del mismo, siendo esta medida extensible a intervenciones en el entorno de la iglesia.


- La iglesia está situada en un promontorio, perfectamente integrada en su entorno. Cualquier obra o actividad a realizar en su entorno de protección no podrá alterar el carácter del bien ni perturbar la visualización del mismo.


- Los bienes muebles incluidos en la catalogación no podrá ser desplazados de sus ubicaciones actuales, no se les adicionará, o retirará, ningún elemento que modifique su actual configuración y aspecto, ni serán restaurados, sin la aprobación de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural


Excepcionalmente se podrán adoptar otros criterios siempre que queden plenamente justificados en el proyecto, mantengan la integridad del bien y de su entorno y el órgano competente en materia de Patrimonio Cultural los considere adecuados.


Se permitirán intervenciones de restauración. También las de rehabilitación, consolidación y mantenimiento, siempre que no alteren las características arquitectónicas que determinaron su declaración como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés.

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