RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Pediatría en el Hospital "Ernest Lluch Martín", de Calatayud.
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Con fecha 7 de febrero de 2023, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 25, la Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convocaba proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, del puesto de Jefe de Sección de Pediatría en el Hospital "Ernest Lluch Martín" de Calatayud.
En virtud de lo establecido en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, se dispuso que el desempeño de los puestos singularizados convocados para su provisión estuviera sujeto al régimen de dedicación exclusiva.
Posteriormente, este régimen fue objeto de modificación mediante las leyes de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobadas en los años 2014 y 2016, ajustando esta exigencia, bien eliminándola y reintroduciéndola.
Como consecuencia de la entrada en vigor, el 12 de julio de 2024, de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 134, de 11 de julio de 2024) el régimen normativo en vigor no requiere obligatoriamente el régimen de dedicación exclusiva, sin perjuicio del necesario cumplimiento de la normativa vigente en materia de incompatibilidades y los efectos retributivos que correspondan. Por ello, se hace necesario asegurar la eficacia de la norma aprobada, así como garantizar la seguridad jurídica de los posibles adjudicatarios de los puestos convocados, adecuando los procesos selectivos a la nueva situación legal.
En consecuencia, se procede a modificar en este sentido la convocatoria efectuada en su día, homogeneizándola, de este modo, con todas las convocatorias de jefaturas asistenciales que se van a producir.
En virtud de lo anterior, esta Dirección Gerencia resuelve:
Primero.- Se procede a modificar la base primera de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Pediatría en el Hospital "Ernest Lluch Martín" de Calatayud, que queda redactada de la siguiente forma:
Primera.- Normas generales.
1.1. El proceso selectivo se regirá por las bases de la presente convocatoria, así como por lo establecido en la redacción vigente del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
1.2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 69 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, el adjudicatario del puesto estará sujeto a evaluaciones cuatrienales a efectos de su continuidad en el mismo, siempre que haya manifestado su voluntad de continuar en él con una antelación mínima de un mes.
Segundo.- Se abre un plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que, a la vista de la normativa que rige en cuanto al régimen de dedicación del desempeño del puesto convocado, los candidatos que hubieran presentado solicitud para participar en la inicial convocatoria del puesto puedan desistir de la misma o para que puedan presentar solicitud aquellos otros candidatos que no lo hicieron en su día.
Tercero.- Los requisitos exigidos para participar en la convocatoria que ahora se modifica deberán poseerse hasta el último día del plazo señalado en el punto segundo de la presente Resolución para la presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión. Asimismo, solo se valorarán los méritos referidos hasta el último día de dicho plazo de presentación de solicitudes.
Cuarto.- Los candidatos que hubieran presentado solicitud para participar en la inicial convocatoria del puesto y no desistan de la misma, podrán presentar, dentro del plazo señalado en el punto segundo de la presente Resolución, los méritos que no hubieran presentado en su día, así como los que hubieran adquirido desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para la convocatoria inicial, hasta el último día del nuevo plazo establecido en la presente Resolución.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 30 de enero de 2025.
La Directora Gerente del Servicio Aragonés de Salud, ANA CRISTINA CASTILLO FORNIÉS