RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2025, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del proyecto de ampliación y modificación del punto limpio de la Comarca Gúdar Javalambre, ubicado en la parcela 246 del polígono 89 de Mora de Rubielos (Teruel), (Número de expediente: INAGA 500301/01/2024/5269).
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Tipo de procedimiento: Evaluación de impacto ambiental simplificada para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria (grupo 9.b del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio)
1. Descripción básica, características y ubicación del proyecto presentado.
1.1. Actividad.
El proyecto tiene como objetivo mejorar y ampliar las instalaciones existentes para optimizar la gestión de residuos domésticos. Esta instalación está diseñada para facilitar a los ciudadanos de la comarca la correcta disposición de residuos que no pueden ser gestionados a través de los contenedores de acera o los servicios de recogida puerta a puerta.
El punto limpio se encargará de la recogida y almacenamiento temporal de diversos tipos de residuos, tanto peligrosos como no peligrosos, hasta su retirada por gestores autorizados. Entre los residuos que se gestionarán se encuentran metales, maderas, muebles, electrodomésticos, papel y cartón, neumáticos, aceites de motor y residuos de construcción procedentes de obras menores.
La ampliación del punto limpio incluye la creación de nuevas plataformas pavimentadas, la instalación de contenedores adicionales y la construcción de una caseta para la oficina, así como zonas cubiertas para residuos peligrosos. Además, se mejorarán los accesos y se implementarán sistemas de recogida de lixiviados para prevenir la contaminación del suelo y las aguas subterráneas.
Según la comarca, el objetivo principal de esta instalación es promover la reutilización, reparación y reciclaje de materiales, reduciendo así la cantidad de residuos destinados a vertederos y contribuyendo a la economía circular. Asimismo, el punto limpio desempeñará una función educativa, sensibilizando a los usuarios sobre la importancia de una correcta segregación de residuos y sus beneficios ambientales.
1.2. Alternativas estudiadas por el promotor y justificación dada a la alternativa seleccionada.
El promotor del proyecto de ampliación y modificación del punto limpio en Mora de Rubielos estudió tres alternativas para la ubicación:
1. Alternativa 0 (no actuación): Consistía en no realizar el proyecto. Esta opción la descartó debido al impacto negativo sobre el medio socioeconómico por la necesidad de una gestión adecuada de residuos y la pérdida de la subvención recibida para mejorar las instalaciones. Además, se mantendrían los problemas actuales en el manejo de lixiviados y afectación al paisaje.
2. Alternativa 1 (ubicación seleccionada): Se sitúa al suroeste del punto limpio existente, en una zona llana y con escasa vegetación (antiguo campo de tiro al plato). Ofrece ventajas como menor impacto ambiental debido a una pendiente reducida, menos movimientos de tierra, ausencia de vegetación arbórea, y menor visibilidad desde la carretera.
3. Alternativa 2: Ubicada al noreste del punto limpio actual, en una ladera con vegetación arbustiva y árboles. Aunque funcional, tendría un impacto ambiental crítico debido a la necesidad de eliminar vegetación arbustiva y árboles, realizar movimientos de tierra para nivelar pendientes pronunciadas de hasta el 28,88% y la generación de grandes taludes visibles desde la carretera, implicando mayor impacto en el paisaje, vegetación y posibles arrastres hacia cauces. Fue descartada por el promotor por el significativo impacto ambiental.
Según el promotor las principales ventajas de la alternativa 1 son:
1. Menor impacto ambiental general:
- La alternativa 1 se encuentra en una zona llana, lo que implica una pendiente del terreno del 2% y un desnivel de apenas 0,6 metros. Esto minimiza la necesidad de movimientos de tierra, con menor afección al suelo y al entorno.
- No afecta a la vegetación natural, ya que la ubicación corresponde a un terreno sin arbolado ni matorral significativo, previamente antropizado como campo de tiro al plato.
2. Impacto visual reducido:
- Al estar en una zona alta, pero rodeada por un cordón perimetral de tierra, la instalación será poco visible desde la carretera y otros puntos de interés, minimizando la afección paisajística.
3. Mejor acceso y funcionalidad
- La proximidad al punto limpio actual facilita el uso de infraestructuras existentes, como caminos de acceso y redes de servicios, optimizando recursos y reduciendo el impacto asociado a nuevas conexiones.
- El acceso es sencillo y directo desde caminos ya pavimentados y desde el punto limpio actual, lo que mejora la operatividad para usuarios y gestores.
4. Viabilidad técnica y económica
- Al no requerir grandes movimientos de tierra ni la construcción de taludes significativos la opción seleccionada implica un menor coste de construcción y mantenimiento.
- La ubicación no presenta riesgos de arrastres de suelo o escorrentías hacia cauces, lo que simplifica la gestión de aguas pluviales y lixiviados.
Conclusión: El promotor ha seleccionado la alternativa 1 ya que minimiza impactos sobre la vegetación, el paisaje y los recursos hídricos, además de requerir menos adecuaciones del terreno, cumpliendo los objetivos del proyecto con menor afectación al medio natural y visual.
1.3. Ubicación.
Parcela 246 del polígono 89 de Mora de Rubielos (Teruel).
Coordenadas:
- Punto limpio original: ETRS 89 HUSO 30 X: 692.008 Y: 4.457.470.
- Ampliación: ETRS 89 HUSO 30 X: 691.941 Y: 4.457.416.
Referencia catastral: 44167A08900246.
El punto limpio original se construyó junto a la antigua estación de transferencia de residuos sólidos urbanos, a 450 metros del casco urbano.
La zona del punto limpio original se destinará a residuos peligrosos, mientras que la ampliación se llevará a cabo en la misma parcela 246 del polígono 89 del término municipal de Mora de Rubielos, a unos 80 metros al suroeste. Esta ampliación también estará junto a la antigua estación de transferencia de residuos sólidos urbanos, la cual se encuentra entre ambas zonas, la antigua y la nueva.
El espacio que ocupará la ampliación fue utilizado hace años para realizar la actividad de tiro al plato. Por motivos de seguridad frente a los disparos de escopeta, se creó en su día un cordón perimetral de tierra de hasta 3 metros de altura que bordea todo el recinto. Esa actividad cesó hace ya varios años.
1.4. Descripción del proyecto.
1.4.1. Residuos gestionados y capacidad de tratamiento de la instalación.
Conforme al documento ambiental presentado por el promotor el punto limpio gestionará tanto residuos peligrosos como no peligrosos, actuando como un almacén temporal hasta que sean trasladados a instalaciones autorizadas para su tratamiento final. La operación realizada conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, es la R1301 (almacenamiento temporal en el ámbito de la recogida).
Residuos gestionados y capacidad anual (t/año):
1. Residuos peligrosos (25,87 t/año):
- Frigoríficos y congeladores con CFC, HCFC, HC, NH3: 6,10 t/año.
- Otros grandes electrodomésticos: 6,21 t/año.
- Pequeños electrodomésticos y juguetes eléctricos: 2,84 t/año.
- Pequeños equipos de ofimática e informática: 1,90 t/año.
- Televisores, monitores y pantallas (no LED): 8,49 t/año.
- Lámparas de descarga y fluorescentes (no LED): 0,22 t/año.
- Pilas usadas: 0,04 t/año.
- Aceites de motor: 0,07 t/año.
2. Residuos no peligrosos (11.121,96 t/año):
- Papel y cartón: 80,36 t/año.
- Residuos voluminosos (muebles, enseres): 614,12 t/año.
- Madera: 14,82 t/año.
- Metales: 31,01 t/año.
- Residuos de construcción y demolición (obras menores): 10.379,75 t/año.
- Neumáticos fuera de uso: 1,90 t/año.
Capacidad total de tratamiento de la instalación:
- La capacidad anual solicitada para el punto limpio es de 11.147,83 t/año, de las cuales el 99,77% corresponde a residuos no peligrosos y el 0,23% a residuos peligrosos.
1.4.2. Transporte de residuos.
Según la comarca, no se prevé un aumento significativo en el tráfico relacionado con la instalación. El punto limpio ya existente se modificará y ampliará para operar con mayor facilidad en una instalación más extensa. En definitiva, según el promotor, este sigue siendo el punto limpio de recogida de residuos de la Comarca Gúdar-Javalambre.
1.4.3. Proceso de gestión de los residuos.
Según el documento ambiental presentado el proyecto tiene como objetivo mejorar y ampliar las instalaciones existentes para optimizar la gestión de residuos domésticos. Esta instalación está diseñada para facilitar a los ciudadanos de la comarca la correcta disposición de residuos que no pueden ser gestionados a través de los contenedores de acera o los servicios de recogida puerta a puerta.
En la zona del punto limpio ampliado se almacenarán principalmente residuos no peligrosos como papel/cartón, residuos voluminosos, madera, metales y residuos de construcción/demolición.
La zona del punto limpio original se destinará a residuos peligrosos y contará con zonas de almacenamiento cubierto y pavimentado para depositar residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), lámparas, pilas y aceites.
El promotor propone una apertura de 5 días a la semana durante un periodo de 4 horas diarias.
Los usuarios accederán al punto limpio a pie o en vehículo particular y serán atendidos en una caseta de recepción. El personal supervisará la cantidad y composición de los residuos para comprobar su admisibilidad, rechazando aquellos que no cumplan con los requisitos. Los rechazos se documentarán en un libro de incidencias.
El personal del punto limpio orientará a los usuarios para que los residuos sean depositados en los contenedores correctos. En lo posible, los acompañará durante el proceso para garantizar un depósito adecuado.
No se permitirá el lanzamiento de equipos eléctricos y electrónicos (RAEE) a los contenedores para evitar su rotura o deformación.
Los residuos líquidos deberán entregarse en envases cerrados y depositarse sin abrir en los contenedores habilitados, prohibiendo el vertido directo del contenido.
Los residuos se entregarán únicamente a gestores autorizados.
Para los residuos peligrosos la frecuencia de retirada no debe superar nunca los 6 meses.
El control y gestión de la instalación es responsabilidad de la comarca Gúdar-Javalambre, a través de personal contratado directamente por el consistorio, aunque la gestión podría externalizarse. De cualquier modo, al menos habrá un operario asignado al control y mantenimiento del punto limpio.
1.4.4. Almacenamiento de residuos.
Según el documento ambiental presentado la capacidad y las condiciones de almacenamiento son:
Capacidad de almacenamiento.
Residuos no peligrosos como papel/cartón, madera, metales, residuos voluminosos, neumáticos fuera de uso y residuos de construcción y demolición: Hasta 20,06 toneladas distribuidas en contenedores metálicos de 15 a 30 m³.
- Residuos peligrosos como RAEE, pilas y aceites de motor: Hasta 0,971 toneladas distribuidas en contenedores específicos bajo cubierto.
Condiciones de almacenamiento.
- Contenedores metálicos ubicados en diferentes niveles de plataforma.
- Zona cubierta para residuos peligrosos (RAEE, pilas, aceites).
- Residuos voluminosos y de construcción almacenados al aire libre.
- Electrodomésticos y equipos electrónicos susceptibles de ser destinados a la operación de preparación para la reutilización en almacenes cubiertos y pavimentados.
1.4.5. Instalaciones.
La ampliación del punto limpio incluye la creación de nuevas plataformas pavimentadas, la instalación de contenedores adicionales y la construcción de una caseta para la oficina, así como zonas cubiertas para RAEE y residuos peligrosos. Además, se mejorarán los accesos y se implementarán sistemas de recogida de lixiviados para prevenir la contaminación del suelo y las aguas subterráneas.
Zona de grandes contenedores ubicada al sur (zona de ampliación):
Es la zona de la plataforma inferior de la zona ampliada. En ella están los grandes contenedores de 20-30 m³ al pie del muro que separa las plataformas. Los contenedores estarán cubiertos con lonas mientras no sea necesario depositar residuos y siempre fuera del horario de apertura de la instalación. El suelo donde se asientan está hormigonado. Delante de los contenedores existirá un sumidero de fundición que recogerá los posibles lixiviados y mediante un colector se evacuarán a un depósito estanco de fibra de vidrio de 4.600 litros. Su interior será vaciado por gestor autorizado.
Zona de pequeños contenedores ubicada al sur (zona de ampliación):
Es la zona de la plataforma superior de la zona ampliada. Se disponen pequeños contenedores de plástico o metálicos estancos y con tapa incorporada, se trata de contenedores típicos de acera o calzada en casco urbano (de 0,8 a 1 m³). La zona donde se hallan está pavimentada con hormigón. No se generan lixiviados, los propios contenedores son estancos.
Zona de residuos peligrosos ubicada al norte (espacio que ocupaba el punto limpio original):
Los residuos se depositan en jaulas (RAEE) y en contenedores estancos (peligrosos domésticos y aceites de automoción), en unos cobertizos metálicos sobre un suelo pavimentado de hormigón. Ante cualquier lixiviado producido accidentalmente dentro de las naves existen unos sumideros de fundición que recogen los posibles lixiviados en unas arquetas estancas.
La instalación quedará conectada a la línea eléctrica aérea que discurre junto a ella. El consumo será escaso, el horario de apertura de la instalación es diurno, apagándose el alumbrado exterior fuera de este periodo y no hay maquinas o motores eléctricos en la instalación.
El promotor ha añadido a la documentación ambiental entregada el proyecto de instalación contra incendios, donde se describe en detalle este apartado.
El acceso se hace por el vial asfaltado que conecta la carretera autonómica A-232 con la antigua nave de transferencia de residuos urbanos que se halla junto al punto limpio.
Los viales interiores quedan definidos en los planos del documento ambiental entregado. Tanto la zona de grandes contenedores (zona de ampliación del actual), como la zona de RAEE (zona que ocupa el actual punto limpio), estarán pavimentadas con una losa de 15 cm de hormigón sobre una base de 15 cm de zahorra artificial. La conexión entre un espacio y otro dispone de un vial resuelto con un firme de 15 cm de zahorra artificial.
1.4.6. Equipamiento y maquinaria.
El promotor indica en el documento ambiental presentado que en el punto limpio no hay maquinaria.
Los camiones de transporte no se aparcarán dentro del punto limpio. Las empresas concesionarias del servicio dispondrán de sus propios garajes. Se llevará el mantenimiento de los vehículos en talleres autorizados. Se exigirá a la concesionaria el aporte de la documentación que justifique haber realizado los mantenimientos y tener pasada la ITV
1.4.7. Materiales y residuos generados en los tratamientos.
La gestión del punto limpio no genera por sí misma una cantidad significativa de residuos ya que todos los admitidos tienen que salir hacia gestores autorizados sin realizarles ningún tipo de tratamiento. En su caso, solo se generarían lixiviados que se confinan en una fosa estanca que será vaciada periódicamente y entregado su contenido a gestor autorizado.
1.4.8. Recursos energéticos, agua.
La instalación quedará conectada a la red municipal de abastecimiento del casco urbano de Mora de Rubielos. Dará servicio al aseo ubicado en la oficina y al riego.
En la instalación no hay máquinas o motores que consuman combustible.
Consumos previstos y procedencia de estos.
1.4.9. Vertido.
Para las residuales que genera el aseo de la oficina se crea un colector que recoge las aguas en un depósito estanco de fibra vidrio que será vaciado por gestor autorizado.
En las zonas donde se instalarán los contenedores de residuos no peligrosos de gran capacidad 20 y 30 m³ se instalarán sumideros de fundición que llevarán el agua hasta un depósito estanco de fibra de vidrio de 4.500 litros, diferente al de residuales, que será vaciado periódicamente por gestor autorizado. Fuera del periodo de apertura al público estos contenedores quedarán cubiertos por lonas plásticas.
1.5. Caracterización de la ubicación y entorno de la instalación.
En el documento ambiental redactado por el promotor se indica lo siguiente:
El clima en la zona es mediterráneo templado, con una temperatura media anual de 11-13 °C y precipitaciones promedio de 500 mm al año. La hidrología está definida por un pequeño barranco que desemboca en el Barranco del Palomo, afluente del río Mora. Geológicamente, se asienta sobre depósitos cretácicos y cuaternarios, con suelos principalmente de limos y gravas, y una geotecnia que indica materiales tolerables para explanadas. La sismicidad de la zona es baja, con una aceleración sísmica menor a 0,04 g.
La zona pertenece al dominio de las Sierras Ibéricas calcáreas, caracterizada por un paisaje de matorrales mediterráneos con calidad y fragilidad altas. No existen elementos singulares de especial impacto visual más allá del entorno ya antropizado por el punto limpio actual y sus accesos.
La vegetación dominante incluye bosquetes de Quercus ilex (carrascales) con presencia de pino laricio y matorrales mediterráneos. El área de actuación corresponde a un antiguo campo de tiro, sin vegetación arbórea significativa. La fauna incluye especies de bosque y pastizal, como carboneros, mirlos y rapaces forestales. No se observan afecciones directas a hábitats ni especies protegidas cercanas, aunque la zona está en el ámbito de protección del cangrejo de río ibérico, sin afección a cauces.
La instalación no afecta a la Red Natura 2000, MUP, vías pecuarias ni hábitats de especial interés.
El espacio protegido más cercano es el LIC/ZEC Maestrazgo y Sierra de Gúdar, a unos 2800 metros.
Mora de Rubielos cuenta con una población de 1.569 habitantes, cuya actividad económica principal es el turismo, complementada por la agricultura y la industria local, como el secado de jamón y la recolección de trufas. La densidad de población es baja, lo que refuerza la necesidad de un punto limpio adecuado para la gestión de residuos domésticos en la comarca.
Por otro lado, el resultado de los análisis INFOSIG llevados a cabo para realizar este informe es el siguiente:
Se encuentra en zona de protección del Autropotamobius Pallipes, aunque alejado de áreas críticas al no existir en la zona cauces, balsas y otras masas de agua.
En un radio de 500 m solo hay una granja de gallinas, y una explotación de équidos.
De acuerdo con la Orden DSR/1521/2017, de 17 de julio, por la que se clasifica el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón en función del riesgo de incendio forestal y se declaran zonas de alto y de medio riesgo de incendio, la zona en la que se encuentra la instalación está clasificada en el tipo 5 (bajo peligro e importancia de protección media) y es cercana a una zona de tipo 6 (zonas caracterizadas por su alto peligro e importancia de protección baja).
En cuanto a riesgos geológicos por deslizamientos y hundimientos la ubicación se encuentra clasificada como de riesgo muy bajo.
En cuanto a riesgos por descargas, rayos y tormentas se encuentra clasificada como de densidad media, mientras que por vientos se clasifica como de riesgo medio.
2. Tramitación del expediente.
El 22 de mayo de 2024 se solicita el inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada para el proyecto.
El 17 de octubre de 2024 la comarca añadió un anexo a la memoria de impacto ambiental en respuesta a un requerimiento de subsanación del INAGA.
2.1. Información pública y consultas preceptivas
Anuncio en "Boletín Oficial de Aragón", número 177, de 11 de septiembre de 2024, por el que se pone en público conocimiento la tramitación del procedimiento administrativo de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto.
Con fecha 12 de septiembre de 2024 se realizan las consultas preceptivas telemáticas a los siguientes organismos:
- Asociación de Desarrollo Gúdar - Javalambre.
- Asociación Española para la Conservación y Estudio de los Murciélagos (SECEMU).
- Asociación Naturalista de Aragón -Ansar-.
- Ecologistas en Acción - Ecofontaneros.
- Ecologistas en Acción - OTUS.
- Fundación Ecología y Desarrollo.
- Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife)
Con fecha 12 de septiembre de 2024 también se realizan consultas preceptivas ordinarias a:
- Ayuntamiento de Mora de Rubielos.
- Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
- Confederación Hidrográfica del Ebro.
- Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón.
- Dirección General de Desarrollo Rural.
- Servicio de Seguridad y Protección Civil.
Respecto de las consultas preceptivas realizadas hasta la fecha no ha habido contestaciones de ningún organismo.
3. Potenciales impactos del proyecto y valoración.
3.1. Impacto sobre la atmósfera.
Impacto.
- Emisión de polvo y partículas durante la construcción y funcionamiento.
- Emisión de gases por maquinaria y vehículos.
- Emisión de ruido por maquinaria y transporte.
Medidas preventivas y/o correctoras.
- Riego de caminos durante las obras para minimizar la emisión de polvo.
- Limitación de velocidad de vehículos.
- Mantenimiento adecuado de maquinaria y vehículos.
- Realización de trabajos en horario diurno para minimizar el ruido.
Valoración.
- Las medidas correctoras son efectivas para reducir las emisiones y ruidos, haciendo que el impacto sea compatible con el entorno rural donde se ubica la planta.
3.2. Impacto sobre el suelo.
Impacto.
- Cambio de uso del suelo.
- Contaminación por vertidos accidentales de aceites y carburantes.
- Erosión y compactación del suelo durante la fase de construcción.
Medidas preventivas y/o correctoras.
- Reposición de tierra vegetal en taludes y zonas verdes.
- Definición de zonas específicas para acopio de materiales y mantenimiento de maquinaria durante la construcción.
- Implementación de medidas para minimizar y limpiar vertidos accidentales.
Valoración.
- Las medidas preventivas y correctoras son adecuadas para minimizar las afecciones al suelo, asegurando un impacto controlable y compatible.
3.3. Impacto sobre las aguas.
Impacto.
- Arrastre de tierras y enturbiamiento de aguas superficiales durante la construcción.
- Contaminación de aguas subterráneas por vertidos accidentales.
Medidas preventivas y/o correctoras.
- Uso de soleras de hormigón impermeables.
- Instalación de depósitos estancos para recoger lixiviados y aguas residuales.
- Control meticuloso del nivel de llenado de depósitos.
- Implementación de medidas para minimizar vertidos accidentales.
Valoración
- Las medidas son efectivas para prevenir la contaminación de las aguas. El impacto sobre las aguas superficiales se considera compatible y en el caso de las subterráneas como no significativo.
3.4. Impacto sobre la vegetación y la fauna.
Impacto
- Afectación de la flora por excavaciones y cambios en el uso del suelo.
- Afectación de la fauna por ruido y presencia de residuos.
Medidas preventivas y/o correctoras.
- Reposición de tierra vegetal.
- Delimitación de zonas de obra para minimizar la afectación.
- Implementación de medidas correctoras para minimizar el ruido y evitar el acceso de fauna a la instalación.
Valoración.
- El impacto se considera compatible con la flora y fauna del entorno.
3.5. Impacto sobre el medio socioeconómico.
Impacto.
- Generación de empleo y reactivación económica local.
- Mejora en la gestión de residuos domésticos.
Medidas Preventivas y/o Correctoras.
- Contratación de personal local.
- Supervisión y gestión adecuada de residuos.
Valoración.
- El impacto se considera positivo.
3.6. Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes, según lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por Ley 9/2018, de 5 de diciembre
Riesgos tecnológicos.
Al no ser una instalación de tipo industrial o productiva ni manejar mercancías peligrosas, el promotor considera que estos riesgos son mínimos.
Riesgos naturales.
- Colapso, deslizamientos e inundaciones: El promotor indica que según el visor ICEARAGÓN existe un riesgo muy bajo a bajo.
- Viento: Riesgo medio.
- Riesgos sísmicos: Zona con aceleración sísmica baja, por lo que no se requiere consideración especial según la Norma de Construcción Sismorresistente.
- Incendio forestal: Peligrosidad baja a media, disponiendo la instalación de medidas preventivas como extintores y bocas de riego.
Riesgos Antrópicos.
- Incendios forestales: Riesgo por presencia de maquinaria y operarios, mitigado con extintores y una cuba de agua.
- Acceso no autorizado: Instalación completamente vallada para evitar intrusiones.
- Actos vandálicos: Riesgo bajo, sin repercusiones importantes.
- Para evitar afecciones a personas y bienes se propone realizar balizamiento y una señalización adecuada.
En resumen, el redactor del documento ambiental presentado considera haber mitigado adecuadamente los riesgos tecnológicos, naturales y antrópicos, asegurando una gestión segura y controlada de la instalación.
3.7. Control de la actividad y plan de vigilancia ambiental.
Según el promotor los objetivos generales de su programa de vigilancia ambiental (PVA) serían verificar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras del Informe Ambiental de la EIA simplificada, detectar efectos o impactos negativos no previstos o con características diferentes a las previstas y adoptar nuevas medidas correctoras o modificar las existentes si se detectan impactos inaceptables.
El PVA incluirá fichas de control para el seguimiento y se redactará un informe anual del estado de la infraestructura.
Fase de construcción.
- Autorizaciones: No se iniciarán las obras sin las autorizaciones y licencias pertinentes del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y Ayuntamiento.
- Residuos: Control semanal de la existencia de contenedores y entrega de residuos a gestores autorizados. Verificación quincenal y al final de la obra de la ausencia de residuos.
- Incendios: Comprobación semanal de extintores y cisterna de agua o boca de incendios.
- Emisiones de polvo y contaminación atmosférica: Comprobación cada tres días de riego de superficies y velocidad de vehículos. Verificación mensual de ITV de vehículos.
- Impacto acústico: Estudios de niveles de ruido con sonómetro calibrado, realizados junto con las mediciones de polvo.
- Geología y suelos: Comprobación semanal de acopios de tierra vegetal y taludes.
- Aguas: Comprobación semanal de balizamiento de cauces y ausencia de derrames de aceites.
- Fauna y flora: Comprobación semanal de balizamiento de la obra y protección de terrenos externos.
Fase de funcionamiento.
- Autorizaciones: No se iniciará la actividad sin las licencias y autorizaciones sectoriales exigibles.
- Residuos: Control diario del estado de llenado de contenedores y registro de entradas y salidas. Verificación trimestral de contratos de retirada de residuos.
- Incendios: Comprobación mensual de extintores y bocas de incendio. Revisión anual del estado de equipos contra incendios.
- Emisiones de polvo y contaminación atmosférica: Comprobación anual de ITV de vehículos y barrido trimestral de zonas pavimentadas.
- Impacto acústico: Estudios anuales de niveles de ruido con sonómetro calibrado.
- Geología y suelos: Comprobación mensual de taludes y anual de zonas con tierra vegetal.
- Aguas: Comprobación semanal del estado de llenado de depósitos estancos y registro de volúmenes.
- Fauna y flora: Comprobación anual de la presencia de fauna y estado vegetativo de la vegetación plantada.
Fase de desmantelamiento.
- Autorizaciones: No se iniciarán las obras sin las licencias y autorizaciones pertinentes.
- Residuos: Control semanal de contenedores y evacuación de residuos. Verificación quincenal y al final de la obra de la ausencia de residuos.
- Incendios: Comprobación semanal de extintores y cisterna de agua.
- Emisiones de polvo y contaminación atmosférica: Comprobación cada tres días de riego de superficies y velocidad de vehículos. Verificación mensual de ITV de vehículos.
- Impacto acústico: Estudios de niveles de ruido con sonómetro calibrado, realizados junto con las mediciones de polvo.
- Geología y suelos: Comprobación semanal de acopios de tierra vegetal y taludes.
- Aguas: Comprobación semanal de balizamiento de cauces y ausencia de derrames de aceites.
- Fauna y flora: Comprobación semanal de balizamiento de la obra y protección de terrenos externos.
Visto el expediente administrativo, los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente, el contenido de las consultas previas, así como la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se resuelve:
a) No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de ampliación y modificación del punto limpio de la Comarca Gúdar Javalambre ubicado en la parcela 246 del polígono 89 de Mora de Rubielos (Teruel), por no tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
b) Establecer las siguientes medidas preventivas y correctoras:
1. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras y complementarias/compensatorias incluidas en la documentación presentada, siempre y cuando no sean contradictorias con las establecidas en la presente Resolución. Todas las medidas establecidas deberán estar incluidas en el Plan de vigilancia ambiental a implementar por el promotor
2. De acuerdo con la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, es obligatorio notificar al Ayuntamiento de Mora de Rubielos cualquier ampliación de la actividad en la instalación. Si dicha ampliación se considera sustancial, no podrá realizarse hasta que se obtenga una nueva licencia ambiental para actividades clasificadas.
3. Deberá obtener la autorización de la instalación y la autorización como operador para el tratamiento de residuos peligrosos y no peligrosos según el régimen establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
4. Deberá obtener la autorización o inscripción como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, para el conjunto de la instalación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, y en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
5. Dado que la actividad está incluida entre las potencialmente contaminantes del suelo, antes del inicio de la actividad, la entidad promotora deberá remitir al Servicio de Prevención y Control de la Contaminación del Suelo un informe preliminar de situación para cada uno de los suelos en los que desarrolla la actividad y remitirá informes de situación con la periodicidad que dicho órgano establezca según lo dispuesto en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
6. Los RAEE y los residuos peligrosos se almacenarán conforme se indica en su normativa aplicable, bajo techo y sobre solera impermeabilizada dotada de sistema de recogida de derrames y lixiviados.
7. Se deberá mantener una adecuada red de drenaje superficial e impermeabilización de las instalaciones
8. Los posibles lixiviados deberán recogerse adecuadamente de forma que se impida la contaminación o degradación de las aguas continentales.
9. Deberá establecerse un sistema de vigilancia y control de posibles fugas superficiales o subterráneas de lixiviados de las instalaciones
10. Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y de productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro, a tramitar de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
11. Se deberá realizar un seguimiento periódico y continuo de los procedimientos del Plan de Vigilancia y Control para asegurar su efectividad y garantizar el cumplimiento de medidas protectoras y correctoras a lo largo de la vida útil de la instalación
12. Se deberá cumplir lo dispuesto en la normativa de prevención y protección contra incendios aplicable a la instalación.
13. Cuando se desmantelen las instalaciones deberá restaurarse el espacio ocupado a condiciones similares a las iniciales.
De acuerdo con el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, la presente Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".
Conforme a lo previsto en el artículo 47.4 de la mencionada Ley, la presente Resolución perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación.
Zaragoza, 7 de enero de 2025.
El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,
LUIS FERNANDO SIMAL DOMÍNGUEZ