ORDEN ECD/85/2025, de 17 de enero, por la que se modifica la autorización del Centro Docente Privado Extranjero en España "Zaragoza Schoolhouse" de Zaragoza.
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Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante del Centro Docente Privado Extranjero en España "Zaragoza Schoolhouse", código 50017771, con domicilio en la calle Vía Ibérica, número 67, de Zaragoza, en el que se solicita la modificación de la autorización para ampliar la unidad de Secondary Section (12 a 15 años, equivalente a 1.º, 2.º, 3.º y 4.º de ESO).
Vistos los informes emitidos por la Unidad de Proyectos y Obras del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados, así como en el Certificado de Elegibilidad renovado para continuar en el proceso de acreditación de la New England Association of Schools & Colleges, INC (Asociación de Escuelas y Colegios de Nueva Inglaterra), y por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en el que se hace constar que no hay inconveniente en que se proceda a dicha autorización, ni se aprecia disposición alguna que impida el establecimiento de un centro docente para impartir las enseñanzas solicitadas.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España; en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y en virtud de las competencias previstas en el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos; y el Decreto 225/2024, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, actuando por delegación de acuerdo con la Orden ECU/201/2024, de 23 de febrero, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional el ejercicio de la competencia para conceder la autorización de apertura y funcionamiento, así como el de la modificación y extinción de la autorización, respecto de los centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:
Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Docente Privado Extranjero en España.
Denominación específica: "Zaragoza Schoolhouse".
Titular: Pestalozzi, S. Coop.
Código: 50017771.
Domicilio: Calle Vía Ibérica, número 67.
Localidad: Zaragoza.
Municipio: Zaragoza.
Provincia: Zaragoza.
Modificación en las siguientes enseñanzas:
- Ampliación de la unidad de Secondary Section: de 12 a 15 años (equivalente a la Educación Secundaria Obligatoria)
Como resultado de dicha modificación, el Centro queda configurado de la siguiente forma:
Segundo.- La presente Orden surtirá efectos a partir del curso 2024/2025, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Tercero.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Cuarto.- El Centro cumplirá el currículo y horario establecidos para las áreas de Lengua Castellana y Literatura y Ciencias Sociales fijados en la normativa aplicable de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Quinto.- El Centro presentará periódicamente ante esta Administración Educativa los certificados actualizados de las inspecciones de la NEAS&C que se produzcan.
Sexto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su notificación. Deberá presentarse en formato electrónico, accediendo a la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, Servicio "Interponer recursos", a través de la url: https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion y dirigirlo a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que en ningún caso pueda hacerse un uso simultáneo de ambas vías de recurso.
Zaragoza, 17 de enero de 2025.
La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,
P.D. El Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional,
(Orden ECU/201/2024, de 23 de febrero, de delegación de competencias),
LUIS M. MALLADA BOLEA