RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2025, de la Dirección General de Gestión Forestal, por la que se aprueba el Plan Anual de Aprovechamientos del año 2025 (PAA), en montes propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, montes de utilidad pública y montes consorciados administrados por el Gobierno de Aragón en la provincia de Teruel.

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El artículo 71.20 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de montes; el Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, el Decreto 102/2023, de 12 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Decreto 56/2024, de 3 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo se las asignan a este Departamento, y dentro de él a la Dirección General de Gestión Forestal, la dirección, planificación, coordinación y gestión de la superficie forestal y sus aprovechamientos; y todo ello, de acuerdo con el Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación y aplicables al caso.


Entre las funciones atribuidas a la Dirección General de Gestión Forestal, están el establecer el régimen de uso y aprovechamiento de los montes, control de los aprovechamientos forestales, actividades y usos sociales de los montes y la planificación, la ordenación y gestión de los montes catalogados, al igual que en montes propios y montes consorciados, tanto con Ayuntamientos como con particulares.


Vistos el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, los artículos 202, 212, 264 y 265 del vigente Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962, el Decreto 1861/75 de 10 de julio, sobre aprovechamientos forestales, el Pliego General de Condiciones Técnico Facultativas aprobado por Resolución de la Dirección General de Gestión Forestal de 20 de febrero de 2012 ("Boletín Oficial de Aragón", número 47, de 8 de marzo de 2012), la Circular n.º 2, de 23 de junio de 2017, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca sobre "Aprovechamientos Forestales", el Decreto Legislativo 1/2023, de 22 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, la Ley de Bases de Régimen Local, y demás disposiciones concordantes.


Examinado el Plan redactado por el Servicio Provincial de Medio Ambiente y Turismo de Teruel para los montes de utilidad pública, elenco de consorciados y elenco de propios de la provincia de Teruel, y teniendo en consideración que la planificación de los aprovechamientos es acorde con la utilización bajo condiciones técnico-facultativas que aseguran el principio de persistencia, estabilidad y mejora de los mismos, armonizando los factores socio-económicos y una razonable explotación de los montes.


Los aprovechamientos objeto de la presente Resolución se agrupan por tipo de monte, indicando las tasaciones dadas a los distintos aprovechamientos, siendo por tanto, importes previsibles, con las modificaciones que puedan surgir del resultado de las adjudicaciones. Con relación a los consorciados, debe recordarse que los aprovechamientos correspondientes al suelo, son competencia del propietario, por lo que éstos solamente aparecen para el control de no afección a los referidos al vuelo. La tabla resumen del PAA de 2025 para la provincia de Teruel se detalla en el anexo adjunto.


En el "Informe del Servicio Provincial de Teruel sobre las repercusiones del Plan Anual de Aprovechamientos del ejercicio 2025 en espacios que forman parte de la Red Natura 2000 y resto de zonas ambientalmente sensibles" se concluye que el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales propuesto para el ejercicio 2025 en la provincia de Teruel responde a los criterios de conservación para especies y hábitats catalogados, al mantenimiento y mejora de la biodiversidad en general y de las zonas ambientalmente sensibles, no plantea desafíos ni problemas reseñables para su ejecución y no afecta a la integridad de las zonas ambientalmente sensibles, por lo que no se aprecian riesgos inasumibles, ni se manifiesta objeción alguna a su desarrollo.


Visto todo lo expuesto anteriormente esta Dirección General de Gestión Forestal, de conformidad con la propuesta del Director del Servicio Provincial de Teruel y con el informe del Jefe de Sección de Ordenación y Mejora Forestal conformado por el Jefe del Servicio de Planificación y Gestión Forestal, resuelve:


Aprobar el Plan Anual de Aprovechamientos para el año 2025, en montes propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, montes de utilidad pública y montes consorciados, administrados por el Gobierno de Aragón en la provincia de Teruel, por un importe total de tasación de cuatro millones trescientos treinta y un mil ochocientos noventa y tres euros con noventa y un céntimos de euro (4.331.893,91 ).


Zaragoza, 9 de enero de 2025.


La Directora General de Gestión Forestal,


ANA CELIA OLIVÁN VILLOBAS

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