RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2024, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del proyecto de modificación sustancial de la Autorización Ambiental Integrada para ampliación de la fábrica de piensos, promovido por Vall Companys, SA en el polígono industrial de Valdeferrín, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza). (Número de expediente INAGA 500301/01/2022/04610).
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Tipo de procedimiento: Evaluación de impacto ambiental simplificada para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria (Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, Proyecto incluido en el anexo II, grupo 9.2)
1. Descripción básica del proyecto presentado y antecedentes.
Con fecha 4 de mayo de 2022 tiene entrada en el Registro del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental en Zaragoza, la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto de modificación sustancial de la Autorización Ambiental Integrada, de la fábrica de piensos, ubicada en el polígono de Valdeferrín, de Ejea de los Caballeros, y promovida por Vall Companys, SA
La fábrica se localiza en el polígono Valdeferrín, p 3.2. y p 3.3. del sector 8, de Ejea de los Caballeros, referencia catastral 0460432XM4695N0001AK y dispone de una superficie vallada perimetralmente que no va a ser modificada.
Por Resolución de 31 de julio de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada a la instalación de fábrica de piensos en el polígono Valdeferrín de Ejea de los Caballeros (Zaragoza) promovida por Valls Companys, SA (Número expediente INAGA 500301/02/2007/7970), para una capacidad de tratamiento de 1.200 t/día y una capacidad de almacenamiento de 6.544 m³.
Por Resolución de 29 de agosto de 2011, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la de 31 de julio de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la instalación de fábrica de piensos en el polígono Valdeferrín de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), promovida por Vall Companys, SA (Número expediente INAGA 500301/02/2011/04310), en el que se modifica el condicionado 2.3. Vertido de aguas residuales, el 2.4. de Emisiones a la atmósfera y el 2.12. Control de vertido de aguas residuales.
Por Resolución de 16 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la Autorización Ambiental Integrada de la fábrica de piensos en el polígono Valdeferrín de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), promovida por Vall Companys, SA (Número expediente INAGA 500301/02/2013/09013).
Por Resolución de 5 de octubre de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se considera modificación no sustancial la modificación prevista por Vall Companys, SAU, para su planta de fabricación de piensos compuestos ubicada en el término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza) (Número expediente INAGA 500301/02/2023/06314), consistente en la instalación de 4 silos exteriores con una capacidad de 4.080 m³ por silo y la construcción de una nueva piquera de descarga, adosada a las dos existentes, por lo que la capacidad de almacenamiento aumentará de 6.544 m³ a 22.864 m³.
El proyecto consiste en la modificación sustancial por la que se incorpora una nueva línea de granulación y dos parejas de molinos a la fábrica, consiguiendo con ello, un aumento de la capacidad de producción en 600 t diarias. En los antecedentes, se describe que hay una modificación no sustancial con fecha de registro posterior al presente, en la que se incluyen nuevos silos, por lo que aumentará la capacidad de almacenamiento.
El proyecto se encuentra dentro de los supuestos establecidos en el anexo II, grupo 2. Industrias de productos alimenticios, de la Ley 11/2014, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. Por lo tanto, según se indica en el artículo 37 de la citada ley, el promotor deberá solicitar ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental su pronunciamiento al respecto.
La comunicación de pago de tasas se realizó el 16 de mayo de 2022.
2. Documentación aportada.
El documento ambiental recibido con fecha 4 de mayo de 2022, en el Registro del Instituto de Gestión Ambiental, fue suscrito en febrero de 2022 por el ingeniero técnico industrial, colegiado número 7.229, de la empresa Ingeniería Proyectos XXI.
3. Descripción básica, características y ubicación del proyecto presentado.
Actividad.
La instalación consiste en una planta de fabricación de piensos compuestos ubicada en el polígono Valdeferrín del término municipal de Ejea de los Caballeros.
Se quiere aumentar la producción de los 1.200 t/día de pienso, otorgada en su Autorización Ambiental Integrada de 2008, hasta una capacidad de producción máxima de 1.800 t/día de pienso. La capacidad productiva anual pasará de 324.000 t a 486.000 t, con 270 días al año de trabajo, en 3 turnos de 8 horas y la capacidad de almacenamiento de 6.544 m³ a 22.864 m³.
Así mismo, con la modificación se incrementarán materias primas, agua, energía, emisiones a la atmósfera y residuos generados durante la producción. El consumo de agua aumentará de 15.000 m³/año a 32.076 m³/año, el de materias primas de 348.074,09 t a 522.998,59 t, el consumo de energía eléctrica será de 31 kWh/t de producto granulado, por lo que pasará de 10,79 GWh/año a 15,06 GWh/año, el consumo de gas natural, se estima en 36kWh/t, se incrementará de 11,67 GWh/año a 17,5 GWh/año, lo que supone un incremento de 49,96%. Los residuos no peligrosos producidos aumentan de 9,55 t a 62,6 t. La fábrica dispone de 6 focos de emisión de contaminantes a la atmósfera. Con la ampliación, aumenta en 1 foco por lo que dispondrá de 7 focos de emisión de contaminantes a la atmósfera.
Alternativas propuestas.
La entidad promotora aporta alternativas al proyecto planteando diferentes ubicaciones de la instalación, analizando factores técnicos, económicos y medioambientales. Se plantean tres alternativas, no ampliación de producción, ampliación con nueva fábrica o ampliación en la propia fábrica:
1. Alternativa cero - Esta consiste en no desarrollar el proyecto. En este caso, no se crean nuevas afecciones al medio ambiente por la modificación de la fábrica, pero el balance final es más negativo que el existente. Implicaría que la empresa Vall Companys, SL no podría satisfacer sus necesidades de producto acabado en esta planta, por lo que tendría que, o bien crear una nueva fábrica en otro lugar, o bien, transportar los productos acabados desde otras instalaciones. Al tener que suministrar pienso a explotaciones ganaderas existentes, tanto económica como ambientalmente hay que plantear emplazamientos que estén lo más centrados posibles a los puntos de consumo del producto final.
Transportar los productos acabados desde otras instalaciones más lejanas supondría un mayor coste ambiental derivado de las emisiones del transporte.
2. Alternativa 1 - Realizar una nueva fábrica de piensos en otra parcela, cercana a la existente, iniciando desde el principio un nuevo proyecto, con la afección al terreno y al medio ambiente que ello acarrea, teniendo que crear nuevas infraestructuras desde cero.
3. Alternativa 2 - Realizar la ampliación planteada, instalando la nueva línea de granulación y las dos parejas de molinos, en el lugar ya destinado desde un principio, en la fábrica ya existente, dejado en reserva, para esta posible ampliación, con lo que la intervención es mínima.
Tras la valoración de las alternativas se opta por la alternativa 2, ya que su implantación cubrirá las necesidades del producto acabado a sus clientes, con el menor impacto medio ambiental posible.
Ubicación.
La fábrica se localiza en el polígono de Valdeferrín de Ejea de los Caballeros y a 2.562 m del núcleo de Ejea de los Caballeros.
Coordenadas (UTM ETRS89 HUSO 30): X: 650442 Y: 4666026.
Las vías de acceso a la instalación son existentes y el promotor no prevé la necesidad de su adecuación.
Instalaciones.
Dispone de edificio de oficinas, dos básculas para camiones, edificio de fabricación, edificio de servicio de fabricación, edificio de servicios, laboratorio de control, almacén principal, zona de almacenaje de premezclas medicamentosas, estación transformadora, sala de control, almacén auxiliar, depósitos de líquidos y zona de bombas, la sala de generadores de vapor (2 calderas que utilizan gas natural como combustible), el depósito de agua de 350 m³, el túnel de desinfección de camiones, las instalaciones complementarias y los aparcamientos y el vallado perimetral.
En la construcción de la planta, según promotor, se realizó el diseño contando con 3 líneas de granulación, por lo que no es necesario realizar ninguna construcción adicional. La nueva línea de granulación pretende agrupar diferentes tipologías de fórmulas, producción avícola, porcina y productos medicados. Con el objetivo de que las tres líneas puedas trabajar simultáneamente, se van a instalar dos parejas de molinos con los que se pueda incrementar la capacidad de molienda disponible.
Maquinaria.
La fábrica contará con 6 parejas de molinos, la mezcladora y las calderas para calentamiento de materias primas serán las mismas.
Descripción del proyecto:
Las fases principales del proceso productivo son los siguientes:
- Recepción de materias primas.
- Almacenaje de materias primas.
- Dosificación, molturación y mezcla.
- Granulación (se dispone de dos granuladoras existentes más una proyectada).
- Almacenamiento del producto acabado en silos de almacenamiento.
1. Recepción de materias primas.
Se dispone de dos piqueras y dos tolvas para separar elementos extraños, se dispone de dos grupos de aspiración dobles para la captación de polvo, varios tanques de almacenamiento para grasas, melazas, aceites, acidificantes y aminoácidos. El stock de dosificación está compuesto por 37 celdas de almacenaje-dosificación.
En la torre de fabricación, tiene lugar la molienda (tres molinos eléctricos), la mezcla (mezcladora horizontal de doble hélice continua), la adición de los correctores y la granulación para la que se dispone de tres equipos de prensas granuladoras eléctricas.
2. Almacenamiento de materias primas.
Se dispone de 16 silos con un total de 6.544 m³ de capacidad.
3. Granulación.
Actualmente, la fábrica dispone de dos líneas de granulación. La modificación propuesta, es añadir una línea de granulación que se suma a las dos existentes.
La generación de vapor para el proceso de granulación se realiza mediante dos equipos generadores de vapor con quemadores de gas natural.
4. Almacenamiento de producto acabado.
Se dispone de 38 silos con una capacidad total de almacenaje de 4.034 m³ de capacidad.
Caracterización de la ubicación y entorno de la instalación.
La fábrica se localiza en el polígono de Valdeferrín de Ejea de los Caballeros.
La carretera más próxima es la A -125 que se localiza a 251 m.
A 906 m hay una construcción compatible con una vivienda diseminada.
Los cauces más próximos son cauces artificiales, que se localizan a 59,2 m al este y a 97,12 m al oeste. Hay una balsa propiedad del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en la parcela colindante a 19 m del vallado perimetral.
La explotación ganadera más próxima es una de porcino de cebo que se localiza a 1.119 m medido desde el vallado perimetral de la fábrica hasta las naves, que corresponde con un cebadero del grupo segundo. Hay una instalación agroalimentaria, matadero cárnicas Cinco Villas a 206 m.
La parcela se encuentra dentro de zona vulnerable a la contaminación de las aguas por nitratos, según la Orden AGM/83/2021, de 15 de febrero, por la que se designan y modifican las Zonas Vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Aragón y por la que se aprueba el V Programa de Actuación sobre las Zonas Vulnerables de Aragón, concretamente en la zona ES24_B Arbas. Río Arbas de Luesia.
Se encuentra fuera de espacio de Red Natura 2.000, no están propuestos como Lugar de Interés Comunitario (LIC), en aplicación de la Directiva 92/43/CEE, ni humedales del convenio Ramsar. La actuación no está incluida en ningún Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y los terrenos no pertenecen a ningún espacio protegido (Ley 6/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón) ni se afectará a montes de utilidad pública ni a vías pecuarias.
La explotación se localiza dentro de Zona Protegida para Avifauna definida según el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
La explotación se encuentra dentro del ámbito de aplicación del plan de recuperación del cernícalo primilla (Falco Naumanni), de acuerdo al Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un nuevo régimen de protección para la conservación del cernícalo primilla (Falco Naumanni) y se aprueba el plan de conservación de su hábitat, y fuera de área crítica para esta especie.
La explotación se localiza a 1.343 m de la zona cartografiada de interés por sisón común (Tetrax tetrax) en el contexto de la Orden de 26 de febrero de 2018, del Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por el que se acuerda iniciar el proyecto de Decreto por el que se Establece un régimen de protección para el sisón común (Tetrax tetrax), ganga ibérica (Pterocles alchata) y ganga ortega (Pterocles orientalis), así como para la avutarda común (Otis tarda) en Aragón, y se aprueba el Plan de recuperación conjunto.
Se encuentra a 1.952 m del Hábitat de interés comunitario siendo el más próximo Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-tamaricetea y Securinegion tinctoriae).
Se localizan dentro del coto, Sociedad de Cazadores de Las Bárdenas, coto deportivo de caza mayor y menor.
Recursos.
El consumo de agua estimada por tonelada de pienso es de 0,066 m³, por lo que el consumo anual será 32.076 m³, teniendo en cuenta que el consumo autorizado era de 15.000 m³/año, se va a producir un incremento de consumo de agua de 113,84%.
Las materias primas se incrementan de 345.111,78 t a 517.667,67 t de materias primas utilizadas para la fabricación de piensos compuestos y de 2.962,31 t a 5.330,92 t de aditivos utilizados en la fabricación de piensos compuestos que no se añaden en forma de premezcla. En resumen, el incremento de materias primas será de 3458.074,09 t a 522.998,59 t, lo que supone un incremento de 50,25%.
La planta ya cuenta con una instalación eléctrica. El consumo de energía eléctrica estimada es de 31 KWH/tonelada, por lo que cambiará de 10,79 GWh/año a 15,06 GWh/año de producto. El aumento del consumo de energía eléctrica será de 39,57%. El consumo de gas natural, se estima en 36kWh/t, se incrementará de 11,67 GWh/año a 17,5 GWh/año, lo que supone un incremento de 49,96%.
Se trabajará 20 horas útiles de trabajo al día, con un rendimiento de la planta de 83,33%.
Vertido.
En cuanto al vertido de aguas residuales, se indica que la mayor parte del agua consumida se transforma en vapor de agua, las aguas residuales vertidas se corresponden con las aguas sanitarias, las purgas de calderas y las aguas del lavado de camiones. Existen dos puntos de vertido, uno para el vertido procedente del túnel de lavado de camiones, y otro para las aguas sanitarias y purga de caldera.
El caudal de vertido máximo que es de 5.387 m³/año, con 270 días de trabajo al año, se obtiene un caudal diario de 20 m³, estando distribuido en:
-Vertido del túnel de lavado de camiones: 1.500 m³.
-Vertido aguas sanitarias: 825 m³/año.
-Vertido de purgas de calderas y limpieza de los descalificadores.3.062 m³/año.
Con el aumento de producción el vertido va a pasar de 1.900 m³/año a 5.387 m³/año, lo que supone una variación de 183,5%.
Residuos generados.
Residuos peligrosos:
En la Autorización Ambiental Integrada se recoge que durante la actividad se generan las siguientes cantidades de residuos peligrosos, 4 t/año de código LER 15 01 10 Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o estén contaminados por ellas, 0,02 t de código LER 08 03 17 Residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas, 0,03 t de código 15 02 02 Absorbentes y materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite, no incluidos en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas, y en la clasificación de códigos LER-RAEE, 0,0034 t del código LER 20 01 21 tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio, 0,46 t del código LER 13 02 06 aceites sintéticos de motor, de transmisión mecánica y lubricantes y 0,4 t de otros aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes.
Con la modificación propuesta, no se estima aumento de producción de residuos peligrosos respecto a la actual.
Residuos no peligrosos:
En la Autorización Ambiental Integrada se recoge que durante la actividad se generan los siguientes residuos (se indican en la tabla los residuos que se van a ver incrementados por la ampliación):
Por otra parte, los residuos asimilables a domésticos, se verán incrementados en:
En resumen, con la modificación propuesta, se estima un aumento de los residuos no peligrosos generados, en 52,95 t (incremento de 549 %) y en 37 t en residuos no peligrosos asimilables a domésticos (incremento de 246%).
4. Tramitación del expediente.
a) Información pública y consultas preceptivas.
Con fecha 23 de mayo de 2022 se realizan las consultas preceptivas a los siguientes organismos:
- Comarca Cinco Villas.
- Asociación española para la conservación y estudio de los murciélagos (SECEMU).
- Asociación naturalista de Aragón - ANSAR.
- Ecologistas en acción - Ecofontaneros.
- Fundación Ecología y Desarrollo.
- Fundación para la conservación del Quebrantahuesos.
- Sociedad Española de Ornitología (SEO/BIRDLIFE).
Anuncio en "Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de julio de 2022, para identificar posibles afectados.
Con fecha 9 de junio de 2022 se realizan las consultas preceptivas a los siguientes organismos:
- Instituto Aragonés del Agua, en el que se solicita que se manifieste sobre los aspectos que deban ser tenidos en cuenta en el informe de impacto ambiental a emitir por el INAGA, en todo caso, sobre si la EDAR ubicada en Ejea de los Caballeros (Zaragoza) puede asumir el caudal y la carga contaminante derivada del proyecto.
- Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en el que se solicita que manifieste sobre los aspectos que deban ser tenidos en cuenta en el informe de impacto ambiental a emitir por INAGA, y en todo caso, sobre la disponibilidad de recursos hídricos (red municipal).
Las Respuestas recibidas de los organismos consultados son:
Respuesta del Instituto Aragonés del Agua.
Con fecha 23 de julio de 2022, se recibe informe del Instituto Aragonés del Agua, en el que se informa que la EDAR de Ejea de los Caballeros, en cuanto a su capacidad hidráulica, está diseñada para un caudal de tratamiento de 16.215 m³/día, siendo la media del volumen tratado en el 2021, de 7.741 m³/día. Por tanto, la incorporación del aumento del caudal resultante del incremento de producción de la fábrica de piensos, que van a resultar un caudal de vertido de 20 m³, no puede suponer ninguna afección al funcionamiento de la EDAR de la localidad.
En conclusión, la EDAR de Ejea de los Caballeros puede asumir el incremento del volumen de vertido derivado de la ampliación de producción de la empresa VAL COMPANYS, siempre y cuando se mantengan las condiciones actuales de funcionamiento de la instalación.
No obstante, el vertido deberá cumplir con las concentraciones máximas reguladas en el Reglamento de vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado, Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, "Boletín Oficial de Aragón", número 30, de 10 de marzo, con las modificaciones introducidas mediante el Decreto 176/2018, de 9 de octubre, "Boletín Oficial de Aragón", número 204, de 22 de octubre, tampoco cabe esperar que se produzca afección.
Respuesta del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
Con fecha 13 de septiembre de 2023, se recibe informe del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en el que se informa que se encuentra justificada la declaración de sostenibilidad social del proyecto, basado en la creación de puestos de trabajo en el medio rural que supone la creación de puestos de trabajo en el medio rural, que fomenta las relaciones entre individuos y el uso colectivo de lo común conjugando el crecimiento económico y el respeto medioambiental con bienestar social, fomentando el mantenimiento y la creación de empleo, protegiendo la seguridad y la salud de las personas, asegurando la reducción de la pobreza y las desigualdades y evitando las situaciones de exclusión social.
b) Requerimiento de información 1:
Con fecha 10 de octubre de 2022 se solicita información al promotor, relativa al diagrama de flujos de los gases y partículas emitidas por los molinos existentes y los nuevos justificativos de que no disponen de foco de emisión propio, estudio de dispersión de contaminantes para evaluar el impacto sobre la calidad del aire en el entorno tras la instalación de los nuevos focos del proceso y los focos existentes y estudio acústico con la identificación de las fuentes de emisión sonora, intensidad y régimen de funcionamiento y las medidas adoptadas para la atenuación de la emisión de ruido y justificativo del cumplimiento de la normativa vigente.
Con fecha 3 de noviembre de 2022, el promotor aporta documento de solicitud del estudio de dispersión de contaminantes, con la empresa Organismo SGS.
Con fecha 27 de enero de 2023, el promotor aporta documentación firmada por el Ingeniero Técnico Industrial, colegiado número 7.229, en relación a los nuevos focos que no disponen de foco de emisión, justificándose por el hecho de que son molinos verticales que no requieren aspiración a contracorriente y que por tanto no tienen salida de aire. Además, aporta estudio de dispersión de contaminantes y estudio acústico favorables.
El informe acústico aportado ha sido elaborado por el ingeniero técnico industrial, colegiado número 4479, con fecha 12 de enero de 2023, en el que se describe el sistema de medición y se concluye que ningún valor supera en 3 dB los valores fijados, ni el valor medio del índice LKeq/Ti supera en 5 dB los valores fijados en la correspondiente en la tabla 6 de la Ley 7/2010, de 18 de noviembre de protección contra la contaminación acústica de Aragón, concluyendo que los valores medidos se encuentran por debajo de los límites establecidos por la legislación vigente, por debajo de 65 db(A) en periodo diurno y por debajo del límite 60 db(A) (límite de 55 db (A) más tolerancia de 5 db (A) en periodo nocturno.
También, aporta documentación de los molinos verticales, Hammer Mill VerticaTM y estudio de dispersión atmosférica de contaminantes (referencia 911-325932 rev 0), elaborado con fecha noviembre de 2022, por la empresa SGS, elaborado por un modelo de dispersión atmosférica de las emisiones de contaminantes procedentes de Vall Companys. El modelo de dispersión atmósférica de contaminantes empleado es el AERMOD, desarrollado por la US-EPA (Environmental Protection Agency, United States), realizado a lo largo de 12 meses, tomando como línea base el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021.
5. Potenciales impactos del proyecto y valoración.
Se realiza un análisis de los impactos generados, resultando del mismo un impacto compatible frente a la mayor parte de los impactos, dado que la actividad que se pretende ampliar, es existente, se ubica en un polígono industrial y no requiere grandes inversiones en instalaciones puesto que la mayor parte de la instalación ya está construida. Por último, se genera un impacto positivo sobre la población y economía creándose nuevos puestos de trabajo.
- Utilización de infraestructuras de acceso.
La entidad promotora informa que el acceso es existente y que no se prevé modificarlo. El promotor no ha realizado estimación del aumento de tráfico de camiones que va a generar la modificación sustancial solicitada.
Valoración: Se considera un impacto compatible, ya que se localiza en polígono industrial y los accesos son existentes.
- Utilización de recursos naturales.
La modificación sustancial propuesta incrementa el consumo de agua hasta 32.076 m³, lo que supone un aumento de consumo de agua de 113,84%. Las materias primas se incrementan hasta 522.998,59 t, lo que supone un incremento de 50,25%. La planta cuenta con una instalación eléctrica legalizada, que desde la acometida se alimenta mediante línea enterrada. El consumo de energía eléctrica estimada es de 15,06 GWh/año de producto, lo que supone un incremento de 39,57%. El consumo de gas natural estimado, es de 17,5 GWh/año, lo que supone un incremento de 49,96%.
Valoración: El impacto genera un aumento en los recursos consumidos que en el caso del agua es superior proporcionalmente al aumento de producción. Se deberá garantizar el abastecimiento de dichos recursos, especialmente en lo relativo al abastecimiento de agua.
- Tratamiento y generación de residuos.
Con la modificación propuesta, no se estima aumento de producción de residuos peligrosos respecto a la actual, Sin embargo, si se estima un aumento de los residuos no peligrosos generados, en 52,95 t y en 37 t en residuos no peligrosos asimilables a domésticos. Los residuos no peligrosos aumentan hasta 62,05 t lo que supone un incremento de 554%, aumentándose también los residuos municipales hasta las 52 t, lo que supone un incremento de 246%.
Como medidas preventivas y correctoras, se prevé realizar un tratamiento segregado según las características de los residuos a gestionar disponiendo de zonas específicas de almacenamiento y tratamiento para cada grupo de residuos de características similares.
Valoración: Con la modificación propuesta, no se estima aumento en la producción de residuos peligrosos. Sin embargo, los residuos no peligrosos, aumentan en una proporción alta. Los residuos municipales también aumentan bastante a pesar de que no se indica que se vaya a aumentar el personal que trabaja en la planta. Se considera un impacto alto.
- Contaminación atmosférica.
Actualmente la fábrica dispone de dos líneas de granulación. El proyecto planteado consiste en añadir una nueva línea de granulación, por lo que, según indica el titular, las emisiones a la atmósfera serás las mismas que las actuales.
La fábrica de piensos cuenta con 6 focos de emisión de contaminantes a la atmósfera. Con la ampliación proyectada se incrementaría el número de focos de emisión en 1, con un total de 7 focos de emisión de contaminantes a la atmósfera.
El límite de emisión del nuevo foco será similar al de los focos 5 y 6: Aspiración de granulación 1 y 2:
En el estudio de emisiones másicas de los focos existentes en la fábrica, se obtiene que la modificación propuesta supone un aumento de 60.115,61 kg/año a 68.213,02 kg/año, es decir 8.097,41 kg/año.
Valoración: el promotor indica en su estudio que el impacto sería compatible.
La justificación se basa en las conclusiones del estudio de dispersión atmosférica de contaminantes, presentado por el promotor en fecha 27 de enero de 2023, como respuesta a un requerimiento realizado. En dichas conclusiones se indica que los contaminantes: dióxido de carbono, óxido de nitrógeno y partículas, se encuentran por debajo de los límites establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, según las condiciones de emisión y operación consideradas en el proyecto presentado.
Como medidas preventivas y correctoras, instalará un filtro de mangas a la granuladora nueva. En cuanto a la emisión de gases y/o partículas por el aumento del tránsito de vehículos ligado al aumento de la capacidad productiva, se implantan medidas como optimizar el uso de los vehículos, planificar las acciones reduciendo al máximo, el desarrollo de la acción, los camiones de transporte serán cubiertos con lonas.
- Contaminación por ruidos y vibraciones.
La entidad promotora indica que las fuentes de ruido son las propias de la actividad, tal y como se ha descrito más arriba: molino (focos de emisiones a la atmósfera cuya orientación es hacia la pared Oeste), granulación (existe panel de venteo de los filtros de mangas que da a la zona Norte. Además, la actividad que se prevé ampliar ya se está realizando actualmente.
En respuesta a requerimiento, con fecha 17 de enero de 2023, se aporta informe de estudio de ruido externo de las instalaciones. En él, se informa que las fuentes de ruido son las propias de la actividad, tales como molinos, granulación con filtros de mangas como medidas correctoras, motores y bombas o soplantes, focos de emisiones atmosféricas, piqueras, carga y descarga de camiones, lavadero de camiones. El lavadero y la piquera solo funcionan en horario diurno.
En conclusión, la totalidad de los niveles de ruido diurno obtenidos están todos por debajo del límite de 65dB(A) y los de ruido nocturno están todos por debajo del límite de 60dB(A) (Límite de 55 dB(A) más tolerancia de 5 dB(A).
Valoración: Se considera un impacto compatible siempre y cuando se cumplan las medidas preventivas y correctoras previstas y las necesarias para el cumplimiento de la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón y las ordenanzas municipales contra la contaminación por ruidos y vibraciones.
Los límites a cumplir serán los valores de 65dB(A) para el periodo diurno y 55dB(A) para el periodo nocturno, de acuerdo a lo establecido en la tabla 6 del anexo III de la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón, para áreas de usos industriales.
- Contaminación de los suelos y las aguas superficiales y subterráneas, generación de aguas residuales y por posibles derrames accidentales de aceite y/o gasoil de los vehículos.
Las fábricas de pienso clasificadas con código CNAE (2009) 10.91, no están clasificados como actividades potencialmente contaminadoras de suelos según la Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
Las afecciones al suelo son derivadas de un inadecuado almacenamiento de materiales y productos de las obras y de los residuos generados durante las mismas. También puede deberse a una fuga por vertido accidental al suelo, aunque es poco probable. Los residuos generados serán gestionados conforme a la normativa vigente, procediendo en el momento de su generación a la identificación del residuo y codificación del mismo conforme a la Decisión 2014/955/UE, sobre la lista de residuos.
Durante la tramitación del expediente se ha solicitado informe al Instituto Aragonés del Agua sobre la posibilidad de ampliar el vertido y su probabilidad de tratamiento, en el que se informa favorablemente, diciendo que la EDAR de Ejea de los Caballeros, en cuanto a su capacidad hidráulica, está diseñada para un caudal de tratamiento de 16.215 m³/día, siendo la media del volumen tratado en el 2021, de 7.741 m³/día. Por tanto, la incorporación del aumento del caudal resultante del incremento de producción de la fábrica de piensos, que van a resultar un caudal de vertido de 20 m³, no puede suponer ninguna afección al funcionamiento de la EDAR de la localidad.
El informe concluye que la EDAR de Ejea de los Caballeros puede asumir el incremento del volumen de vertido derivado de la ampliación de producción de la empresa Val Companys, siempre y cuando se mantengan las condiciones actuales de funcionamiento de la instalación.
Valoración: Se considera compatible siempre que se realice un mantenimiento adecuado de la maquinaria para evitar vertidos accidentales de combustible, aceites, etc. En caso de producirse derrames se recogerán de inmediato por medio de absorbentes o tierra que se entregarán a gestor autorizado.
- Impacto paisajístico. La planta se encuentra vallada perimetralmente, por lo que no se esperan afecciones en lo relativo al impacto visual.
Como medida correctora se recomienda mantener el vallado perimetral en óptimas condiciones.
Valoración: Se considera un impacto compatible siempre y cuando se mantenga el cerramiento perimetral.
- Impacto sobre la fauna y flora.
La planta se localiza en un polígono industrial, en una zona industrializada en un medio fuertemente antropizado.
Valoraciones: Se considera compatible, ya que no se esperan afecciones.
- Impacto sobre la economía.
La entidad promotora informa que se produce un impacto positivo, aunque limitado por el empleo, la generación de la actividad y los ingresos en la economía comarcal y de la administración. Se prevé la contratación de tres trabajadores.
Valoración. Se considera que el impacto es positivo sobre la economía local.
- Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes según lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por Ley 9/2018, de 5 de diciembre.
Como medidas preventivas, la fábrica dispone de los medios de protección contra incendios de acuerdo con la normativa vigente, legalizados en su día.
Valoración: En referencia a la vulnerabilidad del proyecto ante catástrofes naturales, el resultado del análisis INFOSIG (G2) es que no existe riesgo de incendios forestales, ni geológicos ni meteorológicos. Se identifica un riesgo alto de incendios y riesgo químico.
Visto el expediente administrativo incoado, los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente y el resultado de las consultas previas, resuelve:
a) No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de modificación sustancial de la autorización de la planta de fabricación de pienso, promovido por Vall Companys, SA en el polígono de Valdeferrín, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), por no tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
b) Establecer las siguientes medidas preventivas y correctoras:
1. Deberá obtener la modificación de la Autorización Ambiental Integrada de la instalación, para lo cual:
i. Deberá justificar el consumo anual estimado de recursos naturales, concretamente de consumo de agua y energía, así como justificar que dispone de autorización de abastecimiento para dicha ampliación.
ii. Deberá justificar el lugar de almacenamiento de las materias primas cuya capacidad deberá ser ampliada en función del aumento de materia primas.
iii. Deberá justificar los residuos no peligrosos producidos en las instalaciones, durante la fase de producción y explotación, e indicar el destino de los mismos, aclarando el lugar de almacenamiento de los mismos.
iv. Deberá justificar el aumento del vertido generado tras la ampliación que se estima que aumenta de 1.900 m³/año a 5.387 m³/año, lo que supone una variación de 183,5%.
v. Deberá añadir la maquinaria que se va a incorporar y la modificación en los recursos humanos, días de trabajo, horario.
2. Se aplicarán las medidas de protección del cernícalo primilla (Falco Naumanni), establecidas en al Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, con objeto de reducir las afecciones a esta especie. Algunas de estas medidas son: mantenimiento de apantallamiento vegetal, evitar la salida de especies antropófilas y priorizar los métodos físicos para el control de plagas, evitándose el uso de rodenticidas que puedan generar efectos directos o indirectos sobre especies silvestres.
3. Se deberán tomar las medidas necesarias para la prevención y protección, evaluación y control del riesgo asociado a la formación de atmósferas explosivas conformes con el Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.
De acuerdo con el artículo 37.4 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, la presente Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".
Conforme a lo previsto en el artículo 37.6 de la mencionada Ley, la presente Resolución perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. En tal caso, la entidad promotora deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto.
Zaragoza, 2 de diciembre de 2024.
El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,
LUIS FERNANDO SIMAL DOMÍNGUEZ