ORDEN ECD/10/2025, de 9 de enero, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Santa Ana" de Sabiñánigo (Huesca).
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Santa Ana", código 22003860, con domicilio en la plaza Santa Ana, número 4, de Sabiñánigo (Huesca), solicitando modificación de la autorización para la implantación de dos unidades y 60 puestos escolares del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.
Vistos los informes emitidos por la Unidad de Proyectos y Obras del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, así como, el emitido por la Inspección de Educación sobre la idoneidad del equipamiento y material didáctico.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos; y el Decreto 45/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, actuando por delegación de acuerdo con la Orden ECU/201/2024, de 23 de febrero, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional el ejercicio de la competencia para conceder la autorización de apertura y funcionamiento, así como el de la modificación y extinción de la autorización, respecto de los centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:
Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
Denominación específica: "Santa Ana".
Titular: Hermanas de la Caridad de Santa Ana.
Código: 22003860.
Domicilio: Plaza Santa Ana, número 4.
Localidad: Sabiñánigo.
Municipio: Sabiñánigo.
Provincia: Huesca.
Enseñanzas que se autorizan:
- Educación Secundaria Obligatoria: 2 unidades / 60 pp.ee (30 pp.ee. por curso).
Como resultado de dicha modificación, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.
Tercero.- La presente Orden surtirá efectos a partir del curso escolar 2024-2025, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Cuarto.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.
Quinto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Sexto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su notificación. Deberá presentarse en formato electrónico, accediendo a la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, servicio "Interponer recursos", a través de la url: https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion y dirigirlo a la Secretaria General Técnica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que en ningún caso pueda hacerse un uso simultáneo de ambas vías de recurso.
Zaragoza, 9 de enero de 2025.
La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,
P.D. El Director General de Planificación, Centros y Formación Profesional,
(Orden ECU/201/2024, de 23 de febrero, de delegación de competencias),
LUIS M. MALLADA BOLEA