RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se da publicidad a las plazas que no han sido cubiertas en el proceso selectivo de estabilización, convocado por Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería, en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre, discapacidad, personas transexuales, violencia de género y violencia del terrorismo y se convoca acto centralizado de elección de destinos vacantes, conforme a lo previsto en las bases de la convocatoria.
Habiendo quedado una plaza sin cubrir por uno de los motivos previstos en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en la base sexta de la Resolución de 2 de diciembre de 2022, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 247, de 23 de diciembre de 2022, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en virtud de la competencia establecida en el Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia resuelve:
Primero.- De acuerdo con lo establecido en la base sexta de la Resolución de 2 de diciembre de 2022, declarar la pérdida de los derechos derivados de la participación en este proceso selectivo de los aspirantes que figuran en el anexo I adjunto a la presente Resolución, por los motivos que se indican.
Segundo.- Hacer pública, como anexo II a esta Resolución, la relación complementaria de los aspirantes a la categoría de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería que siguen a los propuestos por el Tribunal, y como anexo III la relación de las plazas vacantes que se oferta a los aspirantes que han resultado aprobados por el sistema de concurso-oposición.
Se hace constar que la plaza a cubrir que ha quedado vacante es una, para adjudicar por el sistema de concurso oposición, turno libre, y con el fin de prever posibles renuncias, abstenciones o faltas de asistencia al llamamiento excepcional, se convoca a más aspirantes que plazas a cubrir. Quedarán decaídos en sus derechos quienes no comparezcan al presente llamamiento.
Tercero.- Convocar a dichos aspirantes para la oferta y adjudicación al acto centralizado de asignación de destinos, que se efectuará, en llamamiento único a las 13:30 horas del próximo 16 de enero de 2025, en el salón de actos Avempace, sito en la planta baja de los Servicios Centrales del Servicio Aragonés de Salud, plaza de la Convivencia, número 2, 50017 de Zaragoza.
Cuarto.- De conformidad con lo establecido en Resolución de 2 de diciembre de 2022, los aspirantes deberán presentar en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la celebración del acto centralizado, en el Registro del Servicio Aragonés de Salud, en las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Original y copia simple, tamaño A4 para su digitalización, del título exigido para la participación en estas pruebas selectivas. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación en el Estado español.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
d) La capacidad funcional para el desempeño del puesto se acreditará mediante certificación expedida por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud, o mediante una declaración responsable.
e) La capacidad funcional de los aspirantes presentados a través del cupo de discapacidad se acreditará mediante certificación actualizada expedida por el órgano que expidió el certificado acreditativo de tal circunstancia.
f) Declaración responsable de no poseer la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se accede o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.
g) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, que acredite el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal.
Los aspirantes de origen extranjero, o que tengan otra nacionalidad, además deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el párrafo anterior.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular del Departamento. de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 26 de diciembre de 2024.
La Directora Gerente del Servicio Aragonés de Salud, ANA CRISTINA CASTILLO FORNIÉS