ORDEN MAT/1606/2024, de 26 noviembre, por la que se aprueba el deslinde total administrativo del monte número 168 de los del catálogo de montes de utilidad pública de la provincia de Huesca, denominado "Labayo", de la titularidad del Ayuntamiento de Sabiñánigo y sito en su término municipal.

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Visto el expediente DES 23/01 de deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 168 de los de la provincia de Huesca, denominado "Labayo", propiedad del Ayuntamiento de Sabiñánigo y sito en su término municipal, resultan de él los siguientes:


Antecedentes


Primero.- Con fecha de 27 de abril de 2023, el Director del Servicio Provincial en Huesca del entonces Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, suscribió nota de régimen interior mediante la que daba traslado a la Dirección General de Medio Natural y de Gestión Forestal, de la memoria justificativa de deslinde del monte de utilidad pública número 168 "Labayo".


Segundo.- Mediante Resolución de 8 de mayo de 2023 del Director General de Medio Natural y Gestión Forestal, se autorizó la declaración del estado de deslinde monte, el establecimiento de la fecha de inicio de las operaciones y el nombramiento del Ingeniero operador.


Tercero.- El acuerdo por el que se declaraba el estado deslinde del monte, se hacía público el inicio de las operaciones de deslinde y se nombraba a la Ingeniera operadora, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 9 de junio de 2023. La publicación de dicho acuerdo fue remitida mediante oficio 26 de junio de 2023 al Ayuntamiento de Sabiñánigo y a la Comarca de Alto Gállego, para su inserción en el Tablón de edictos. La exposición pública quedó acreditada mediante certificación expedida con fecha 20 de julio de 2023 por la Secretaria municipal con visto bueno de la Alcaldesa de Sabiñánigo. Además, el anuncio referido se notificó a los colindantes conocidos, mediante oficios de 26 de junio y 14 de septiembre de 2023.


Cuarto.- La comunicación a la Registradora de la Propiedad de Sabiñánigo del inicio del deslinde administrativo del monte de utilidad pública número 168 "Labayo", para la extensión de la nota al margen del dominio del monte, de conformidad con el artículo 39.2 de la Ley de Montes de Aragón y el 80.2 del vigente Reglamento de Montes, tuvo lugar el 26 de junio de 2023. La práctica de la nota marginal por la Registradora, con motivo de la declaración del estado de deslinde del monte, se realizó el 17 de julio de 2023.


Quinto.- El apeo se inició el día 3 de octubre de 2023 y se prolongó durante dos jornadas, los días 3 y 27 de octubre de 2023. Durante dichas jornadas se apeó el perímetro exterior del monte, no así el interior, por no tener constancia de la existencia de enclavados. Se levantaron actas diarias de lo actuado, las cuales fueron suscritas sin alegaciones por los asistentes a cada jornada.


Sexto.- Con fecha de 23 de febrero de 2024 la Ingeniera operadora emitió informe dando cuenta de la tramitación seguida, el apeo, del perímetro fijado, de las servidumbres y cabidas, concluyendo con la propuesta de aprobación del deslinde.


Séptimo.- En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 40 y 41 del texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, el anuncio por el que se sometía a trámite de audiencia y vista el expediente de deslinde, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 55, de 18 de marzo de 2024. Mediante sendos oficios de 19 de marzo de 2024, dicho anuncio se notificó al Ayuntamiento de Sabiñánigo y a la Comarca de Alto Gállego, para su exposición en el tablón de edictos. Asimismo, se dio cuenta de la apertura del trámite de audiencia y vista del expediente de deslinde a los colindantes, mediante oficios remitidos los días 4 y 16 de abril y 15 de mayo de 2024.


Octavo.- Durante el periodo de audiencia y vista del expediente no se recibieron alegaciones ante esta Administración, ni ante el Ayuntamiento de Sabiñánigo, tal y como acreditan los certificados que obran en el expediente; el de fecha 28 de octubre de 2024 expedido por el Director del Servicio Provincial, y el 24 de abril de 2024 emitido por la Secretaría municipal, con visto bueno de la Alcaldesa de Sabiñánigo.


Noveno.- Con fecha 5 de noviembre de 2024, el Director del Servicio Provincial, emitió informe-propuesta favorable a la aprobación del deslinde y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 125 del vigente Reglamento de Montes, suscribió nota de régimen interior elevando el expediente a la Directora General de Gestión Forestal para su resolución.


Fundamentos jurídicos


Primero.- En la tramitación del expediente se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al deslinde de montes públicos, habiéndose publicado los reglamentarios anuncios en el "Boletín Oficial de Aragón", y habiéndose notificado debidamente a todos los particulares y administraciones que constaran como interesados y tuvieran domicilio conocido.


Segundo.- Transcurrido el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron alegaciones.


Tercero.- El expediente ha sido tramitado de acuerdo con la legislación vigente y debe dictarse Orden aprobatoria.


Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón; el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y sus modificaciones; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 56/2024, de 3 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.


De conformidad con las propuestas de la Dirección del Servicio Provincial de este Departamento en Huesca y de la Directora General de Gestión Forestal, resuelvo:


Primero.- Aprobar el deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 168 de los de la provincia de Huesca, denominado "Labayo", propiedad del Ayuntamiento de Sabiñánigo y sito en su término municipal, de acuerdo con las actas, el registro topográfico y el plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la siguiente descripción:


Provincia: Huesca.


Número del Catálogo: 168.


Nombre: Labayo.


Término Municipal: Sabiñánigo.


Pertenencia: Ayuntamiento de Sabiñánigo.


Límites:


- Norte: Finca particular de la Sociedad de Montes de Acumuer SC.


- Este: Barranco Furquiello.


- Sur: Fincas particulares y barranco Furquiello.


- Oeste: Finca particular de la Sociedad de Montes de Acumuer SC.


Enclavados: No hay enclavados.


Cabidas:


- Cabida total: 70,0576 hectáreas.


- Cabida de enclavados: No hay enclavados.


- Cabida pública resultante: 70,0576 hectáreas.


Descripción de linderos: Solo se describe el perímetro exterior ya que no se ha reconocido ningún enclavado.


Lindero norte comienza en el piquete 28, en el vértice donde finaliza la plana de Labayo, colindando con la finca de la Sociedad de Montes de Acumuer, hasta el piquete 34, donde termina la pared de piedra.


Lindero este comienza en el piquete 34, en el nacimiento del barranco Furquiello, hasta el piquete 1.


Lindero sur comienza en el piquete 1, en la confluencia del barranco Fuquiello y la finca de Herederos de M.ª Carmen Ramón Casasús, hasta el piquete 23, que colinda con la finca de Miranda Cajal.


Lindero oeste comienza en el piquete 23, colindando con la finca de la Sociedad de Montes de Acumuer, hasta el piquete 28.


Especies dominantes: Pinus sylvestris, Buxus sempervirens y herbáceas.


Servidumbres y cargas: El monte se encuentra gravado con las servidumbres de paso, reconocidas como tales por el uso continuado que se viene haciendo de la misma sin oposición por parte de la Administración propietaria del monte, tratándose de la senda que da acceso a los campos conocidos como de "Labayo".


Referencias registrales: El monte figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Sabiñánigo, a favor del Ayuntamiento de Acumuer, al tomo 712, libro 10, folio 211, finca 1.025, inscripción 1.ª de fecha 26 de septiembre de 1.961, con una cabida de 690,1124 hectáreas.


Segundo.- Que se gestione la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral que resultara contradictoria con la descripción del monte.


Tercero.- No reconocer ningún enclavado dentro del monte como poseído por particulares.


Cuarto.- Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de los de utilidad pública de la provincia de Huesca.


Quinto.- Que se lleven los datos resultantes de la descripción del monte, y el acto firme de deslinde, al Registro de la Propiedad.


Sexto.- Que se trasladen los datos resultantes del deslinde del monte a la Gerencia Territorial del Catastro en Huesca.


Séptimo.- Que, a la mayor brevedad posible, se proceda al amojonamiento del monte.


Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 26 de noviembre de 2024.


El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, MANUEL BLASCO MARQUÉS

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